Junta de Gobierno del Ayuntamiento de PaternaExpediente: 172/2026/150Comprobada en la Plataforma de Contratación:
Obra de rehabilitación de la cueva número 98 de Paterna.
Información sobre la licitación Obra de rehabilitación de la cueva número 98 de Paterna de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Paterna. Puedes consultar otras licitaciones de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Paterna, del CPV 45212350 o en Valencia/València.
Organismo contratante
Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Paterna
NIF: P4619200A
Ver adjudicaciones y estadísticas del organismoContrato
- Tipo
- Obras
- Procedimiento
- Abierto
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Valencia/València
- Código NUTS
- ES523
Documentos
Requisitos y criterios
Duración y prórrogas
Duración: 6 meses
Criterios de adjudicación
- Mejor oferta económica(Automático)Ponderación: 100
Solvencia económica y financiera
- Volumen anual de negocios mínimo de 139.867,65 euros referido a alguno de los tres últimos disponibles, que se acreditará a través de las cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro y, en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el registro mercantil acreditarán su volumen anual de negocio mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizadas por el Registro mercantil.
Solvencia técnica o profesional
- Haber realizado en los últimos 5 años, al menos, 2 obras de intervención/rehabilitación en edificaciones con valor patrimonial (se entiende por valor patrimonial aquellos edificios incluidos en el catalogo de bienes inmuebles de un municipio, en cualquiera de sus niveles de protección), cuyo presupuesto de ejecución material supere los 50.000 euros. Se acreditará a través de certificados de buena ejecución. Las empresas de nueva creación, entendiendo por tales las que tengan una antigüedad inferior a cinco años, podrán acreditar su solvencia técnica mediante todos los medios siguientes: a) Personal técnico (art. 88.1.b y c LCSP). Declaración del personal técnico, integrado o no en la empresa, del que se dispondrá para ejecutar las obras. Deberá incluir como mínimo un técnico responsable de la obra -con titulación de Arquitecto, Arquitecto Técnico, Aparejador, Ingeniero o Ingeniero Técnico- que haya realizado al menos, 1 obra de intervención/rehabilitación en edificaciones con valor patrimonial. Se acreditará mediante copia del título académico; currículum, certificado de la entidad promotora o del director de obra de la intervención alegada, y documento que acredite la vinculación del técnico con la empresa o su compromiso de adscripción a la obra. b)Medios materiales (art. 88.1.f LCSP). Declaración indicando la maquinaria, el material y el equipo técnico de que se dispondrá para ejecutar las obras, propios o contratados. Deberá incluir los medios auxiliares necesarios para trabajar en el interior de una cueva, como mínimo: medios de elevación y andamiaje adecuados; equipos de demolición manual y de pequeña maquinaria; medios de ventilación y deshumectación.
Garantías
- Especial: 5 %
- Definitiva: 5 %
Requisitos específicos
- Capacidad de obrar
Códigos CPV
- 45212350
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