Alcaldía del Ayuntamiento de FragaExpediente: 1618/2026Comprobada en la Plataforma de Contratación:
Servicio de salvamento y socorrismo, servicio de actividades acuáticas en las piscinas municipales y servicio de actividades deportivas de sala
Información sobre la licitación Servicio de salvamento y socorrismo, servicio de actividades acuáticas en las piscinas municipales y servicio de actividades deportivas de sala de Alcaldía del Ayuntamiento de Fraga. Puedes consultar otras licitaciones de Alcaldía del Ayuntamiento de Fraga, del CPV 92000000 o en Huesca.
Organismo contratante
Contrato
- Tipo
- Servicios
- Procedimiento
- Abierto
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Huesca
- Código NUTS
- ES241
Documentos
- PCAPPCAP actividades acuaticas.pdfAbrir original
- PPTPPT socorrismo y actividades.pdfAbrir original
- ExpedienteDocumento de aprobación del expedienteAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
- ExpedienteDEUC autorrellenableAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
- ExpedienteMemoria justificativaAbrir original
- ExpedienteModelo Proposición Económica Anexo IIAbrir original
Requisitos y criterios
Duración y prórrogas
Duración: 2 años
El contrato será prorrogable por dos años más, hasta un máximo de cuatro años en total, siempre que sus características permanezcan inalterables, sin perjuicio de las modificaciones que se puedan introducir de conformidad con lo establecido en los artículos 103 a 207 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
De conformidad con lo dispuesto en la cláusula 10ª PCAP.
Criterios de adjudicación
- Oferta Económica(Automático)Ponderación: 45
- Proyecto de organización del Servicio(Juicio de valor)Ponderación: 30
- Plan de optimización(Juicio de valor)Ponderación: 20
- Bolsa de horas anuales(Automático)Ponderación: 5
Solvencia económica y financiera
- La solvencia económica y financiera se acreditará atendiendo al volumen anual de negocios del licitador o candidato, que referido al año de mayor volumen de los tres últimos concluidos deberá ser al menos una vez y media el valor estimado del contrato cuando su duración no sea superior a un año, y al menos una vez y media el valor anual medio del contrato si su duración es superior a un año. Deberá acreditarse por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil si la empresa está inscrita en dicho Registro y, en caso contrario, por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. La acreditación del depósito en el Registro Mercantil se realizará mediante los medios de publicidad que establece el Real Decreto 1784/1996, de 19 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Registro Mercantil, que son: - Nota simple informativa del Registro Mercantil - Certificación del Registro Mercantil.
Solvencia técnica o profesional
- Deberá acreditarse por medio de una relación de servicios o trabajos realizados en los tres últimos años del mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato, especificando importe, fechas y el destinatario, público o privado de los mismos, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o mayor al 70% del valor estimado del contrato, o de su anualidad media si ésta es inferior al valor estimado del contrato. Los servicios incluidos en dicha relación se acreditarán mediante certificados de buena ejecución, expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad de derecho público. Cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. En su caso, estos certificados podrán ser comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Para determinar que un trabajo o servicio es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato, se atenderá a los tres primeros dígitos de los respectivos códigos de la CPV.
Garantías
- Definitiva: 5 %
Requisitos específicos
- No prohibición para contratar
- Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- Cumplimiento con las obligaciones tributarias
- Capacidad de obrar
Códigos CPV
- 92000000
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