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Consejería de Economía, Ciencia y Agenda DigitalExpediente: PSS/2022/0000017854Comprobada en la Plataforma de Contratación:

Contrato de Servicios "Programa Superior de Formación Directiva en el Marco de la Estrategia EME, cofinanciado con FSE"

Información sobre la licitación Contrato de Servicios "Programa Superior de Formación Directiva en el Marco de la Estrategia EME, cofinanciado con FSE" de Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital. Puedes consultar otras licitaciones de Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital, del CPV 80500000 o en Badajoz.

Organismo contratante

Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital

NIF: S0611001I

Ver adjudicaciones y estadísticas del organismo

Contrato

Tipo
Servicios
Procedimiento
Abierto
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Badajoz
Código NUTS
ES431

Adjudicación

Formalizado

Importe adjudicado (sin IVA)
27.127,76 €
Importe adjudicado (con IVA)
32.824,59 €
Presupuesto base (sin IVA)
41.735,02 €
Baja
35 %
Ofertas recibidas
5 (4 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
27.127,76 € – 29.506,65 €
Fecha de adjudicación
Formalización del contrato

Documentos

Requisitos y criterios

Duración y prórrogas

Duración: 5 meses

No procede prórroga

Criterios de adjudicación

  • Evaluación de la oferta económica(Automático)Ponderación: 49
  • Calidad técnica de la propuesta(Juicio de valor)Ponderación: 15
  • Metodología(Juicio de valor)Ponderación: 10
  • Metodología propuesta para el desarrollo de los trabajos(Juicio de valor)Ponderación: 8
  • Mejora 1: Mayor experiencia empresarial del profesorado cuyo perfil está descrito en el apartado 3 del PPT(Automático)Ponderación: 5
  • Mejora 3.Elaboración de Guía – Resumen(Automático)Ponderación: 5
  • Mejora 2. Ampliación de la Campaña de comunicación(Automático)Ponderación: 5
  • Instrumentos de transferencia del conocimiento(Juicio de valor)Ponderación: 3

Solvencia económica y financiera

  • Artículo 87 de la LCSP.Volumen anual de negocios: Referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual/superior en una vez el valor estimado del contrato: 41.735,02 € El volumen anual de negocios se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba ser inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuantas anuales legalizados por el Registro Mercantil. El cómputo se efectuará hasta la fecha de finalización del plazo para la presentación de proposiciones u ofertas.

Solvencia técnica o profesional

  • Artículo 90 de la LCSP.Relación de los principales servicios o trabajos realizados en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado, de los mismos. Los servicios deberán ser de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato.Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. Forma de acreditación: Para determinar que un servicio es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato, se acudirá a los tres primeros dígitos del CPV indicado para este contrato. Importe anual ejecutado durante el año de mayor ejecución del periodo citado: al menos el 70% del valor estimado del contrato: 29.214,51 €.El cómputo se efectuará hasta la fecha de finalización del plazo para la presentación de proposiciones u ofertas. Acreditación diferente de la solvencia técnica para empresas de nueva creación, entendiendo como tal aquellas que tengan una antigüedad inferior a 5 años, (computados hasta la fecha de finalización del plazo para la presentación de ofertas), en el supuesto del artículo 90.4 de la LCSP: SI X Forma de acreditación alternativa para empresas de nueva creación, Indicación del personal técnico o de las unidades técnicas, integradas o no en la empresa, participantes en el contrato, especialmente aquellos encargados del control de calidad:Perfil mínimo del personal técnico/equipo adscrito a la ejecución del contrato: Técnicos universitarios en áreas descritas en el PPT: 5 Experiencia mínima equipo en:contratos similares de formación empresarial: 5 años control de calidad: no se exige El presente criterio deberá acreditarse mediante los títulos o acreditaciones académicas o profesionales exigidos al personal técnico del empresario, así como el número de técnicos y experiencia profesional mínima exigida a dichos técnicos o las características y capacidades mínimas de las unidades técnicas exigidas, según corresponda.

Garantías

  • Definitiva: 5 %

Requisitos específicos

  • Capacidad de obrar

Códigos CPV

  • 80500000

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