Junta de Gobierno del Ayuntamiento de CamasExpediente: 6144/2026Comprobada en la Plataforma de Contratación:
Contrato de Suministros para la Suscripción de Licencias de Adobe Acrobat y Adobe Photoshop.
Información sobre la licitación Contrato de Suministros para la Suscripción de Licencias de Adobe Acrobat y Adobe Photoshop de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Camas. Puedes consultar otras licitaciones de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Camas, del CPV 48300000 o en Sevilla.
Organismo contratante
Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Camas
NIF: P4102100G
Ver adjudicaciones y estadísticas del organismoContrato
- Tipo
- Suministros
- Procedimiento
- Abierto simplificado
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Sevilla
- Código NUTS
- ES618
Adjudicación
Formalizado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 5555,50 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 6722,15 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 6158,35 €
- Baja
- 9,79 %
- Ofertas recibidas
- 8 (6 de PYMEs)
- Oferta más baja – más alta
- 6722,15 € – 6999,21 €
- Fecha de adjudicación
- 22/09/2026
- Formalización del contrato
- 23/09/2026
Documentos
- PCAPCCP Adobe.pdfAbrir original
- PPTPPTP Adobe.pdfAbrir original
- AnexoAnexo II Declaracion Responsable Complementaria al DEUC.odtAbrir original
- AnexoDEUC.pdfAbrir original
- AnexoPCAP Tipo Suministros.pdfAbrir original
- AnexoAnexo III__B Oferta Economica.docAbrir original
- AnexoFicha de Terceros.odtAbrir original
- ExpedienteAcuerdo de iniciación del expedienteAbrir original
- ExpedienteActos públicos informativos o de aperturas de ofertasAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
- ExpedienteAnuncio Requerimiento Documentación PreviaAbrir original
- ExpedienteDocumento de aprobación del expedienteAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
- ExpedienteMemoria justificativaAbrir original
Requisitos y criterios
Duración y prórrogas
Duración: 1 año
El plazo de duración del contrato será de un año. Se prevé una prórroga de un año de duración. Por lo tanto, el plazo máximo del contrato será de dos años, prórroga incluida. Véase la Memoria Justificativa y los Pliegos que rigen el contrato.
Criterios de adjudicación
- La oferta económica(Automático)Ponderación: 100
Solvencia económica y financiera
- En virtud de lo dispuesto en el artículo 159.6.b) de la LCSP respecto de la tramitación del procedimiento abierto simplificado en su modalidad abreviada o sumaria, se eximirá a los licitadores de la acreditación de la solvencia económica y financiera y técnica o profesional “en contratos de obras de valor estimado inferior a 80.000 euros, y en contratos de suministros y de servicios de valor estimado inferior a 60.000 euros, excepto los que tengan por objeto prestaciones de carácter intelectual a los que no será de aplicación este apartado”. En este procedimiento los licitadores no precisan acreditar su solvencia, pero sí disponer de ella y tener capacidad de obrar y, en su caso, la habilitación profesional que se exija, así como estar inscritas en el ROLECSP o Registro autonómico equivalente, en los mismos términos indicados en el apartado anterior. No obstante, será suficiente con haber solicitado tal inscripción, junto con la documentación preceptiva para ello, con anterioridad a la fecha final de presentación de las ofertas, lo que se acreditará mediante la aportación del acuse de recibo de la solicitud emitido por el correspondiente Registro y con una declaración responsable del licitador de haber aportado la documentación preceptiva y de no haber recibido requerimiento de subsanación. La mesa de contratación podrá requerir, si lo considera oportuno, al licitador para que justifique documentalmente todos los extremos referentes a la solvencia, debiendo presentar, en este caso, la documentación que figura en la Cláusula 23.A PCAP y que se detalla en el apartado H.1 del CCP.
Solvencia técnica o profesional
- En virtud de lo dispuesto en el artículo 159.6.b) de la LCSP respecto de la tramitación del procedimiento abierto simplificado en su modalidad abreviada o sumaria, se eximirá a los licitadores de la acreditación de la solvencia económica y financiera y técnica o profesional “en contratos de obras de valor estimado inferior a 80.000 euros, y en contratos de suministros y de servicios de valor estimado inferior a 60.000 euros, excepto los que tengan por objeto prestaciones de carácter intelectual a los que no será de aplicación este apartado”. En este procedimiento los licitadores no precisan acreditar su solvencia, pero sí disponer de ella y tener capacidad de obrar y, en su caso, la habilitación profesional que se exija, así como estar inscritas en el ROLECSP o Registro autonómico equivalente, en los mismos términos indicados en el apartado anterior. No obstante, será suficiente con haber solicitado tal inscripción, junto con la documentación preceptiva para ello, con anterioridad a la fecha final de presentación de las ofertas, lo que se acreditará mediante la aportación del acuse de recibo de la solicitud emitido por el correspondiente Registro y con una declaración responsable del licitador de haber aportado la documentación preceptiva y de no haber recibido requerimiento de subsanación. La mesa de contratación podrá requerir, si lo considera oportuno, al licitador para que justifique documentalmente todos los extremos referentes a la solvencia, debiendo presentar, en este caso, la documentación que figura en la Cláusula 23.A PCAP y que se detalla en el apartado H.1 del CCP.
Requisitos específicos
- Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- Capacidad de obrar
- No prohibición para contratar
- Cumplimiento con las obligaciones tributarias
Códigos CPV
- 48300000
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