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Consejo de Administración de la Empresa Municipal de Turismo de Santander M.P. S.A.Expediente: 2026 GEN 25Comprobada en la Plataforma de Contratación:

servicios profesionales necesarios para la realización de la auditoría de las cuentas anuales de la EMPRESA MUNICIPAL DE TURISMO DE SANTANDER, M.P., S.A., para los ejercicios finalizados los días 31 de diciembre de 2026, 2027 y 2028, con posibilidad de prórroga de dos años adicionales (ejercicios 2029 y 2030)

Información sobre la licitación servicios profesionales necesarios para la realización de la auditoría de las cuentas anuales de la EMPRESA MUNICIPAL DE TURISMO DE SANTANDER, M.P., S.A., para los ejercicios finalizados los días 31 de diciembre de 2026, 2027 y 2028, con posibilidad de prórroga de dos años adicionales (ejercicios 2029 y 2030) de Consejo de Administración de la Empresa Municipal de Turismo de Santander M.P. S.A.. Puedes consultar otras licitaciones de Consejo de Administración de la Empresa Municipal de Turismo de Santander M.P. S.A., del CPV 79212000 o en Cantabria.

Organismo contratante

Consejo de Administración de la Empresa Municipal de Turismo de Santander M.P. S.A.

NIF: A39417084

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Contrato

Tipo
Servicios
Procedimiento
Abierto simplificado
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Cantabria
Código NUTS
ES130

Documentos

Requisitos y criterios

Duración y prórrogas

Duración: 3 años

1 prórroga de dos años de duración

Criterios de adjudicación

  • Propuesta economica(Automático)Ponderación: 100

Solvencia económica y financiera

  • Se presumirá que un licitador reúne el requisito de solvencia económica cuando acredite un volumen anual de negocios en el ámbito de las actividades correspondientes al objeto del contrato, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres (3) últimos concluidos, deberá ser al menos una vez y media (1,5) el valor anual medio del contrato. Los empresarios con una antigüedad inferior a tres (3) años habrán de acreditar que, a partir del año siguiente a su constitución (persona jurídica) o fecha de inicio de la actividad (persona física), su volumen anual de negocios en el ámbito de las actividades correspondientes al objeto del contrato es igual o superior a una vez y media (1,5) el valor anual medio del contrato (IVA excluido). Se presumirá que un licitador, siendo solvente económicamente, reúne el requisito de solvencia financiera cuando, a la vista de la documentación presentada de conformidad con lo indicado en el apartado 4.a) del Anexo I, se desprenda que su situación financiero-patrimonial le permitirá ejecutar satisfactoriamente las prestaciones objeto del contrato de servicios en cuestión. La acreditación se realizará por medio de sus cuentas anuales, de los tres últimos años, aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante la aportación de los certificados y documentos que establece el artículo 87.2 de la ley de contratos, de entre los siguientes: certificación bancaria, póliza o certificado de seguro por riesgos profesionales, cuentas anuales y declaración del empresario indicando el volumen de negocios global de la Empresa.

Solvencia técnica o profesional

  • Cuando no se aporte la clasificación establecida, en su caso, en el apartado 13, que no tiene carácter obligatorio, las empresas licitadoras deberán disponer de experiencia en la prestación de servicios de las mismas características que las del objeto de la presente contratación, por un importe anual acumulado, en cualquiera de los tres últimos años, que sea igual o superior al 70 por ciento de la anualidad media del contrato). Se procederá a acreditar la solvencia de la empresa en los términos del artículo 150 LCSP mediante la aportación de una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, efectuados en los últimos tres (3) años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos; y que se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o, cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. Se requiere un mínimo de tres (3) certificaciones de buena ejecución del servicio, expedidos por los destinatarios de los mismos

Códigos CPV

  • 79212000

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