Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de ChiloechesExpediente: 1021/2026Comprobada en la Plataforma de Contratación:
Constituye el objeto del contrato la adjudicación del contrato para la gestión, mediante concesión del servicio público de Escuela Infantil San Marcos.
Información sobre la licitación Constituye el objeto del contrato la adjudicación del contrato para la gestión, mediante concesión del servicio público de Escuela Infantil San Marcos de Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Chiloeches. Puedes consultar otras licitaciones de Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Chiloeches, del CPV 80110000 o en Guadalajara.
Organismo contratante
Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Chiloeches
NIF: P1912600B
Ver adjudicaciones y estadísticas del organismoContrato
- Tipo
- Servicios
- Procedimiento
- Abierto
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Guadalajara
- Código NUTS
- ES424
Documentos
- PCAPPliego de Clausulas Administrativas Particulares.pdfAbrir original
- PPTPliego de Prescripciones Tecnicas.pdfAbrir original
- AnexoESTUDIO DE VIABILIDAD ECONOMICO-FINANCIERA.pdfAbrir original
- AnexoInforme 04_09_2026-INVENTARIO.pdfAbrir original
- AnexoSondeo_Escuela_Infantil_San_Marcos.pdfAbrir original
- AnexoMemoria Justificativa.pdfAbrir original
Requisitos y criterios
Duración y prórrogas
Duración: 2 años
De acuerdo con CLÁUSULA OCTAVA. Duración del Contrato.
Criterios de adjudicación
- Proyecto pedagógico global del centro(Juicio de valor)Ponderación: 30
- TARIFAS(Automático)Ponderación: 20
- Compromiso de comida casera.(Automático)Ponderación: 5
- Adscripción al servicio de medios materiales(Automático)Ponderación: 5
- Meses de apertura del centro(Automático)Ponderación: 2.5
- Ampliación o flexibilidad de horario del centro.(Automático)Ponderación: 2.5
Solvencia económica y financiera
- Volumen anual de negocios, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior a 75.000,00 €. Se acreditará por medio de cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en ese registro, o en caso contrario, las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. Si no estuvieran obligados a presentar sus cuentas en dicho Registro, podrán acreditar la cifra anual de negocio mediante la declaración anual de IVA o mediante los ingresos de explotación declarados en el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas, u otras declaraciones de similar naturaleza acreditativas de los ingresos de la explotación. En todo caso, junto con la documentación a que hace referencia el párrafo anterior, se habrá de presentar una declaración del empresario, indicando el volumen anual de negocios.
Solvencia técnica o profesional
- solvencia técnica o profesional de los empresarios deberá apreciarse teniendo en cuenta sus conocimientos técnicos, eficacia, experiencia y fiabilidad, lo que deberá acreditarse, por uno o varios de los medios siguientes: Trabajos realizados - Relación de contratos de servicios de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior a 75.000,00 €, avalada por certificados de buena ejecución. A.- La solvencia técnica de los candidatos se apreciará teniendo en cuenta su experiencia en la gestión de contratos de similar naturaleza al objeto de la presente contratación, en concreto por los Ayuntamiento de Chiloeches C/ Mayor, 18, Chiloeches. 19160 (Guadalajara). Tfno. 949271139. Fax: 949271211 servicios prestados en escuelas infantiles. Se acreditarán mediante certificados, expedidos o visados por el órgano competente en los que deberá constar: - Si la escuela infantil es de titularidad pública o no. - Duración de la prestación. - Capacidad (número de plazas) de la escuela infantil - Ocupación. B.- Cuando el candidato sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se apreciará teniendo en cuenta la experiencia de la persona que se propone para realizar la función de dirección de la escuela infantil, en caso de resultar adjudicataria. Se acreditará mediante los siguientes documentos: a) Título de Grado que habilite para el ejercicio de la profesión de Maestro de Educación Infantil, el título de Maestro con la especialidad de educación infantil o aquellos profesionales que con la titulación mínima de maestro hayan sido habilitados por el Ministerio de Educación para impartir el primer ciclo de Educación Infantil. b) Certificados emitidos por las entidades del sector público en los que se indique que la persona propuesta para la dirección ha prestado estos servicios, la duración de los mismos y la capacidad de la escuela infantil en la que se prestaron los servicios.
Garantías
- Definitiva: 5 %
Requisitos específicos
- Capacidad de obrar
- No prohibición para contratar
Códigos CPV
- 80110000
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