Alcaldía del Ayuntamiento de AndújarExpediente: 48/2026Comprobada en la Plataforma de Contratación:
Suministro y puesta en servicio de un vehículo nodriza para el Servicio de Extinción de Incendios y Salvamento del Excmo. Ayuntamiento de Andújar
Información sobre la licitación Suministro y puesta en servicio de un vehículo nodriza para el Servicio de Extinción de Incendios y Salvamento del Excmo. Ayuntamiento de Andújar de Alcaldía del Ayuntamiento de Andújar. Puedes consultar otras licitaciones de Alcaldía del Ayuntamiento de Andújar, del CPV 34144213 o en Jaén.
Organismo contratante
Contrato
- Tipo
- Suministros
- Procedimiento
- Abierto
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Jaén
- Código NUTS
- ES616
Documentos
- PCAP2 pcap abierto 48 26.pdfAbrir original
- PPT08 PPTP v2.pdfAbrir original
- Anexo04 Informe necesidad.pdfAbrir original
- Anexo6 Edicto licitacion publicacion 48 26.pdfAbrir original
- Anexo00 Informe estabilidad presupuestaria.pdfAbrir original
- Anexo03 RC.pdfAbrir original
- Anexo5 Resolucion aprobacion expediente y gasto 48 26.pdfAbrir original
- Anexo05 Informe designacion responsable contrato.pdfAbrir original
- Anexo3 Propuesta aprobacion expediente y gasto 48 26.pdfAbrir original
- Anexo1 Providencia Inicio 48 26.pdfAbrir original
- Anexo4 Informe fiscalizacion fase A 48 26.pdfAbrir original
- Anexo09 Memoria justificativa v2.pdfAbrir original
- ExpedienteResolución Rectificación Error Material PPTPAbrir original
- ExpedienteMemoria justificativaAbrir original
- ExpedienteDocumento de aprobación del expedienteAbrir original
- ExpedienteAcuerdo de iniciación del expedienteAbrir original
Requisitos y criterios
Duración y prórrogas
Duración: 9 meses
Criterios de adjudicación
- Mejor oferta económica(Automático)Ponderación: 60
- Ampliación plazo de garantía tanto en mano de obra como en recambios y asistencia directa(Automático)Ponderación: 18
- Reducción del plazo de entrega(Automático)Ponderación: 16
- Ampliación servciio de mantenimiento y postventa(Automático)Ponderación: 6
Solvencia económica y financiera
- Justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales, por importe de 400.000 euros., cubriendo los posibles riesgos, como consecuencia de la ejecución del contrato.
Solvencia técnica o profesional
- Para aquellas empresas de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará por uno o varios de los medios a que se refieren a continuación: Certificados expedidos por los institutos o servicios oficiales encargados del control de calidad, de competencia reconocida, que acrediten la conformidad de productos perfectamente detallada mediante referencias a determinadas especificaciones o normas técnicas.
- Para aquellas empresas de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antiguedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará por uno o varios de los medios a que se refieren a continuación: Descripción de las instalaciones técnicas, de las medidas empleadas para garantizar la calidad y de los medios de estudio e investigación de la empresa.
- Para aquellas empresas de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará por uno o varios de los medios a que se refieren a continuación: Indicación del personal técnico o unidades técnicas, integradas o no en la empresa, de los que se disponga para la ejecución del contrato, especialmente los encargados del control de calidad.
- Indicación de los sistemas de gestión de la cadena de suministro, incluidos los que garanticen el cumplimiento de las Convenciones fundamentales de la Organización Internacional del Trabajo, y de seguimiento que el empresario podrá aplicar al ejecutar el contrato
- Una relación de los principales suministros realizados en los últimos tres años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o, cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente.
- Para aquellas empresas de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará por uno o varios de los medios a que se refieren a continuación:Control efectuado por la entidad del sector público contratante o, en su nombre, por un organismo oficial competente del Estado en el cual el empresario está establecido, siempre que medie acuerdo de dicho organismo, cuando los productos a suministrar sean complejos o cuando, excepcionalmente, deban responder a un fin particular. Este control versará sobre la capacidad de producción del empresario y, si fuera necesario, sobre los medios de estudio e investigación con que cuenta, así como sobre las medidas empleadas para controlar la calidad
- Para aquellas empresas de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará por uno o varios de los medios a que se refieren a continuación: Muestras, descripciones y fotografías de los productos a suministrar, cuya autenticidad pueda certificarse a petición de la entidad contratante
Garantías
- Definitiva: 5 %
Requisitos específicos
- No estar incurso en incompatibilidades
- Capacidad de obrar
- Cumplimiento con las obligaciones tributarias
- No prohibición para contratar
- Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
Códigos CPV
- 34144213
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