Alcaldía del Ayuntamiento de CeclavínExpediente: 37/2022Comprobada en la Plataforma de Contratación:
Obra en relación con las ayudas para la mejora de las infraestructuras y productividad de fincas rústicas de propiedad municipal, año 2021.
Información sobre la licitación Obra en relación con las ayudas para la mejora de las infraestructuras y productividad de fincas rústicas de propiedad municipal, año 2021 de Alcaldía del Ayuntamiento de Ceclavín. Puedes consultar otras licitaciones de Alcaldía del Ayuntamiento de Ceclavín, del CPV 45000000 o en Cáceres.
Organismo contratante
Contrato
- Tipo
- Obras
- Procedimiento
- Abierto simplificado
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Cáceres
- Código NUTS
- ES432
Adjudicación
Adjudicado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 42.000,00 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 50.820,00 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 61.501,58 €
- Baja
- 31,71 %
- Ofertas recibidas
- 5
- Oferta más baja – más alta
- 0,00 € – 59.250,00 €
- Fecha de adjudicación
- Formalización del contrato
Documentos
Requisitos y criterios
Duración y prórrogas
Duración: 9 meses
Criterios de adjudicación
- Oferta económicamente más ventajosaPonderación: 100
Solvencia económica y financiera
- No se exige de acuerdo con el apartado quinto de artículo 11 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre (RGLCAP), en concordancia con lo dispuesto en el artículo 92 in fine de la LCSP, que salvo que en los pliegos del contrato se establezca de modo expreso su exigencia, los licitadores estarán exentos de los requisitos de acreditación de la solvencia económica y financiera y de acreditación de la solvencia técnica y profesional para los contratos de obras cuyo valor estimado no exceda de 80.000 euros.
Solvencia técnica o profesional
- No se exige de acuerdo con el apartado quinto de artículo 11 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre (RGLCAP), en concordancia con lo dispuesto en el artículo 92 in fine de la LCSP, que salvo que en los pliegos del contrato se establezca de modo expreso su exigencia, los licitadores estarán exentos de los requisitos de acreditación de la solvencia económica y financiera y de acreditación de la solvencia técnica y profesional para los contratos de obras cuyo valor estimado no exceda de 80.000 euros.
Garantías
- Definitiva: 5 %
Códigos CPV
- 45000000
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