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Presidencia de la Diputación Provincial de JaénExpediente: CO-2025/1811Comprobada en la Plataforma de Contratación:

Servicio de agencia de viajes para la ejecución de la Tercera Edición del Programa de Turismo Jaén Sénior +65, Ruta 8: Ruta Castillos y Batallas. Zona Sur

Información sobre la licitación Servicio de agencia de viajes para la ejecución de la Tercera Edición del Programa de Turismo Jaén Sénior +65, Ruta 8: Ruta Castillos y Batallas. Zona Sur de Presidencia de la Diputación Provincial de Jaén. Puedes consultar otras licitaciones de Presidencia de la Diputación Provincial de Jaén, del CPV 63510000 o en Jaén.

Organismo contratante

Presidencia de la Diputación Provincial de Jaén

NIF: P2300000C

Ver adjudicaciones y estadísticas del organismo

Contrato

Tipo
Servicios
Procedimiento
Negociado sin publicidad
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Jaén
Código NUTS
ES616

Adjudicación

Adjudicado

SETURJA, S.L.
PYME
Importe adjudicado (sin IVA)
27.173,16 €
Importe adjudicado (con IVA)
32.879,52 €
Presupuesto base (sin IVA)
32.879,52 €
Baja
17,36 %
Ofertas recibidas
1 (1 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
27.173,16 €
Fecha de adjudicación
30/09/2026

Documentos

Requisitos y criterios

Duración y prórrogas

Duración: 12 meses

Criterios de adjudicación

  • 1. Precio(Automático)Ponderación: 36
  • 1.1. Programación. Organización del viaje.(Juicio de valor)Ponderación: 27
  • 2. Incremento en puntos porcentuales de las habitaciones individuales(Automático)Ponderación: 15
  • 1.2. Programación. Confort de los viajeros y calidad de la experiencia turística.(Juicio de valor)Ponderación: 13
  • 1.3. Programación: Seguridad.(Juicio de valor)Ponderación: 9

Solvencia económica y financiera

  • Artículo 87.1. a) de la LCSP: Volumen anual de negocios o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente. El volumen anual de negocios estará referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles. El empresario acreditará un volumen anual de negocios por importe igual o superior a la cantidad de 34.436,97 €. El volumen anual de negocios se acreditará por medio de las cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. Se podrá acreditar indistintamente la solvencia mediante la Clasificación en el Grupo U, Subgrupo 4, Categoría 1. Ver apartado 14 del Anexo I del PCAP.

Solvencia técnica o profesional

  • Artículo 90.1. a) de la LCSP: Una relación de los principales trabajos o servicios realizados de igual CPV o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. El importe acumulado anual de trabajos habrá de ser al menos durante alguno de los tres años considerados, igual o mayor al 70% del valor estimado del contrato, lo que supone 24.105,88 €. Se podrá acreditar indistintamente la solvencia mediante la Clasificación en el Grupo U, Subgrupo 4, Categoría 1. Ver Apartado 14 del Anexo I del PCAP.
  • De conformidad con lo dispuesto en el artículo 122.2 letra e) LCSP, los licitadores tienen la obligación de indicar en su oferta, si tienen previsto subcontratar los servidores o los servicios asociados a los mismos, el nombre o el perfil empresarial de los subcontratistas a los que se vaya a encomendar su realización. Esta obligación se califica de esencial a los efectos de lo previsto en la letra f) del apartado 1 del artículo 211 LCSP. Ver apartado 29 del anexo I del PCAP.

Garantías

  • Definitiva: 5 %

Requisitos específicos

  • No estar incurso en incompatibilidades
  • No prohibición para contratar
  • Cumplimiento con las obligaciones tributarias
  • Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
  • Declaración sobre personas con discapacidad
  • Capacidad de obrar
  • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social

Códigos CPV

  • 63510000

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