Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo SocialExpediente: PSS/2024/0000145077Comprobada en la Plataforma de Contratación:
ser220525008 Servicio para la realización de modelos hidraúlicos en las cuencas asociadas a la Red Spida
Información sobre la licitación ser220525008 Servicio para la realización de modelos hidraúlicos en las cuencas asociadas a la Red Spida de Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social. Puedes consultar otras licitaciones de Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social, del CPV 71318000 o en Extremadura.
Organismo contratante
Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social
NIF: S0611001I
Ver adjudicaciones y estadísticas del organismoContrato
- Tipo
- Servicios
- Procedimiento
- Abierto simplificado
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Extremadura
- Código NUTS
- ES43
Adjudicación
Formalizado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 59.400,00 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 71.874,00 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 88.696,68 €
- Baja
- 33,03 %
- Ofertas recibidas
- 4 (4 de PYMEs)
- Oferta más baja – más alta
- 0,00 €
- Fecha de adjudicación
- 16/05/2025
- Formalización del contrato
- 10/06/2025
Documentos
- PCAPPCAP Y ANEXOS.PDFAbrir original
- PPTPliego de prescripciones tecnicas.PDFAbrir original
- AnexoANEXOS MODELOS HIDRAULICOS.docAbrir original
- ExpedienteResolución ampliación plazos por interrupción suministro eléctricoAbrir original
- ExpedienteMemoria justificativaAbrir original
- ExpedienteActa MesaAbrir original
- ExpedienteComposición de la mesa de contrataciónAbrir original
- ExpedienteAcuerdo de iniciación del expedienteAbrir original
- ExpedienteDocumento de aprobación del expedienteAbrir original
Requisitos y criterios
Duración y prórrogas
Duración: 10 meses
Criterios de adjudicación
- PRECIO(Automático)Ponderación: 30
- CRITERIOS AMBIENTALES DE VALORACIÓN AUTOMÁTICA(Automático)Ponderación: 15
- RECURSOS PERSONALES Y MATERIALES(Automático)Ponderación: 15
- MEJORAS AUTOMÁTICAS(Automático)Ponderación: 15
- PLAZO DE GARANTÍA(Automático)Ponderación: 15
- TIEMPO MÁXIMO DE RESPUESTA(Automático)Ponderación: 10
Solvencia económica y financiera
- Deberá acreditarse mediante el Volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos años disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente y no excederá del valor estimado del contrato (88.696,68 €). El volumen anual de negocios se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba ser inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuantas anuales legalizados por el Registro Mercantil. El cómputo se efectuará hasta la fecha de finalización del plazo para la presentación de proposiciones u ofertas. Justificación. - Este criterio se considera adecuado al objeto del contrato. La situación financiera y el grado de fortaleza en la estructura, en la magnitud y en la composición del capital social licitador se consideran un motivo indi cativo que permite presumir una suficiencia razonable en la capacidad del adjudicatario para hacer frente a las obligaciones económicas y financieras que derivarán de la adjudicación del presente contrato. El umbral establecido, es conforme con el previsto en el artículo 87.1.a) de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, siendo el umbral exigido proporcional al valor estimado del contrato.
Solvencia técnica o profesional
- En aplicación del artículo 90.1 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, en los contratos de servicio, la solvencia técnica o profesional de los empresarios deberá apreciarse teniendo en cuenta sus conocimientos técnicos, eficacia, experiencia y fiabilidad, lo que deberá acreditarse, según el objeto del contrato, por uno o varios medios de los establecidos en este artículo. En el contrato de referencia se ha optado por el señalado en el apartado a) de dicho artículo. El licitador deberá aportar una relación de los principales servicios o trabajos realizados en el curso de, como máximo los tres últimos años, en el que se indique se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Los servicios deberán ser de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato. Para comprobar la similitud, se tendrá en cuenta la igualdad entre los tres primeros dígitos del código del CPV: • 71318000-0 Servicios de asesoramiento y consultoría en ingeniería El importe anual ejecutado durante el año de mayor ejecución del período citado sea igual o superior al 70% del valor estimado del contrato: 62.087,68 € El cómputo se efectuará hasta la fecha de finalización del plazo para la presentación de proposiciones u ofertas. Acreditación diferente de la solvencia técnica para empresas de nueva creación en el supuesto del artículo 90.4 de la LCSP: Se acreditará mediante una declaración responsable sobre la plantilla media anual de la empresa y un número de directivos durante los tres últimos años: ➢ Mantenimiento de la plantilla en los 3 últimos años: +- 10% ➢ Mantenimiento de los cuadros directivos en los últimos 3 años +-10% La acreditación del presente criterio será la propia declaración responsable detallada, acompañada de la documentación justificativa correspondiente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación (vida laboral de la empresa).
Requisitos específicos
- Capacidad de obrar
Códigos CPV
- 71318000
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