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Alcaldía de Ayuntamiento de la CarlotaExpediente: GEX 2026/10924 La CarlotaComprobada en la Plataforma de Contratación:

Contrato de obras para construcción de servicios y pavimentación en tramo de calle Gran Carlota La Carlota (Córdoba). Siguiendo las determinaciones marcadas en el Proyecto de la obra.

Información sobre la licitación Contrato de obras para construcción de servicios y pavimentación en tramo de calle Gran Carlota La Carlota (Córdoba). Siguiendo las determinaciones marcadas en el Proyecto de la obra de Alcaldía de Ayuntamiento de la Carlota. Puedes consultar otras licitaciones de Alcaldía de Ayuntamiento de la Carlota, del CPV 45220000 o en Córdoba.

Organismo contratante

Alcaldía de Ayuntamiento de la Carlota

NIF: P1401700H

Ver adjudicaciones y estadísticas del organismo

Contrato

Tipo
Obras
Procedimiento
Abierto simplificado
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Córdoba
Código NUTS
ES613

Documentos

Requisitos y criterios

Exige inscripción en ROLECE

Duración y prórrogas

Duración: 2 meses

Criterios de adjudicación

  • Oferta económica(Automático)Ponderación: 94
  • Ampliación plazo de garantía(Automático)Ponderación: 6

Solvencia económica y financiera

  • Solvencia económica y financiera. La solvencia económica y financiera del empresario deberá acreditarse por el volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los cinco últimos disponibles, por importe igual o superior al 50% valor estimado del contrato: El importe mínimo exigido es 24.826,89 euros. Se ha optado por esta opción en base a lo estipulado en el apartado 6º de la Memoria justificativa del contrato, donde los firmantes de la misma entienden que si la empresa licitadora ha ejecutado contratos en el mismo ámbito del que actualmente se está licitando por un volumen de 50% del valor estimado del contrato, va a tener solvencia económica para poder gestionar el mismo. Dicho volumen anual de negocios se acreditará con la presentación de uno de los siguientes documentos: -Si la empresa fuera persona jurídica: Certificado del Importe Neto de la Cifra de Negocios, emitido por la Agencia Tributaria Estatal, que podrá obtenerse en la siguiente dirección de Internet: https://www.agenciatributaria.gob.es/AEAT.sede/tramitacion/G315.shtml. En su defecto, el volumen de anual de negocios del licitador se podrá acreditar con la presentación del modelo correspondiente de la Agencia Tributaria Estatal (modelo 200 para sociedades o modelo 390 resumen anual de IVA). Si se trata de profesional o empresario individual: - Modelo 390 resumen anual de IVA presentado ante la Agencia Tributaria Estatal. - Declaración Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). En caso de estar el empresario clasificado podrá acreditar su solvencia mediante su clasificación en el grupo o subgrupo de clasificación y categoría de clasificación correspondientes al objeto del contrato. En caso de uniones temporales de empresarios, a los efectos de solvencia económica y financiera, se estará a lo regulado en el artículo 69 LCSP. En relación a la integración de solvencia con medios externos, deberá aportar el compromiso al que se refiere el artículo 75.2 de la LCSP.

Solvencia técnica o profesional

  • Los licitadores deberán acreditar la solvencia técnica o profesional mediante la aportación de los documentos siguientes: - Relación de las principales obras del mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto de este contrato, realizados en el curso de los cinco últimos años que incluya importe, fechas y el destinatario público o privado, de los mismos. - Se acreditará mediante certificados de buena ejecución expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público. Cuando el destinatario sea un sujeto privado mediante un certificado expedido por éste (o a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario), acompañado en todo caso de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la obra (contratos, facturas, etc.). El requisito mínimo de solvencia será que el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 50% del valor estimado del contrato. El importe mínimo exigido es 24.826,89 euros. Se ha optado por esta opción en base a lo estipulado en el apartado 6º de la Memoria justificativa del contrato, donde los firmantes de la misma entienden que si la empresa licitadora ha ejecutado trabajos de igual o similar naturaleza de la actual licitación por un importe igual o superior al 50% del valor estimado del contrato, en uno de los últimos cinco años, va a tener solvencia técnica suficiente para desarrollar el mismo. Entendiendo que la experiencia tiene un efecto directo en la mejora del cumplimiento de los objetivos propuestos en el Proyecto de la obra.

Garantías

  • Definitiva: 5 %

Requisitos específicos

  • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
  • No prohibición para contratar
  • Cumplimiento con las obligaciones tributarias
  • Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
  • Estar prerregistrado en el ROLECE, y declarar que no ha habido modificaciones en los datos registrados
  • Capacidad de obrar

Códigos CPV

  • 45220000
  • 45232400
  • 45233140
  • 45233222
  • 45232150
  • 45316100
  • 45314300
  • 45315300
  • 45232410

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