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Alcaldía del Ayuntamiento de Puente Viesgo (Cantabria)Expediente: Ob-Neg 1/26Comprobada en la Plataforma de Contratación:

Adecuación de edificio para centro comunitario para la atención a las personas mayores en Hijas

Información sobre la licitación Adecuación de edificio para centro comunitario para la atención a las personas mayores en Hijas de Alcaldía del Ayuntamiento de Puente Viesgo (Cantabria). Puedes consultar otras licitaciones de Alcaldía del Ayuntamiento de Puente Viesgo (Cantabria), del CPV 45215200 o en Cantabria.

Organismo contratante

Alcaldía del Ayuntamiento de Puente Viesgo (Cantabria)

NIF: P3905600G

Ver adjudicaciones y estadísticas del organismo

Contrato

Tipo
Obras
Procedimiento
Negociado sin publicidad
Tramitación
Urgente
Lugar de ejecución
Cantabria
Código NUTS
ES130

Adjudicación

Formalizado

Importe adjudicado (sin IVA)
149.800,00 €
Importe adjudicado (con IVA)
181.258,00 €
Presupuesto base (sin IVA)
149.883,51 €
Baja
0,06 %
Ofertas recibidas
3 (2 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
149.800,00 € – 149.883,51 €
Fecha de adjudicación
29/06/2026
Formalización del contrato
12/08/2026

Documentos

Requisitos y criterios

Exige inscripción en ROLECE

Duración y prórrogas

Duración: 4 meses

Posibilidad reducción plazo como mejora a valorar

Criterios de adjudicación

  • Mejor oferta económica(Automático)Ponderación: 51
  • Disminución del plazo de ejecución(Automático)Ponderación: 35
  • Aumento del plazo de garantía(Automático)Ponderación: 14

Solvencia económica y financiera

  • Cláusula 7Se exime a los licitadores de la acreditación de la solvencia económica y financiera y técnica o profesional, en el caso de estar inscritos en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público, o en el Libro registro de contratistas de obras, servicios y suministros de la Comunidad Autónoma de Cantabria de acuerdo con el artículo 159.6 b) de la LCSP. En caso de no estar inscritos en el ROLECE:3.1 La solvencia económica y financiera del empresario deberá acreditarse por uno de los siguientes medios: a) El criterio para la acreditación de la solvencia económica y financiera será el volumen anual de negocios en el ámbito de actividades correspondiente al objeto del contrato, (trabajos de construcción y/o rehabilitación de edificios), del licitador o candidato, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades, (o desde la fecha de inicio de actividad de la empresa si es menor), deberá ser al menos 149.883,51 €, (el valor estimado del contrato), (impuestos no incluidos). La acreditación de este requisito se realizará como regla general mediante la aportación del resumen de la declaración del IVA presentada a Hacienda (modelo 390). Cuando el licitador sea una entidad que no esté obligada a realizar declaración de IVA, ese porcentaje deberá reflejarse en las cuentas anuales de la entidad de los tres últimos ejercicios, aprobadas por el órgano competente, e inscritas, en su caso, en el Registro público correspondiente, (los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil). b) Justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales por importe igual o superior al valor estimado del contrato (149.883,51 euros).

Solvencia técnica o profesional

  • Cláusula 7.Se exime a los licitadores de la acreditación de la solvencia económica y financiera y técnica o profesional, en el caso de estar inscritos en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público, o en el Libro registro de contratistas de obras, servicios y suministros de la Comunidad Autónoma de Cantabria de acuerdo con el artículo 159.6 b) de la LCSP. En caso de no estar inscritos en el ROLECE:3.2. La solvencia técnica o profesional del empresario deberá ser acreditada, por los medios siguientes: a) Relación de las obras ejecutadas en el curso de los CINCO últimos años, en el ámbito de actividades correspondiente al objeto del contrato, (trabajos de construcción y/o rehabilitación de edificios), avalada por certificados o informes de buena ejecución de al menos UNO de ellos. Estos certificados o informes indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término; requiriéndose que el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior a 149.883,51 €, (impuestos No incluidos), (valor estimado del presente contrato). Esta acreditación se efectuará de la siguiente forma: 1.- Los certificados o informes de ejecución, si se trata de obras realizadas para la Administración, deberán estar expedidos por el Director de las obras y refrendados con la conformidad de la entidad contratante. 2.- Los certificados o informes de ejecución de obras para entidades privadas deberán estar expedidos por el Director de las obras y visados por el colegio profesional correspondiente. Cuando el contratista sea una empresa de nueva creación (entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años), su solvencia técnica se acreditará mediante la aportación de declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de las obras, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación.

Garantías

  • Especial: 10 %

Requisitos específicos

  • No prohibición para contratar

Códigos CPV

  • 45215200
  • 45215222
  • 45000000
  • 45215000
  • 45200000
  • 45210000
  • 45215220

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