Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y DeportesExpediente: PSS/2024/0000068460Comprobada en la Plataforma de Contratación:
El objeto de este contrato es la prestación de un servicio que permita la actualización y el mantenimiento de las aplicaciones Digihub (http://ciconia.gobex.es) y Digibib (http://ciconia.gobex.es/biblioteca).
Información sobre la licitación El objeto de este contrato es la prestación de un servicio que permita la actualización y el mantenimiento de las aplicaciones Digihub (http://ciconia.gobex.es) y Digibib (http://ciconia.gobex.es/biblioteca) de Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes. Puedes consultar otras licitaciones de Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes, del CPV 72267100 o en Extremadura.
Organismo contratante
Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes
NIF: S0611001I
Ver adjudicaciones y estadísticas del organismoContrato
- Tipo
- Servicios
- Procedimiento
- Negociado sin publicidad
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Extremadura
- Código NUTS
- ES43
Adjudicación
Formalizado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 66.490,00 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 80.452,90 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 66.500,00 €
- Baja
- 0,02 %
- Ofertas recibidas
- 1 (0 de PYMEs)
- Oferta más baja – más alta
- 66.490,00 €
- Fecha de adjudicación
- 02/12/2024
- Formalización del contrato
- 03/12/2024
Documentos
Requisitos y criterios
Duración y prórrogas
Duración: 25 meses
Criterios de adjudicación
- Oferta económica.(Automático)Ponderación: 50
- Implementar en la aplicación DIGIHUB un módulo de generación de EDM(Automático)Ponderación: 20
- Implementar en la aplicación DIGIHUB un módulo de recolección de miniaturas(Automático)Ponderación: 10
- Implementar en la aplicación DIGIHUB un servidor SRU(Automático)Ponderación: 10
- Implementar en la aplicación DIGIHUB un módulo APIS(Automático)Ponderación: 10
Solvencia económica y financiera
- - Artículo 87. 1 a) de la LCSP, apartado a): Volumen anual de negocios referido al mejor ejercicio dentro de los últimos tres años disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades y de presentación de las ofertas por importe de al menos una vez y media el valor anual medio del contrato. Esta cuantía debe ser de, al menos, 47.880,00 euros. El volumen anual de negocios se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario o por las depositadas en el registro oficial en que deba ser inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuantas anuales legalizados en el Registro Mercantil. El cómputo se efectuará hasta la fecha de finalización del plazo para la presentación de proposiciones u ofertas.
Solvencia técnica o profesional
- - Artículo 90.1 a) de la LCSP, apartado a): Relación de los principales servicios efectuados en los tres últimos años, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70 por ciento de la anualidad media del contrato. El importe mínimo es de 22.344,00 euros. Los servicios se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. El cómputo se efectuará hasta la fecha de finalización del plazo para la presentación de proposiciones u ofertas. • Acreditación diferente de la solvencia técnica para empresas de nueva creación en el supuesto del artículo 90.4 de la LCSP: SI Indicación del personal técnico o unidades técnicas, integradas o no en la empresa de los que se disponga para la ejecución del contrato, especialmente los encargados del control de calidad. La empresa debe contar, al menos, en plantilla con un Ingeniero Informático o Grado equivalente. La acreditación del presente criterio se hará mediante los títulos o acreditaciones académicas o profesionales exigidos al personal técnico del empresario, así como el número de técnicos y experiencia profesional mínima exigida a dichos técnicos, o las características y capacidades mínimas de las unidades técnicas exigidas, según corresponda. El cómputo se efectuará hasta la fecha de finalización del plazo para la presentación de proposiciones u ofertas.
Garantías
- Definitiva: 5 %
Códigos CPV
- 72267100
- 72920000
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