Junta de Gobierno del Ayuntamiento de VinarósExpediente: 8402/2026Comprobada en la Plataforma de Contratación:
Obras de Asfaltado del Camino Carretes de Vinaròs
Información sobre la licitación Obras de Asfaltado del Camino Carretes de Vinaròs de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Vinarós. Puedes consultar otras licitaciones de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Vinarós o del CPV 45233222.
Organismo contratante
Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Vinarós
NIF: P1213800D
Ver adjudicaciones y estadísticas del organismoContrato
- Tipo
- Obras
- Procedimiento
- Abierto
- Tramitación
- Urgente
- Lugar de ejecución
- España
- Código NUTS
- ES
Adjudicación
Adjudicado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 166.418,26 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 201.366,09 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 168.755,82 €
- Baja
- 1,39 %
- Ofertas recibidas
- 2 (2 de PYMEs)
- Oferta más baja – más alta
- 166.418,26 € – 168.080,80 €
- Fecha de adjudicación
- 21/09/2026
Documentos
- PCAPPCAP OBRAS ASFALTADO CAMINO CARRETES.pdfAbrir original
- ExpedienteMemoria justificativaAbrir original
- ExpedienteDocumento de aprobación del expedienteAbrir original
- ExpedienteANEXO I Declaración Responsable Exp. 8402/26Abrir original
- ExpedienteDEUC Expte 8402-26Abrir original
- ExpedienteAnuncio Celebración Mesa contratación 10-09-2026 a las 13h por VideoconferenciaAbrir original
- ExpedienteActa Firmada Mesa Contratación 10-09-2026 a las 13hAbrir original
- ExpedientePresupuesto en formato bc3Abrir original
- ExpedienteAcuerdo de iniciación del expedienteAbrir original
- ExpedienteSobre 2 Oferta Económica y mejoras Exp. 8402-26Abrir original
- ExpedienteActa Firmada Mesa Contratación 18-09-2026 a las 9:30hAbrir original
- ExpedienteConvocatoria Mesa Contratación 10-09-2026 a las 13hAbrir original
Requisitos y criterios
Duración y prórrogas
Duración: 21 días
No se establece posibilidad de prórroga
Criterios de adjudicación
- Mejor precio ofrecido(Automático)Ponderación: 90
- Ampliación del Plazo de Garantía de las Obras(Automático)Ponderación: 10
Solvencia económica y financiera
- 1.- Volumen anual de negocios referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles. Se exigirá que el volumen de negocios sea al menos una vez y media el valor estimado del contrato dado que su duración no es superior a un año. El volumen anual de negocios del licitador se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que tenga que estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán el volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizadas por el Registro Mercantil. 2.- Cuando el empresario por una razón válida, no esté en condiciones de presentar la solvencia económica y financiera detallada en el punto 1 podrá de acuerdo con el artículo 86.1 LCSP acreditar la solvencia económica y financiera mediante declaración apropiada de entidad financiera de acuerdo con el modelo indicado en la cláusula 9.1.1.2. de los PCAP o similar. La acreditación de la inscripción del empresario en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Cualificadas del Sector Público acreditará las condiciones de solvencia económica y financiera del empresario. Se tendrá que acompañar una declaración responsable del licitador en la que manifieste que las circunstancias reflejadas en el correspondiente certificado no han experimentado variación y continúan vigentes.
Solvencia técnica o profesional
- Se acreditará de acuerdo con lo establecido en el art. 88 LCSP y mediante los siguientes medios: 1.- Una relación de las obras ejecutadas en los últimos 5 años, que sean similares al objeto del contrato o del mismo grupo o subgrupo de clasificación indicado, el importe anual del cual acumulado el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70 por ciento del presente contrato, avalada por certificados de buena ejecución en los que se indicará el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras. 2.- Cuando el contratista sea una empresa de nueva creación (menos de 5 años de antigüedad), dado que el valor estimado del presente contrato de obras es inferior a 500.000 euros, el empresario acreditará la solvencia técnica o profesional de acuerdo con lo dispuesto en la letra f) del artículo 88.1 LCSP (Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de las obras, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación), sin que en ningún caso le sea exigible la ejecución de un número determinado de obras. Se requerirá informe de los servicios técnicos municipales sobre la suficiencia de dichos medios para ejecutar el contrato.
Garantías
- Especial: 5 %
- Definitiva: 5 %
Requisitos específicos
- No prohibición para contratar
- Declaración sobre personas con discapacidad
- Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
- Cumplimiento con las obligaciones tributarias
- Capacidad de obrar
- No estar incurso en incompatibilidades
Códigos CPV
- 45233222
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