Consejería de Gestión Forestal y Mundo RuralExpediente: PSU/2024/0000100455Comprobada en la Plataforma de Contratación:
SUMPE24071 Adquisición de desbrozadoras para el desarrollo de trabajos del Plan INFOEX
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Organismo contratante
Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural
NIF: S0611001I
Ver adjudicaciones y estadísticas del organismoContrato
- Tipo
- Suministros
- Procedimiento
- Abierto
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Extremadura
- Código NUTS
- ES43
Adjudicación
Formalizado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 99.516,20 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 120.414,60 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 122.500,00 €
- Baja
- 18,76 %
- Ofertas recibidas
- 13 (13 de PYMEs)
- Oferta más baja – más alta
- 0,00 €
- Fecha de adjudicación
- 27/12/2024
- Formalización del contrato
- 30/12/2024
Documentos
- PCAPSUMPE24071 PCAP Y ANEXOS COMPLETO CORREGIDO.pdfAbrir original
- PPTPliego de prescripciones tecnicas.PDFAbrir original
- AnexoSUMPE24071 ANEXO IV DEC VIGENCIA DATOS.docxAbrir original
- AnexoSUMPE24071 ANEXO IX DEC RESPONSABLE PRTR.docxAbrir original
- AnexoSUMPE24071 ANEXO VI CONSTITUCION UTE.docxAbrir original
- AnexoSUMPE24071 ANEXO III DECLARACION RESPONSABLE.docxAbrir original
- AnexoSUMPE24071 ANEXO VII INTEGRACION SOLV MEDIOS EXTERNOS.docxAbrir original
- AnexoSUMPE24071 ANEXO II PROPOSICION ECONOMICA.docxAbrir original
- AnexoSUMPE24071 RESOLUCION AMPLIACION PLAZO.pdfAbrir original
- AnexoSUMPE24071 ANEXO II BIS CRITERIOS AUTOMATICOS.docxAbrir original
- AnexoSUMPE24071 ANEXO VIII TRATAMIENTO DATOS.docxAbrir original
- ExpedienteSUMPE24071 MEMORIA JUSTIFICATIVA CORREGIDAAbrir original
- ExpedienteSUMPE24071 RESOLUCION AMPLIACION PLAZOAbrir original
- ExpedienteMemoria justificativaAbrir original
- ExpedienteActa Mesa 1Abrir original
- ExpedienteResultado Mesa 2Abrir original
- ExpedienteActa 2Abrir original
- ExpedienteActa 3Abrir original
- ExpedienteResollución miembros de mesaAbrir original
- ExpedienteAcuerdo de iniciación del expedienteAbrir original
- ExpedienteResultado Mesa 1Abrir original
- ExpedienteDocumento de aprobación del expedienteAbrir original
Requisitos y criterios
Duración y prórrogas
Duración: 30 días
Criterios de adjudicación
- Oferta Económica(Automático)Ponderación: 85
- Mejoras de valoración automática: Mejoras sobre la cantidad(Automático)Ponderación: 10
- Ampliación del plazo de garantía: Plazo de garantía.(Automático)Ponderación: 5
Solvencia económica y financiera
- Artículo 87.1 a) de la LCSP, apartado/s: Volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior en una vez el valor estimado del contrato (122.500,00 €). El volumen anual de negocio se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil si la empresa estuviera inscrita en dicho registro, o, en caso contrario, por las depositadas en el registro oficial en que deba ser inscrito. Las empresas individuales no inscritas en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados en el Registro Mercantil. Otros documentos que acrediten la solvencia económica y financiera a determinar por el poder adjudicador, de conformidad con el artículo 86.1 de la LCSP: SI. Cuando exista una razón válida que impida acreditar la solvencia económica y financiera por el medio establecido, se podrá acreditar mediante la presentación de una declaración expresa en la que hagan constar dicha circunstancia, y copia de la declaración del impuesto de la renta de las personas físicas del año de mayor volumen de negocio de los tres últimos ejercicios concluidos, en la que figuren los rendimientos de las actividades económicas que realice, por importe igual o superior en una vez el valor estimado del contrato (122.500,00 €).
Solvencia técnica o profesional
- Se acreditará, simultáneamente, a través de los medios previstos en los apartados a) y e) del artículo 89.1 de la LCSP 9/17. Artículo 89.1 a): -Relación de los principales suministros realizados en el curso de los tres últimos años, en la que se indique el importe, fecha y destinatario público o privado de los mismos. Los suministros deberán ser de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, tomando como criterio de correspondencia entre los suministros ejecutados por el empresario y los que constituyen el objeto del contrato la igualdad entre todos los dígitos del correspondiente CPV, que deberá figurar en los certificados que se aporten. El importe anual ejecutado durante el año de mayor ejecución del periodo citado deberá ser igual o superior al 70 % del valor estimado del contrato (85.750,00 €). Los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente.
- Se acreditará, simultáneamente, a través de los medios previstos en los apartados a) y e) del artículo 89.1 de la LCSP 9/17. Artículo 89.1 e): Muestras, descripciones y fotografías de los productos a suministrar, cuya autenticidad pueda certificarse a petición de la entidad contratante: será necesaria la presentación de fichas técnicas (descripciones) y fotografías de los productos objeto del suministro, que contengan información suficiente para comprobar el cumplimiento de las características exigidas en el PPT. Acreditación diferente de la solvencia técnica para empresas de nueva creación en el supuesto del artículo 89.1.h) de la LCSP: SI. En caso de empresas de nueva creación, acreditarán su solvencia técnica o profesional exclusivamente a través del medio previsto en la letra e) del artículo 89.1 de la LCSP 9/2017, al que antes se ha hecho referencia
Garantías
- Definitiva: 5 %
Requisitos específicos
- Capacidad de obrar
Códigos CPV
- 16600000
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