Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de La Matanza de AcentejoExpediente: 1300/2022 MAMPComprobada en la Plataforma de Contratación:
Suministro e instalación de mamparas fenólicas en baños y aseos del Albergue Rural Juvenil de La Matanza de Acentejo
Información sobre la licitación Suministro e instalación de mamparas fenólicas en baños y aseos del Albergue Rural Juvenil de La Matanza de Acentejo de Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de La Matanza de Acentejo. Puedes consultar otras licitaciones de Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de La Matanza de Acentejo, del CPV 44112310 o en Santa Cruz de Tenerife.
Organismo contratante
Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de La Matanza de Acentejo
NIF: P3802500C
Ver adjudicaciones y estadísticas del organismoContrato
- Tipo
- Suministros
- Procedimiento
- Abierto simplificado
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Tenerife
- Código NUTS
- ES709
Adjudicación
Adjudicado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 68.590,62 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 73.391,96 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 71.526,85 €
- Baja
- 4,11 %
- Ofertas recibidas
- 3 (3 de PYMEs)
- Oferta más baja – más alta
- 67.380,00 € – 71.522,82 €
- Fecha de adjudicación
- 08/10/2026
Documentos
- PCAPPCAP Suministro mamparas Albergue Exp 1300 2022.pdfAbrir original
- PPTPPT Mamparas Fenolicas Albergue Rural Juvenil.pdfAbrir original
- AnexoDEUC Exp 1300 2022 MAMP.xmlAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
- ExpedienteSubsanacion documentacion adjudicatarioAbrir original
- ExpedienteAmpliación de plazos de presentación de ofertasAbrir original
- ExpedienteDocumento de aprobación del expedienteAbrir original
- ExpedienteMemoria justificativaAbrir original
Requisitos y criterios
Duración y prórrogas
Duración: 2 meses
Criterios de adjudicación
- 1. Precio(Automático)Ponderación: 60
- 2. Plazo de ejecución ofertado(Automático)Ponderación: 30
- 3. Aumento del plazo mínimo de garantía(Automático)Ponderación: 10
Solvencia económica y financiera
- De conformidad con lo establecido en la cláusula 4.4.1 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior a CIENTO SIETE MIL DOSCIENTOS NOVENTA EUROS CON VEINTISIETE CÉNTIMOS (107.290,27) El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil Cuando por una razón válida, el operador económico no esté en condiciones de presentar las referencias solicitadas por el órgano de contratación, se le autorizará a acreditar su solvencia económica y financiera por medio de cualquier otro documento que el poder adjudicador considere apropiado.
Solvencia técnica o profesional
- De conformidad con lo establecido en la cláusula 4.4.2 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, Relación de los principales suministros realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de como máximo, los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos; cuando sea necesario para garantizar un nivel adecuado de competencia, los poderes adjudicadores podrán indicar que se tendrán en cuenta las pruebas de los suministros pertinentes efectuados más de tres años antes. Cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación, los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior CINCUENTA MIL SESENTA Y OCHO EUROS CON SETENTA Y NUEVE CÉNTIMOS (50.068,79). Para determinar que la prestación es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato, se deberá atender a los tres primeros dígitos del código CPV del contrato, según el Vocabulario común de contratos públicos aprobado por Reglamento (CE) 2195/2002, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de noviembre de 2002.
Requisitos específicos
- No prohibición para contratar
- Capacidad de obrar
Códigos CPV
- 44112310
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