Junta de Gobierno del Ayuntamiento de TomellosoExpediente: SERV-E-PA-35-2026Comprobada en la Plataforma de Contratación:
Servicio de realización de actividades del Departamento de Servicios Educativos, Juventud e Infancia.
Información sobre la licitación Servicio de realización de actividades del Departamento de Servicios Educativos, Juventud e Infancia de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Tomelloso. Puedes consultar otras licitaciones de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Tomelloso, del CPV 92000000 o en Ciudad Real.
Organismo contratante
Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Tomelloso
NIF: P1308200C
Ver adjudicaciones y estadísticas del organismoContrato
- Tipo
- Servicios
- Procedimiento
- Abierto
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Ciudad Real
- Código NUTS
- ES422
Adjudicación
Formalizado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 32.274,10 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 32.274,10 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 32.600,00 €
- Baja
- 1 %
- Ofertas recibidas
- 1 (1 de PYMEs)
- Oferta más baja – más alta
- 32.274,10 €
- Fecha de adjudicación
- 21/09/2026
- Formalización del contrato
- 30/09/2026
Documentos
- PCAPPliego de Clausulas Administrativas Particulares de Servicio de actividades juventud.pdfAbrir original
- PPTPliego de Prescripciones Tecnicas de Actividades de Juventud.pdfAbrir original
- ExpedienteMemoria justificativaAbrir original
- ExpedienteActos públicos informativos o de aperturas de ofertasAbrir original
- ExpedienteDecreto AdjudicaciónAbrir original
- ExpedienteActos públicos informativos o de aperturas de ofertasAbrir original
- ExpedienteAcuerdo de iniciación del expedienteAbrir original
- ExpedienteDecreto de requerimientoAbrir original
- ExpedienteFormalizaciónAbrir original
Requisitos y criterios
Exige inscripción en ROLECE
Duración y prórrogas
Duración: 1 año
Sí procede, por un (1) año más. Total dos (2) años incluidas prórrogas.
Criterios de adjudicación
- Precio.(Automático)Ponderación: 45
- Memoria(Juicio de valor)Ponderación: 30
- Mejoras.(Automático)Ponderación: 25
Solvencia económica y financiera
- Se acreditará del modo siguiente: - Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al valor estimado del contrato. El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. En todo caso, la inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público acreditará frente a todos los órganos de contratación del sector público, a tenor de lo en él reflejado y salvo prueba en contrario, las condiciones de solvencia económica y financiera del empresario.
Solvencia técnica o profesional
- Se acreditará por el siguiente medio: - Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe (equivalente al menos al 50% del valor estimado del contrato), la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Los servicios dependientes del órgano de contratación podrán requerir que los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente En los contratos no sujetos a regulación armonizada, cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará por uno o varios de los medios a que se refieren anteriormente o en las letras b) a i) del artículo 90 de la LCSP, sin que en ningún caso sea aplicable lo establecido en la letra a), relativo a la ejecución de un número determinado de servicios.
Garantías
- Definitiva: 5 %
Requisitos específicos
- Capacidad de obrar
Códigos CPV
- 92000000
- 80310000
- 92331210
Cargando datos del organismo…
Cargando licitaciones relacionadas…
Cargando adjudicaciones similares…