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Consejería de Gestión Forestal y Mundo RuralExpediente: PSS/2023/0000123702Comprobada en la Plataforma de Contratación:

SERPE24004 Asistencia técnica para la gestión integral de la red de radiocomunicaciones del Plan INFOEX

Información sobre la licitación SERPE24004 Asistencia técnica para la gestión integral de la red de radiocomunicaciones del Plan INFOEX de Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural. Puedes consultar otras licitaciones de Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural, del CPV 50333000 o en Extremadura.

Organismo contratante

Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural

NIF: S0611001I

Ver adjudicaciones y estadísticas del organismo

Contrato

Tipo
Servicios
Procedimiento
Abierto
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Extremadura
Código NUTS
ES43

Adjudicación

Formalizado

Importe adjudicado (sin IVA)
162.379,06 €
Importe adjudicado (con IVA)
196.478,66 €
Presupuesto base (sin IVA)
162.379,06 €
Baja
0 %
Ofertas recibidas
1 (1 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
0,00 €
Fecha de adjudicación
Formalización del contrato

Documentos

Requisitos y criterios

Duración y prórrogas

Duración: 12 meses

Duración máxima del contrato incluidas las prórrogas: 24 meses.

Criterios de adjudicación

  • 1 Evaluación de la oferta económica(Automático)Ponderación: 60
  • 5 Bolsa de horas anuales(Automático)Ponderación: 10
  • 3 Recursos personales y materiales(Automático)Ponderación: 10
  • 6 Criterios ambientales de valoración automática Minimización de residuos y emisiones(Automático)Ponderación: 10
  • 4 Ampliación de garantía(Automático)Ponderación: 5
  • 2 Tiempo máximo de respuesta(Automático)Ponderación: 5

Solvencia económica y financiera

  • Referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos años disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior a una vez y media el valor anual medio del contrato (243.568,59€). El volumen anual de negocios se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba ser inscrito. En el caso de que se trate de un empresario individual no inscrito en el Registro Mercantil ni que se encuentre obligado a legalizar en dicho Registro sus cuentas anuales, deberá aportar declaración expresa en la que haga constar dicha circunstancia y copia de la declaración del impuesto de la renta de las personas físicas del año de mayor volumen de negocio de los tres últimos ejercicios concluidos en la que figuren los rendimientos de las actividades económicas que realice, por importe igual o superior a una vez y media el valor anual medio del contrato (243.568,59€). A pesar de no ser requisito la clasificación, la solvencia podrá ser justificada mediante la acreditación de encontrarse clasificado en el Grupo: V, Subgrupo: 3 y categoría: 2.

Solvencia técnica o profesional

  • La acreditación de la solvencia técnica o profesional se efectuará mediante la relación de los principales servicios efectuados en los tres últimos años, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70% de la anualidad media de contrato (113.665,34€). Los servicios deberán ser de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato. Se entenderán de igual o similar naturaleza los que correspondan con los tres primeros dígitos del CPV señalado en el Cuadro Resumen de Características del PCAP Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente. El cómputo se efectuará hasta la fecha de finalización del plazo para la presentación de proposiciones u ofertas. Los empresarios extranjeros de países miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo acreditarán su solvencia económica, financiera y técnica o profesional en la misma forma que se exige a los empresarios españoles. Del mismo modo, los empresarios extranjeros del resto de países lo acreditarán en la misma forma que se exige a los empresarios españoles. A pesar de no ser requisito la clasificación, la solvencia podrá ser justificada mediante la acreditación de encontrarse clasificado en el Grupo: V, Subgrupo: 3 y categoría: 2.

Garantías

  • Definitiva: 5 %

Requisitos específicos

  • Capacidad de obrar

Códigos CPV

  • 50333000

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