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Consejería de Gestión Forestal y Mundo RuralExpediente: PSU/2025/0000044463Comprobada en la Plataforma de Contratación:

SUMPE25022 Suministro de botas para la realización de labores de prevención de incendios forestales.

Información sobre la licitación SUMPE25022 Suministro de botas para la realización de labores de prevención de incendios forestales de Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural. Puedes consultar otras licitaciones de Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural, del CPV 18830000 o en Extremadura.

Organismo contratante

Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural

NIF: S0611001I

Ver adjudicaciones y estadísticas del organismo

Contrato

Tipo
Suministros
Procedimiento
Abierto simplificado
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Extremadura
Código NUTS
ES43

Adjudicación

Formalizado

Importe adjudicado (sin IVA)
48.604,00 €
Importe adjudicado (con IVA)
62.048,00 €
Presupuesto base (sin IVA)
51.280,00 €
Baja
5,22 %
Ofertas recibidas
1 (1 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
0,00 €
Fecha de adjudicación
Formalización del contrato

Documentos

Requisitos y criterios

Duración y prórrogas

Duración: 60 días

No procede para este procedimiento

Criterios de adjudicación

  • Evaluación de la oferta económica(Automático)Ponderación: 90
  • Plazo de entrega(Automático)Ponderación: 10

Solvencia económica y financiera

  • - Artículo 87 de la LCSP, apartado: a) Volumen anual de negocios, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos años disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior a una vez el valor estimado del contrato (56.408,00 €). El volumen anual de negocios se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba ser inscrito. Las empresas individuales no inscritas en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados en el Registro Mercantil. El cómputo se efectuará hasta la fecha de finalización del plazo para la presentación de proposiciones u ofertas. Otros documentos que acrediten la solvencia económica y financiera a determinar por el poder adjudicador, de conformidad con el artículo 86.1 de la LCSP: Cuando exista una razón válida que impida acreditar la solvencia económica y financiera por el medio establecido, se podrá acreditar mediante la presentación de una declaración expresa en la que hagan constar dicha circunstancia, y copia de la declaración del impuesto de la renta de las personas físicas del año de mayor volumen de negocio de los tres últimos ejercicios concluidos, en la que figuren los rendimientos de las actividades económicas que realice, por importe igual o superior a una vez el valor estimado del contrato (56.408,00 €). El cómputo se efectuará hasta la fecha de finalización del plazo para la presentación de proposiciones u ofertas.

Solvencia técnica o profesional

  • Artículo 89 de la LCSP, apartados a) y e), simultáneamente: − Relación de los principales suministros, de igual o similar naturaleza del que constituye el objeto del contrato, realizados en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos, cuyo importe debe ser igual o superior al 70% del valor estimado del contrato (39.485 ,60 €). Los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Los suministros deberán ser de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, tomando como criterio de c orrespondencia entre los suministros ejecutados por el empresario y los que constituyen el objeto del contrato la igualdad entre los tres primeros dígitos del código CPV, el cual deberá figurar en los certificados que se aporten. El cómputo se efectuará hasta la fecha de finalización del plazo para la presentación de proposiciones u ofertas. Muestras, descripciones y fotografías de los productos a suministrar, cuya autenticidad pueda certificarse a petición de la entidad contratante: El licitador que sea propuesto como adjudicatario vendrá obligado a la presentación de descripciones (fichas técnicas) y fotografías de los productos a suministrar según las características exigidas en el PPT, que contengan información suficiente para comprobar el cumplimiento de dichas características mínimas. Acreditación diferente de la solvencia técnica para empresas de nueva creación en el supuesto del artículo 89.1.h) de la LCSP: Las empresas de nueva creación acreditarán su solvencia técnica o profesional exclusivamente a través del medio previsto en la letra e) del artículo 89.1 de la Ley 9/2017 al que antes se ha hecho referencia.

Garantías

  • Definitiva: 5 %

Requisitos específicos

  • Capacidad de obrar

Códigos CPV

  • 18830000

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