Dirección Provincial de Educación en LeónExpediente: A2026/011919Comprobada en la Plataforma de Contratación:
La instalación de ascensor para solucionar la falta de accesibilidad en el centro IES Vadinia, el cual consta de planta baja, primera y segunda, y la instalación de un pararrayos en el edificio de referencia para solucionar la seguridad contra el rayo
Información sobre la licitación La instalación de ascensor para solucionar la falta de accesibilidad en el centro IES Vadinia, el cual consta de planta baja, primera y segunda, y la instalación de un pararrayos en el edificio de referencia para solucionar la seguridad contra el rayo de Dirección Provincial de Educación en León. Puedes consultar otras licitaciones de Dirección Provincial de Educación en León, del CPV 45310000 o en León.
Organismo contratante
Dirección Provincial de Educación en León
NIF: S4711001J
Ver adjudicaciones y estadísticas del organismoContrato
- Tipo
- Obras
- Procedimiento
- Abierto simplificado
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- León
- Código NUTS
- ES413
Adjudicación
Adjudicado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 93.770,88 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 113.462,76 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 93.770,88 €
- Baja
- 0 %
- Ofertas recibidas
- 1 (1 de PYMEs)
- Fecha de adjudicación
- 02/10/2026
Documentos
- PCAPPliego de clausulas administrativas particulares - PCAP v002.pdfAbrir original
- PPTPROYECTO VADINIA_signed v001.pdfAbrir original
- ExpedienteMemoria justificativaAbrir original
- ExpedienteJustificación de elección de procedimientoAbrir original
- ExpedienteComposición de la mesa de contrataciónAbrir original
- ExpedienteDocumento de aprobación del expedienteAbrir original
- ExpedienteAcuerdo de iniciación del expedienteAbrir original
Requisitos y criterios
Exige inscripción en ROLECE
Duración y prórrogas
Duración: 4 meses
Criterios de adjudicación
- PRECIO(Automático)Ponderación: 70
- AUMENTO PLAZO DE GARANTÍA(Automático)Ponderación: 24
- ACOPIO DE MATERIALES PARA REPOSICIONES(Automático)Ponderación: 6
Solvencia económica y financiera
- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 87.1 a) de la LCSP la acreditación de la solvencia económica y financiera será el volumen anual de negocios del licitador o candidato, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser al menos 140.656,32€ (una vez y media el valor estimado del contrato cuando su duración no sea superior a un año, y al menos una vez y media el valor anual medio del contrato si su duración es superior a un año). El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.
Solvencia técnica o profesional
- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 88.1 a) de la LCSP la acreditación de la solvencia técnica se efectuará mediante la relación de obras ejecutadas en los últimos cinco años, que sean del mismo grupo o subgrupo de clasificación que el correspondiente al contrato que figura más abajo, o del grupo o subgrupo más relevante para el contrato si este incluye trabajos correspondientes a distintos subgrupos, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior a: 65.639,62 €(con carácter general el 70 por ciento de la anualidad media del contrato) Esta relación vendrá avalada por certificados de buena ejecución; estos certificados indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término; en su caso, dichos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 88.2 a) de la LCSP los licitadores que tengan la condición de empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, la acreditación de la solvencia técnica se efectuará de acuerdo con el artículo 88.1 f) con indicación de los Títulos académicos y profesionales del empresario y de los directivos de la empresa y, en particular, del responsable o responsables de las obras así como de los técnicos encargados directamente de la misma, deberá contar con los siguientes perfiles profesionales: Las titulaciones referidas se acreditarán, cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación, mediante la aportación del Curriculum Vitae de cada uno de los perfiles.
Garantías
- Definitiva: 5 %
- Especial: 5 %
Requisitos específicos
- Capacidad de obrar
- Estar prerregistrado en el ROLECE, y declarar que no ha habido modificaciones en los datos registrados
- Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
- No estar incurso en incompatibilidades
- No prohibición para contratar
- Declaración sobre personas con discapacidad
- Cumplimiento con las obligaciones tributarias
- Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
Códigos CPV
- 45310000
- 45312311
- 45313100
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