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Consejería de Gestión Forestal y Mundo RuralExpediente: PSS/2023/0000077278Comprobada en la Plataforma de Contratación:

2352SE1MR223: Redacción de un proyecto piloto para la construcción de una planta para el procesado de la piña y la obtención de piñón en blanco de piño piñonero(pinus pinea l.) como medida de fomento del emprendimiento verde y bioeconomía local en zonas con dificultades demográficas en el marco del "Plan de Recuperación, Transformación y resiliencia”

Información sobre la licitación 2352SE1MR223: Redacción de un proyecto piloto para la construcción de una planta para el procesado de la piña y la obtención de piñón en blanco de piño piñonero(pinus pinea l.) como medida de fomento del emprendimiento verde y bioeconomía local en zonas con dificultades demográficas en el marco del "Plan de Recuperación, Transformación y resiliencia” de Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural. Puedes consultar otras licitaciones de Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural, del CPV 71000000 o en Extremadura.

Organismo contratante

Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural

NIF: S0611001I

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Contrato

Tipo
Servicios
Procedimiento
Abierto
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Extremadura
Código NUTS
ES43

Adjudicación

Formalizado

Importe adjudicado (sin IVA)
42.764,53 €
Importe adjudicado (con IVA)
51.745,08 €
Presupuesto base (sin IVA)
50.491,01 €
Baja
15,3 %
Ofertas recibidas
4 (4 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
37.950,01 € – 50.491,01 €
Fecha de adjudicación
19/07/2024
Formalización del contrato
31/07/2024

Documentos

Requisitos y criterios

Duración y prórrogas

Duración: 6 meses

Criterios de adjudicación

  • Servicios de redacción de proyectos de arquitectura(Juicio de valor)Ponderación: 35
  • Evaluación de la oferta económica(Automático)Ponderación: 30
  • Recursos personales y materiales(Automático)Ponderación: 15
  • Tecnología e I+D+I(Juicio de valor)Ponderación: 10
  • Ampliación de garantía(Automático)Ponderación: 6
  • Criterios ambientales cuya valoración está sujeta a juicio de valor(Juicio de valor)Ponderación: 4

Solvencia económica y financiera

  • Artículo 87 de la LCSP 9/17, apartado/s: Volumen anual de negocio referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos años disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual/superior en 1 vez el valor estimado del contrato: 50.491,01 €. El volumen anual de negocios se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba ser inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. En el caso de que se trate de un empresario individual no inscrito en el Registro Mercantil ni que se encuentre obligado a legalizar en dicho Registro sus cuentas anuales, deberá aportar declaración expresa en la que haga constar dicha circunstancia y copia de la declaración del impuesto de la renta de las personas físicas del año de mayor volumen de negocio de los tres últimos ejercicios concluidos en la que figuren los rendimientos de las actividades económicas que realice, por importe igual o superior en 1 vez el valor estimado del contrato: 50.491,01 €. El cómputo se efectuará hasta la fecha de finalización del plazo para la presentación de proposiciones u ofertas.

Solvencia técnica o profesional

  • Artículo 90 de la LCSP 9/17, apartado/s: Relación de los principales servicios o trabajos realizados en el curso de, como máximo, los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Cuando sea necesario para garantizar un nivel adecuado de competencia los poderes adjudicadores podrán indicar que se tendrán en cuenta las pruebas de los servicios pertinentes efectuados más de tres años antes. Los servicios deberán ser de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato atendiendo a los tres primeros dígitos del código CPV. Al reflejarse varios CPV, la exigencia de los mismos es alternativa. El importe anual ejecutado durante el año de mayor ejecución del periodo citado será igual o superior al 70% del valor estimado del contrato: Solvencia técnica 35.343,71 € Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. El cómputo se efectuará hasta la fecha de finalización del plazo para la presentación de proposiciones u ofertas. Acreditación diferente de la solvencia técnica para empresas de nueva creación, ver apartado 5.1 de la Solvencia técnica o profesional del Anexo I del PCAP.

Garantías

  • Definitiva: 5 %

Códigos CPV

  • 71000000
  • 71300000
  • 71311000
  • 71310000
  • 71323000
  • 71240000
  • 71311100
  • 77231000
  • 71335000

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