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Alcaldía del Ayuntamiento de Torrecillas de la TiesaExpediente: 309/2025Comprobada en la Plataforma de Contratación:

Mejora de pavimentaciones de calles en Torrecillas de la Tiesa (Cáceres). Calles Laguna, Pozo de la Higuera, Tejar y Claveles.

Información sobre la licitación Mejora de pavimentaciones de calles en Torrecillas de la Tiesa (Cáceres). Calles Laguna, Pozo de la Higuera, Tejar y Claveles de Alcaldía del Ayuntamiento de Torrecillas de la Tiesa. Puedes consultar otras licitaciones de Alcaldía del Ayuntamiento de Torrecillas de la Tiesa, del CPV 45233200 o en Cáceres.

Organismo contratante

Alcaldía del Ayuntamiento de Torrecillas de la Tiesa

NIF: P1019000G

Ver adjudicaciones y estadísticas del organismo

Contrato

Tipo
Obras
Procedimiento
Abierto simplificado
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Cáceres
Código NUTS
ES432

Adjudicación

Adjudicado

Importe adjudicado (sin IVA)
209.686,50 €
Importe adjudicado (con IVA)
253.720,61 €
Presupuesto base (sin IVA)
239.697,36 €
Baja
12,52 %
Ofertas recibidas
5 (0 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
209.686,50 € – 239.586,80 €
Fecha de adjudicación
24/07/2025

Documentos

Requisitos y criterios

Duración y prórrogas

Duración: 5 meses

Criterios de adjudicación

  • Precio(Automático)Ponderación: 80
  • Ampliación del plazo de garantía(Automático)Ponderación: 20

Solvencia económica y financiera

  • Declaraciones apropiadas de entidades financieras, según modelo en PCAP
  • Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente. El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. Se entenderá acreditada la solvencia si el volumen anual de negocios, referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos ejercicios, es igual o superior al menos a una vez y media del valor estimado del contrato

Solvencia técnica o profesional

  • Declaración indicando el personal técnico u organismos técnicos, estén o no integrados en la empresa, de los que esta disponga para la ejecución de las obras acompañada de los documentos acreditativos correspondientes cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación. Se considerará acreditada la solvencia técnica cuando la titulación académica y profesional del personal técnico y del personal medio sea adecuado y proporcionado a la naturaleza y presupuesto de la obra. En todo caso, se considerarán solventes las empresas por este criterio cuando dispongan de al menos un técnico de grado medio como director técnico de calidad, en el cuadro de la propia empresa o en otra contratada por ésta para realizar de forma sistemática el control de calidad de su trabajo, o dispongan, una u otra, de un certificado de calidad expedido por organismos independientes, conforme a las normas europeas de certificación.
  • Relación de, al menos, tres obras ejecutadas en el curso de los cinco últimos años, avalada por certificados de buena ejecución emitidos por las Administraciones Públicas; estos certificados indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término; en su caso, dichos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Se considerará acreditada la solvencia cuando el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70% del valor estimado del contrato.

Garantías

  • Definitiva: 5 %

Requisitos específicos

  • Capacidad de obrar

Códigos CPV

  • 45233200
  • 45233250

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