Junta de Gobierno del Ayuntamiento de CamasExpediente: 11745/2026Comprobada en la Plataforma de Contratación:
Contrato Mixto de Suministros y Servicios para la Adquisición de Equipos de Videoconferencia y Pantallas de Videowall (Subvención Diputación de Sevilla).
Información sobre la licitación Contrato Mixto de Suministros y Servicios para la Adquisición de Equipos de Videoconferencia y Pantallas de Videowall (Subvención Diputación de Sevilla) de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Camas. Puedes consultar otras licitaciones de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Camas, del CPV 32322000 o en Sevilla.
Organismo contratante
Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Camas
NIF: P4102100G
Ver adjudicaciones y estadísticas del organismoContrato
- Tipo
- Suministros
- Procedimiento
- Abierto simplificado
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Sevilla
- Código NUTS
- ES618
Adjudicación
Formalizado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 26.589,63 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 32.173,45 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 38.842,00 €
- Baja
- 31,54 %
- Ofertas recibidas
- 4 (4 de PYMEs)
- Oferta más baja – más alta
- 32.173,45 € – 38.300,05 €
- Fecha de adjudicación
- 22/09/2026
- Formalización del contrato
- 23/09/2026
Documentos
- PCAPCCP Equipos de Videoconferencia y Videowall.pdfAbrir original
- PPTPPTP Equipos de Videoconferencia y Videowall.pdfAbrir original
- AnexoAnexo II Declaracion Responsable Complementaria al DEUC.odtAbrir original
- AnexoAnexo III__B Oferta Economica.docAbrir original
- AnexoDEUC.pdfAbrir original
- AnexoPCAP Tipo Suministros.pdfAbrir original
- AnexoFicha de Terceros.odtAbrir original
- ExpedienteActos públicos informativos o de aperturas de ofertasAbrir original
- ExpedienteMemoria justificativaAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
- ExpedienteActos públicos informativos o de aperturas de ofertasAbrir original
- ExpedienteAnuncio Requerimiento Documentación PreviaAbrir original
- ExpedienteSECCIONES BISAbrir original
- ExpedienteSECCIÓN LONGITUDINALAbrir original
- ExpedienteAnuncio de Visita a las InstalacionesAbrir original
- ExpedienteAcuerdo de iniciación del expedienteAbrir original
- ExpedienteSECCIONES TRANSVERSALES BISAbrir original
- ExpedienteSECCION LONGITUDINAL BISAbrir original
- ExpedienteSECCIONESAbrir original
- ExpedienteDELINEACIÓN PLANOS BASES AYUNTAMIENTO 2016Abrir original
- ExpedienteDocumento de aprobación del expedienteAbrir original
- ExpedienteSECCIONES TRANSVERSALESAbrir original
Requisitos y criterios
Criterios de adjudicación
- El mejor precio(Automático)Ponderación: 50
- Todos los componentes suministrados (videowall, pantalla táctil de videoconferencia, atril multimedia y dongles de compartición inalámbrica) pertenecen a un mismo fabricante(Automático)Ponderación: 15
- La pantalla táctil de videoconferencias dispone al menos de triple cámara integrada de 50MP(Automático)Ponderación: 7
- El atril multimedia es regulable en altura eléctricamente, dispone de ruedas y de un segundo micrófono(Automático)Ponderación: 7
- La pantalla táctil de videoconferencias dispone al menos de una matriz de 12 micrófonos(Automático)Ponderación: 7
- Procesadora / controladora / escaladora y PC con Windows 11 Pro del videowall integrados en la propia pantalla (no elimina la obligatoriedad del rack)(Automático)Ponderación: 7
- Los módulos del videowall utilizan tecnología COB(Automático)Ponderación: 7
Solvencia económica y financiera
- En virtud de lo dispuesto en el artículo 159.6.b) de la LCSP respecto de la tramitación del procedimiento abierto simplificado en su modalidad abreviada o sumaria, se eximirá a los licitadores de la acreditación de la solvencia económica y financiera y técnica o profesional “en contratos de obras de valor estimado inferior a 80.000 euros, y en contratos de suministros y de servicios de valor estimado inferior a 60.000 euros, excepto los que tengan por objeto prestaciones de carácter intelectual a los que no será de aplicación este apartado”. En este procedimiento los licitadores no precisan acreditar su solvencia, pero sí disponer de ella y tener capacidad de obrar y, en su caso, la habilitación profesional que se exija, así como estar inscritas en el ROLECSP o Registro autonómico equivalente, en los mismos términos indicados en el apartado anterior. No obstante, será suficiente con haber solicitado tal inscripción, junto con la documentación preceptiva para ello, con anterioridad a la fecha final de presentación de las ofertas, lo que se acreditará mediante la aportación del acuse de recibo de la solicitud emitido por el correspondiente Registro y con una declaración responsable del licitador de haber aportado la documentación preceptiva y de no haber recibido requerimiento de subsanación. La mesa de contratación podrá requerir, si lo considera oportuno, al licitador para que justifique documentalmente todos los extremos referentes a la solvencia, debiendo presentar, en este caso, la documentación que figura en la Cláusula 23.A PCAP y que se detalla en el apartado H.1 del CCP.
Solvencia técnica o profesional
- En virtud de lo dispuesto en el artículo 159.6.b) de la LCSP respecto de la tramitación del procedimiento abierto simplificado en su modalidad abreviada o sumaria, se eximirá a los licitadores de la acreditación de la solvencia económica y financiera y técnica o profesional “en contratos de obras de valor estimado inferior a 80.000 euros, y en contratos de suministros y de servicios de valor estimado inferior a 60.000 euros, excepto los que tengan por objeto prestaciones de carácter intelectual a los que no será de aplicación este apartado”. En este procedimiento los licitadores no precisan acreditar su solvencia, pero sí disponer de ella y tener capacidad de obrar y, en su caso, la habilitación profesional que se exija, así como estar inscritas en el ROLECSP o Registro autonómico equivalente, en los mismos términos indicados en el apartado anterior. No obstante, será suficiente con haber solicitado tal inscripción, junto con la documentación preceptiva para ello, con anterioridad a la fecha final de presentación de las ofertas, lo que se acreditará mediante la aportación del acuse de recibo de la solicitud emitido por el correspondiente Registro y con una declaración responsable del licitador de haber aportado la documentación preceptiva y de no haber recibido requerimiento de subsanación. La mesa de contratación podrá requerir, si lo considera oportuno, al licitador para que justifique documentalmente todos los extremos referentes a la solvencia, debiendo presentar, en este caso, la documentación que figura en la Cláusula 23.A PCAP y que se detalla en el apartado H.1 del CCP.
Requisitos específicos
- Capacidad de obrar
- Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- No prohibición para contratar
- Cumplimiento con las obligaciones tributarias
Códigos CPV
- 32322000
- 32323000
- 32232000
Cargando datos del organismo…
Cargando licitaciones relacionadas…
Cargando adjudicaciones similares…