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Concejalía Delegada en materia de Movilidad y Accesibilidad Universal del Ayuntamiento de Santa Cruz de TenerifeExpediente: SCT2026000256Comprobada en la Plataforma de Contratación:

Contrato de servicios para la elaboración del Plan de Movilidad Sostenible al Trabajo de Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife en cumplimiento del artículo 26 de la Ley 9/2025, de 3 de diciembre, de Movilidad Sostenible.

Información sobre la licitación Contrato de servicios para la elaboración del Plan de Movilidad Sostenible al Trabajo de Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife en cumplimiento del artículo 26 de la Ley 9/2025, de 3 de diciembre, de Movilidad Sostenible de Concejalía Delegada en materia de Movilidad y Accesibilidad Universal del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife. Puedes consultar otras licitaciones de Concejalía Delegada en materia de Movilidad y Accesibilidad Universal del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, del CPV 71311200 o en Santa Cruz de Tenerife.

Organismo contratante

Concejalía Delegada en materia de Movilidad y Accesibilidad Universal del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife

NIF: P3803800F

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Contrato

Tipo
Servicios
Procedimiento
Abierto simplificado
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Tenerife
Código NUTS
ES709

Documentos

Requisitos y criterios

Duración y prórrogas

Duración: 5 meses

Criterios de adjudicación

  • Memoria(Juicio de valor)Ponderación: 40
  • Oferta económica(Automático)Ponderación: 40
  • Elaboración de Excel y cuadro de mandos de indicadores(Automático)Ponderación: 5
  • Mejora en la dedicación del personal(Automático)Ponderación: 5
  • Elaboración de GIS editable(Automático)Ponderación: 5
  • Jornada de presentación del Plan en cada centro de trabajo y elaboración de díptico informativo(Automático)Ponderación: 5

Solvencia económica y financiera

  • La solvencia económica y financiera se acreditará mediante el volumen anual de negocios de la entidad licitadora, que, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas, debe ser al menos de una vez y media el valor estimado del contrato sin IGIC u otro tributo indirecto de similar naturaleza. Así, se exige acreditar un volumen anual de negocios mínimo, sin incluir impuestos, de un importe no inferior a 69.643,71 €

Solvencia técnica o profesional

  • Se requerirá acreditar, como requisito mínimo de experiencia de la empresa, en el año de mayor ejecución de los tres (3) últimos años citados, un importe anual acumulado como mínimo del 70% de la anualidad media del contrato (sin IGIC u otro tributo indirecto de similar naturaleza), atendiendo al principio de proporcionalidad, con la complejidad técnica y con la dimensión económica del contrato, esto es, 32.500,40 €.

Garantías

  • Especial: 5 %
  • Definitiva: 5 %

Requisitos específicos

  • De conformidad con el artículo 74 LCSP, para celebrar contratos con el sector público las empresarias deberán acreditar estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económica y financiera y profesional o técnica que se determinen por el órgano de contratación, pudiendo ser sustituido este requisito por el de la clasificación cuando ésta sea exigible conforme a lo dispuesto en la LCSP
  • Capacidad de obrar
  • Cumplimiento con las obligaciones tributarias
  • No prohibición para contratar
  • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social

Códigos CPV

  • 71311200
  • 71300000

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