Dirección Corporativa de Sainsel Sistemas Navales, S.A. UnipersonalExpediente: SL-EC-117-2026Comprobada en la Plataforma de Contratación:
Servicio de plataforma online de formación
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Organismo contratante
Dirección Corporativa de Sainsel Sistemas Navales, S.A. Unipersonal
NIF: A41513581
Ver adjudicaciones y estadísticas del organismoContrato
- Tipo
- Servicios
- Procedimiento
- Abierto
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Madrid
- Código NUTS
- ES300
Adjudicación
Adjudicado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 3050,00 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 3690,50 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 6000,00 €
- Baja
- 49,17 %
- Ofertas recibidas
- 3 (3 de PYMEs)
- Oferta más baja – más alta
- 3050,00 € – 5700,00 €
- Fecha de adjudicación
- Formalización del contrato
Documentos
Requisitos y criterios
Duración y prórrogas
Duración: 12 meses
4 posible prórroga de 12 meses.
Criterios de adjudicación
- Precio(Automático)Ponderación: 45
- Catálogo de formación(Juicio de valor)Ponderación: 40
- Plataforma tecnológica(Juicio de valor)Ponderación: 9
- Disponer de una plataforma con contenido y volumen de cursos formativos objeto de la licitación en más de 3 clientes(Automático)Ponderación: 6
Solvencia económica y financiera
- El criterio para la acreditación de la solvencia económica y financiera será el volumen anual de negocios del licitador o candidato, del año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos, y deberá ser al menos una vez y media el valor anual medio del lote o lotes a los que presenta proposición. El volumen anual de negocios del licitador se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito, acompañando además de una declaración responsable suscrita por el licitador indicando el volumen anual de negocios en el ámbito del contrato. En caso de que el licitador sea una UTE, para determinar la cifra de negocio global, se considerará la suma del volumen de negocios de cada una de las empresas que la integran.
Solvencia técnica o profesional
- El criterio para la acreditación de la solvencia técnica o profesional será una relación de los principales servicios efectuados por el licitador en los tres últimos años, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato. En dicha relación se indicará el importe, la fecha y el destinatario, y deberá cubrir al menos un importe anual acumulado en el año de mayor ejecución igual o superior al 70 por ciento de la anualidad media del contrato. La relación de los principales servicios se acreditará mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración responsable del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Para empresas de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, la solvencia técnica se acreditará a través de la experiencia del personal técnico, concretamente con: -Indicación del personal técnico o de las unidades técnicas, integradas o no en la empresa, participantes en el contrato. -Descripción de las instalaciones técnicas, de las medidas empleadas por el empresario para garantizar la calidad y de los medios de estudio e investigación de la empresa. -Títulos académicos y profesionales del empresario y de los directivos de la empresa y, en particular, del responsable o responsables de la ejecución del pedido, así como, de los técnicos encargados directamente de la misma, siempre que no se evalúen también como un criterio de adjudicación.
Requisitos específicos
- No estar incurso en incompatibilidades
- Cumplimiento con las obligaciones tributarias
- Capacidad de obrar
- Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- No prohibición para contratar
Códigos CPV
- 80500000
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