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Junta de Gobierno del Ayuntamiento de ToledoExpediente: SERVICIOS 22/26Comprobada en la Plataforma de Contratación:

Ejecución de los trabajos consistentes en la gestión de las Escuelas Infantiles municipales.

Información sobre la licitación Ejecución de los trabajos consistentes en la gestión de las Escuelas Infantiles municipales de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Toledo. Puedes consultar otras licitaciones de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Toledo, del CPV 80110000 o en Toledo.

Organismo contratante

Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Toledo

NIF: P4516900J

Ver adjudicaciones y estadísticas del organismo

Contrato

Tipo
Servicios
Procedimiento
Negociado sin publicidad
Tramitación
Urgente
Lugar de ejecución
Toledo
Código NUTS
ES425

Adjudicación

Formalizado

Importe adjudicado (sin IVA)
534.501,65 €
Importe adjudicado (con IVA)
534.501,65 €
Presupuesto base (sin IVA)
537.665,13 €
Baja
0,59 %
Ofertas recibidas
2 (2 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
529.600,16 € – 536.858,63 €
Fecha de adjudicación
19/08/2026
Formalización del contrato
11/09/2026

Documentos

Requisitos y criterios

Duración y prórrogas

Duración: 3 meses

2 meses (1 mes + 1 mes).

Criterios de adjudicación

  • PRECIO(Automático)Ponderación: 100

Solvencia económica y financiera

  • Art. 87.1.b LCSP: Justificante de la existencia de un Seguro de Responsabilidad Civil por riesgos profesionales por importe igual o superior al valor estimado del contrato mediante los medios señalados en el expresado art.
  • Volumen de negocios mínimo anual exigido al empresario, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles (máximo 1,5 del valor estimado del contrato - Art. 87.1.a) LCSP): 243.750,00. En caso de que en el párrafo anterior no se concrete ningún valor anual mínimo exigido, el volumen anual de negocios del licitador referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser al menos una vez y media el valor estimado del contrato cuando su duración no sea superior a un año, y al menos una vez y media el valor anual medio del contrato si su duración es superior a un año (art. 87.3 a) LCSP). El volumen anual de negocios se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.

Solvencia técnica o profesional

  • Títulos académicos y profesionales del empresario y de los directivos de la empresa y, en particular, del responsable o responsables de la ejecución del contrato así como de los técnicos encargados directamente de la misma, siempre que no se evalúen como un criterio de adjudicación.
  • Relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato ejecutados en el curso de los tres últimos años en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismo. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. En caso de seleccionar esta opción, indicar el valor mínimo de los contratos realizados en años anteriores, a efectos de poder considerar acreditada la solvencia técnica: 243.750,00. De no indicar ningún valor mínimo, el requisito será que el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70% del valor estimado del contrato, o de su anualidad media si esta es inferior al valor estimado del contrato (art. 11.4 b RGLCAP).

Garantías

  • Definitiva: 5 %

Requisitos específicos

  • Capacidad de obrar

Códigos CPV

  • 80110000

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