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Alcaldía del Ayuntamiento de CeclavínExpediente: 1049/2025Comprobada en la Plataforma de Contratación:

Vehículo Dumper Hidrostático Autocargable.

Información sobre la licitación Vehículo Dumper Hidrostático Autocargable de Alcaldía del Ayuntamiento de Ceclavín. Puedes consultar otras licitaciones de Alcaldía del Ayuntamiento de Ceclavín, del CPV 34130000 o en Cáceres.

Organismo contratante

Alcaldía del Ayuntamiento de Ceclavín

NIF: P1006200H

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Contrato

Tipo
Suministros
Procedimiento
Abierto simplificado
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Cáceres
Código NUTS
ES432

Adjudicación

Formalizado

Importe adjudicado (sin IVA)
27.455,00 €
Importe adjudicado (con IVA)
33.220,55 €
Presupuesto base (sin IVA)
29.000,00 €
Baja
5,33 %
Ofertas recibidas
3 (3 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
0,00 € – 28.100,00 €
Fecha de adjudicación
01/09/2025
Formalización del contrato
10/09/2025

Documentos

Requisitos y criterios

Duración y prórrogas

Duración: 1 mes

Criterios de adjudicación

  • Oferta económicamente más ventajosa(Automático)Ponderación: 100

Solvencia económica y financiera

  • No aplica en base a lo establecido en el apartado quinto de artículo 11 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre (RGLCAP), en concordancia con lo dispuesto en el artículo 92 in fine de la LCSP, que salvo que en los pliegos del contrato se establezca de modo expreso su exigencia, los licitadores o candidatos estarán exentos de los requisitos de acreditación de la solvencia económica y financiera y de acreditación de la solvencia técnica y profesional para los contratos de obras cuyo valor estimado no exceda de 80.000 euros y para los contratos de los demás tipos cuyo valor estimado no exceda de 35.000 euros.

Solvencia técnica o profesional

  • No aplica en base a lo establecido en el apartado quinto de artículo 11 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre (RGLCAP), en concordancia con lo dispuesto en el artículo 92 in fine de la LCSP, que salvo que en los pliegos del contrato se establezca de modo expreso su exigencia, los licitadores o candidatos estarán exentos de los requisitos de acreditación de la solvencia económica y financiera y de acreditación de la solvencia técnica y profesional para los contratos de obras cuyo valor estimado no exceda de 80.000 euros y para los contratos de los demás tipos cuyo valor estimado no exceda de 35.000 euros.

Garantías

  • Definitiva: 5 %

Requisitos específicos

  • Capacidad de obrar
  • No prohibición para contratar
  • Cumplimiento con las obligaciones tributarias
  • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social

Códigos CPV

  • 34130000

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