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PLENO DEL AYUNTAMIENTO FRESCANOExpediente: 231/2021Comprobada en la Plataforma de Contratación:

Trabajos reposición pavimentacion asfaltado reposición vias

Información sobre la licitación Trabajos reposición pavimentacion asfaltado reposición vias de PLENO DEL AYUNTAMIENTO FRESCANO. Puedes consultar otras licitaciones de PLENO DEL AYUNTAMIENTO FRESCANO o del CPV 45233222.

Organismo contratante

PLENO DEL AYUNTAMIENTO FRESCANO

NIF: P5011200B

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Contrato

Tipo
Obras
Procedimiento
Abierto simplificado
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
España
Código NUTS
ES

Adjudicación

Adjudicado

Importe adjudicado (sin IVA)
78.289,78 €
Importe adjudicado (con IVA)
94.730,63 €
Presupuesto base (sin IVA)
110.744,56 €
Baja
29,31 %
Ofertas recibidas
4
Oferta más baja – más alta
78.289,78 € – 106.859,33 €
Fecha de adjudicación
24/01/2022

Documentos

Requisitos y criterios

Exige inscripción en ROLECE

Duración y prórrogas

Duración: 1 mes

Criterios de adjudicación

  • a) PRECIO. Mayor puntuación a la oferta mas económicaPonderación: 70
  • b) VISITA TECNICAPonderación: 20
  • c) PLAZO DE EJECUCIÓNPonderación: 10

Solvencia económica y financiera

  • Volumen anual de negocios, en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles, en funcion de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentacion de las ofertas por importe igual o superior al valor estimado para el presente contrato.
  • Seguro de indemnización por riesgos profesionales vigente al menos, desde el fin del plazo de presentación de ofertas junto con un compromiso de renovación o prórroga del mismo que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato. Alternativamente se podrá aportar un compromiso vinculante de suscripción de un seguro de indemnización por riesgos profesionales por importe no inferior al valor estimado del contrato
  • La inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público (ROLECE). La capacidad de obrar de los empresarios y la no concurrencia de prohibiciones de contratar se acreditará mediante la inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público. La inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público acredita, a tenor de lo en él reflejado y salvo prueba en contrario, las condiciones de aptitud del empresario en cuanto a su personalidad y capacidad de obrar, representación, habilitación profesional o empresarial, y demás circunstancias inscritas, así como la concurrencia o no concurrencia de las prohibiciones de contratar que deban constar en el mismo. Se acreditará mediante declaración responsable de no modificación de condiciones desde la inscripción en el Registro, hasta el momento de la presentación de las oferta y autorización para consulta de la mesa en el registro.

Solvencia técnica o profesional

  • La inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público (ROLECE). La capacidad de obrar de los empresarios y la no concurrencia de prohibiciones de contratar se acreditará mediante la inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público. La inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público acredita, a tenor de lo en él reflejado y salvo prueba en contrario, las condiciones de aptitud del empresario en cuanto a su personalidad y capacidad de obrar, representación, habilitación profesional o empresarial, y demás circunstancias inscritas, así como la concurrencia o no concurrencia de las prohibiciones de contratar que deban constar en el mismo. Se acreditará mediante declaracion responsable de no modificacion de condiciones desde la inscripción en el Registro, hasta el momento de la presentacion de las oferta.
  • Relación de los principales obras realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Para determinar que un contrato es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato, se atenderá a los dos primeros dígitos de los respectivos códigos de la CPV. Se considerará que la empresa tiene solvencia técnica siempre que haya ejecutado, como mínimo, DOS contratos en los términos señalados, en los últimos tres años (2018 y siguientes).

Garantías

  • Definitiva: 5 %

Códigos CPV

  • 45233222
  • 45000000

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