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Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y DeportesExpediente: PSS/2024/0000156947Comprobada en la Plataforma de Contratación:

Contrato mixto de servicios de comedor de la residencia estable de deportistas y de explotación de la cafetería y bar de las instalaciones del Centro de Tecnificación Deportiva "Ciudad Deportiva de Cáceres" y "Pabellón Multiusos Ciudad de Cáceres".

Información sobre la licitación Contrato mixto de servicios de comedor de la residencia estable de deportistas y de explotación de la cafetería y bar de las instalaciones del Centro de Tecnificación Deportiva "Ciudad Deportiva de Cáceres" y "Pabellón Multiusos Ciudad de Cáceres" de Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes. Puedes consultar otras licitaciones de Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes, del CPV 55300000 o en Cáceres.

Organismo contratante

Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes

NIF: S0611001I

Ver adjudicaciones y estadísticas del organismo

Contrato

Tipo
Servicios
Procedimiento
Abierto
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Cáceres
Código NUTS
ES432

Adjudicación

Formalizado

ALBIE S.A.A28861326
Importe adjudicado (sin IVA)
1.354.841,60 €
Importe adjudicado (con IVA)
1.490.325,76 €
Presupuesto base (sin IVA)
1.424.042,77 €
Baja
4,86 %
Ofertas recibidas
2 (1 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
100.567,27 € – 1.255.280,00 €
Fecha de adjudicación
04/04/2025
Formalización del contrato
30/04/2025

Documentos

Requisitos y criterios

Duración y prórrogas

Duración: 43 meses

Criterios de adjudicación

  • Oferta económica del servicio de restauración(Automático)Ponderación: 35
  • Memoria del servicio y la calidad técnica(Juicio de valor)Ponderación: 15
  • Criterios ambientales(Automático)Ponderación: 10
  • Mejoras de valoración automática(Automático)Ponderación: 10
  • Bolsa económica para mejora del equipamiento(Automático)Ponderación: 10
  • Oferta económica de los precios de venta al público de los artículos de cafetería I.C(Automático)Ponderación: 9
  • Medidas de prevención, seguridad y salud laboral(Automático)Ponderación: 6
  • Oferta económica instalaciones provisionales I.B(Automático)Ponderación: 5

Solvencia económica y financiera

  • - Artículo 87 de la LCSP, apartado 1.a): - Volumen de negocio: En el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos años disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior a 1,5 veces el valor anual medio del contrato, es decir, 596.110,92 € (siendo el valor anual medio 397.407,28 €). El volumen anual de negocios se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba ser inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuantas anuales legalizados por el Registro Mercantil. El cómputo se efectuará hasta la fecha de finalización del plazo para la presentación de proposiciones u ofertas. Cuando un contrato se divida en lotes, el órgano de contratación podrá establecer el volumen de negocios mínimo anual exigido a los licitadores por referencia a grupos de lotes en caso de que al adjudicatario se le adjudiquen varios lotes que deban ejecutarse al mismo tiempo. A pesar de no ser requisito la Clasificación, la solvencia podrá ser justificada mediante la acreditación de encontrarse en el grupo o subgrupo, y categoría mínima indicada a continuación : Grupo M Subgrupo 6 Categoría 3.

Solvencia técnica o profesional

  • - Artículo 90 de la LCSP, apartado 1.a): - Relación de los principales servicios o trabajos realizados en el curso de los TRES últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Los servicios deberán ser de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, tomando como criterio de correspondencia entre los servicios ejecutados por el empresario y los que constituyen el objeto del contrato la pertenencia al mismo subgrupo de clasificación, si el contrato estuviera encuadrado en alguno de los establecidos en el reglamento, y en caso contrario la igualdad entre los tres primeros dígitos de los respectivos códigos CPV. El importe anual ejecutado durante el año de mayor ejecución del periodo citado deberá sea igual o superior al 70% del valor anual medio del contrato, es decir 278.185,10 € (siendo el valor anual medio 397.407,28 €). Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. El cómputo se efectuará hasta la fecha de finalización del plazo para la presentación de proposiciones u ofertas. A pesar de no ser requisito la Clasificación, la solvencia podrá ser justificada mediante la acreditación de encontrarse en el grupo o subgrupo, y categoría mínima indicada a continuación : Grupo M Subgrupo 6 Categoría 3.

Códigos CPV

  • 55300000
  • 55330000

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