Alcaldía del Ayuntamiento de SalterasExpediente: 1146/2026 VEHICULOS A MOTOR ELECTRICOSComprobada en la Plataforma de Contratación:
El suministro de dos vehículos a motor eléctricos adscritos a la Delegación municipal de Obras y Servicios del Ayuntamiento de Salteras, con la finalidad de reforzar y modernizar los medios materiales destinados a la prestación de servicios públicos municipales.
Información sobre la licitación El suministro de dos vehículos a motor eléctricos adscritos a la Delegación municipal de Obras y Servicios del Ayuntamiento de Salteras, con la finalidad de reforzar y modernizar los medios materiales destinados a la prestación de servicios públicos municipales de Alcaldía del Ayuntamiento de Salteras. Puedes consultar otras licitaciones de Alcaldía del Ayuntamiento de Salteras, del CPV 34100000 o en Sevilla.
Organismo contratante
Contrato
- Tipo
- Suministros
- Procedimiento
- Abierto simplificado
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Sevilla
- Código NUTS
- ES618
Documentos
Requisitos y criterios
Duración y prórrogas
Duración: 120 días
Criterios de adjudicación
- OFERTA ECONOMICA (MAX 80 PUNTOS)(Automático)Ponderación: 80
- MAYOR PLAZO DE GARANTÍA (1¡MAX. 10 PUNTOS)(Automático)Ponderación: 10
- REVISONES O MANTENIMIENTO (MAX 5 PUNTOS)(Automático)Ponderación: 5
- REDUCCIÓN PLAZO DE ENTREGA (MAX. 5 PUNTOS)(Automático)Ponderación: 5
Solvencia económica y financiera
- Para celebrar contratos, las personas empresarias deberán acreditar estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia que se especifican en el cuadro resumen donde, asimismo, se indicará la documentación requerida de entre la prevista en los arts. 87 y 89 de la LCSP para acreditar las mismas. De acuerdo con el art. 75 de la LCSP, la persona empresaria podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, durante toda la ejecución del contrato, dispondrá efectivamente de esa solvencia y medios, y que la entidad a la que recurra no esté incursa en una prohibición de contratar.
Solvencia técnica o profesional
- Para celebrar contratos, las personas empresarias deberán acreditar estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia que se especifican en el cuadro resumen donde, asimismo, se indicará la documentación requerida de entre la prevista en los arts. 87 y 89 de la LCSP para acreditar las mismas. De acuerdo con el art. 75 de la LCSP, la persona empresaria podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, durante toda la ejecución del contrato, dispondrá efectivamente de esa solvencia y medios, y que la entidad a la que recurra no esté incursa en una prohibición de contratar.
Garantías
- Definitiva: 5 %
Requisitos específicos
- Capacidad de obrar
Códigos CPV
- 34100000
- 34136000
- 34144900
Cargando datos del organismo…
Cargando licitaciones relacionadas…
Cargando adjudicaciones similares…