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Consejería de Presidencia, Justicia, Seguridad y Simplificación Administrativa de la Comunidad Autónoma de CantabriaExpediente: 2.2.41/26Comprobada en la Plataforma de Contratación:

Suministro de tres vehículos híbridos enchufables para la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Información sobre la licitación Suministro de tres vehículos híbridos enchufables para la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria de Consejería de Presidencia, Justicia, Seguridad y Simplificación Administrativa de la Comunidad Autónoma de Cantabria. Puedes consultar otras licitaciones de Consejería de Presidencia, Justicia, Seguridad y Simplificación Administrativa de la Comunidad Autónoma de Cantabria, del CPV 34100000 o en Cantabria.

Organismo contratante

Consejería de Presidencia, Justicia, Seguridad y Simplificación Administrativa de la Comunidad Autónoma de Cantabria

NIF: S3933002B

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Contrato

Tipo
Suministros
Procedimiento
Abierto simplificado
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Cantabria
Código NUTS
ES130

Documentos

Requisitos y criterios

Duración y prórrogas

Duración: 2 meses

Criterios de adjudicación

  • Precio de la oferta(Automático)Ponderación: 90
  • Mejora sobre el aumento de autonomía eléctrica sobre la minima exigida en el apartado 3 del pliego de prescripciones técnicas(Automático)Ponderación: 10

Solvencia económica y financiera

  • El requisito mínimo de la solvencia económica y financiera será el volumen anual de negocios, que referido al año de mayor volumen de negocios de los tres últimos concluidos deberá ser, al menos (una vez y media el valor estimado del contrato): 209.250 euros. Cláusula L.3) del PCAP. Solvencia exigible a empresas de nueva creación: se podrá acreditar por los medios anteriormente señalados, o para la solvencia económica y financiera, mediante un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales equivalente, o por cuantía superior, al valor estimado del contrato. Cláusula L.4) del PCAP.

Solvencia técnica o profesional

  • El requisito mínimo de la solvencia técnica o profesional será que el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior a (70% de la anualidad media del contrato): 97.650 euros. Cláusula L.3) del PCAP. Solvencia exigible a empresas de nueva creación: se podrá acreditar por el medios anteriormente señalado o mediante muestras, descripciones y fotografías de los productos a suministrar, cuya autenticidad pueda certificarse a petición de la entidad contratante, y en particular, el catalogo en el que figure una descripción de las características generales y a las características técnicas y equipamiento, con fotografías de los vehículos a suministrar. Cláusula L.4) del PCAP.

Garantías

  • Definitiva: 5 %
  • Especial: 5 %

Requisitos específicos

  • Capacidad de obrar

Códigos CPV

  • 34100000

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