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Consejería de Hacienda y Administración PúblicaExpediente: PSS/2024/0000109401Comprobada en la Plataforma de Contratación:

Servicios de limpieza del Edificio sede del Servicio Fiscal de Badajoz adscrito a la Consejería de Hacienda y Administración Pública, sito en la calle Pedro Tomás Nº4 de Badajoz

Información sobre la licitación Servicios de limpieza del Edificio sede del Servicio Fiscal de Badajoz adscrito a la Consejería de Hacienda y Administración Pública, sito en la calle Pedro Tomás Nº4 de Badajoz de Consejería de Hacienda y Administración Pública. Puedes consultar otras licitaciones de Consejería de Hacienda y Administración Pública, del CPV 90911200 o en Extremadura.

Organismo contratante

Consejería de Hacienda y Administración Pública

NIF: S0611001I

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Contrato

Tipo
Servicios
Procedimiento
Abierto
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Extremadura
Código NUTS
ES43

Adjudicación

Formalizado

Importe adjudicado (sin IVA)
68.880,00 €
Importe adjudicado (con IVA)
83.344,80 €
Presupuesto base (sin IVA)
78.077,93 €
Baja
11,78 %
Ofertas recibidas
7 (3 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
0,00 €
Fecha de adjudicación
03/12/2024
Formalización del contrato
14/01/2025

Documentos

Requisitos y criterios

Duración y prórrogas

Duración: 24 meses

Se establece la posibilidad de prórroga por un plazo máximo de veinticuatro (24) meses.Duración máxima del contrato incluidas las prórrogas: Cuarenta y ocho (48) meses

Criterios de adjudicación

  • Evaluación de la oferta económica(Automático)Ponderación: 60
  • Bolsa de horas anuales(Automático)Ponderación: 10
  • Medidas de prevención, seguridad y salud laboral: Cursos de formación relacionadas con el desempeño de las funciones trabajadores(Automático)Ponderación: 10
  • Medidas de conciliación de la vida personal, laboral y familiar. Bolsa de horas de libre disposición por parte de los trabajadores(Automático)Ponderación: 10
  • Utilización de elementos y productos respetuosos con el medioambiente(Automático)Ponderación: 10

Solvencia económica y financiera

  • - Artículo 87 de la LCSP, apartado 1 a): Se acreditará mediante el volumen anual de negocios referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior a una vez y media el valor anual medio del contrato: 58.558,44 euros. El volumen anual de negocios se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba ser inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. El cómputo se efectuará hasta la fecha de finalización del plazo para la presentación de ofertas. Deberá presentar Anexo III del PCAP, el cual se facilita en formato .pdf

Solvencia técnica o profesional

  • - Artículo 90 de la LCSP, apartado 1 a): Se acreditará mediante una relación de los principales servicios o trabajos realizados en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Los servicios deberán ser de igual o similar naturaleza que los que constituyen objeto del contrato. Para determinar que un trabajo o servicio es de igual o similar naturaleza que constituye el objeto del contrato se atenderá a los tres primeros dígitos del respectivo código CPV. El importe anual acumulado en el año de mayor ejecución del citado periodo deberá ser igual o superior al 70 por ciento de la anualidad media del contrato: 27.327,78 euros. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. El cómputo se efectuará hasta la fecha de finalización del plazo para la presentación de ofertas. Las empresas de nueva creación consistirá en disponer de una plantilla media anual igual o superior a 4 trabajadores y un número de directivos igual o superior a 1. Se acreditará mediante declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y del número de directivos durante los últimos tres años, acompañada de la documentación justificativa. Deberá presentar Anexo III del PCAP, el cual se facilita en formato .pdf

Garantías

  • Definitiva: 5 %

Requisitos específicos

  • Capacidad de obrar
  • No estar incurso en incompatibilidades
  • Cumplimiento con las obligaciones tributarias
  • No prohibición para contratar
  • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social

Códigos CPV

  • 90911200

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