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Consejería de Educación de la Junta de Castilla y LeónExpediente: A2026/010267Comprobada en la Plataforma de Contratación:

Obras de restauración de las cubiertas de los claustros de Bulas y Martínez, fases III-IV del Monasterio Ntra. Sra. de Prado, sede de las Consejerías de Educación y de Cultura, Turismo y Deporte en Valladolid.

Información sobre la licitación Obras de restauración de las cubiertas de los claustros de Bulas y Martínez, fases III-IV del Monasterio Ntra. Sra. de Prado, sede de las Consejerías de Educación y de Cultura, Turismo y Deporte en Valladolid de Consejería de Educación de la Junta de Castilla y León. Puedes consultar otras licitaciones de Consejería de Educación de la Junta de Castilla y León, del CPV 45454100 o en Valladolid.

Organismo contratante

Consejería de Educación de la Junta de Castilla y León

NIF: S4711001J

Ver adjudicaciones y estadísticas del organismo

Contrato

Tipo
Obras
Procedimiento
Abierto simplificado
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Valladolid
Código NUTS
ES418

Adjudicación

Formalizado

Importe adjudicado (sin IVA)
694.128,00 €
Importe adjudicado (con IVA)
839.894,88 €
Presupuesto base (sin IVA)
741.353,16 €
Baja
6,37 %
Ofertas recibidas
3 (3 de PYMEs)
Fecha de adjudicación
04/09/2026
Formalización del contrato
25/09/2026

Documentos

Requisitos y criterios

Exige inscripción en ROLECE

Duración y prórrogas

Duración: 8 meses

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 204 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, se prevé la posibilidad de modificar el contrato hasta un máximo del 20 % del precio inicial, cuando durante la ejecución de las obras concurran circunstancias derivadas de: •La aparición de patologías ocultas en elementos estructurales, de cubrición o de evacuación de aguas de las cubiertas objeto del proyecto, no detectables en la fase de redacción del mismo por tratarse de elementos ocultos o no accesibles sin desmontaje previo. •El descubrimiento durante la ejecución de las obras de elementos constructivos. o sistemas originales del inmueble no identificados en fase de proyecto y cuya conservación o tratamiento resulte exigible conforme a la normativa de protección del patrimonio histórico •Variaciones derivadas del estado real del inmueble que se manifiesten tras el inicio de los trabajos de desmontaje de las cubiertas y que hagan inviable la ejecución de determinadas unidades de obra conforme a las soluciones técnicas previstas inicialmente. •Requerimientos formulados por los órganos competentes en materia de patrimonio histórico durante la ejecución de las obras que exijan la adopción de soluciones técnicas distintas de las previstas en el proyecto aprobado para garantizar la adecuada conservación del bien protegido. Tales modificaciones únicamente podrán acordarse cuando resulten estrictamente necesarias para la correcta ejecución de las obras proyectadas y siempre que no alteren la naturaleza global del contrato. El importe máximo de la modificación prevista asciende a 148.270,63 euros, cantidad que ha sido incluida en el cálculo del valor estimado del contrato, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 101 y 204 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. La modificación se tramitará conforme a los requisitos, límites y procedimiento previstos en la normativa contractual aplicable.

Criterios de adjudicación

  • Ofera económica(Automático)Ponderación: 90
  • Emisión de informes técnicos con periodicidad quincenal a la dirección facultativa(Automático)Ponderación: 10

Solvencia económica y financiera

  • De conformidad con lo dispuesto en el artículo 87.1 a) de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, la solvencia económica y financiera deberá acreditarse mediante: Volumen anual de negocios, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles, por importe igual o superior a 741.353,16 euros. Forma de acreditación: El volumen anual de negocios se acreditará mediante las cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario, mediante las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. En el caso de empresas de nueva creación que no dispongan de cuentas anuales completas, podrán presentar balance provisional firmado por el representante legal y por auditor o asesor fiscal colegiado, en el que conste una ratio entre activos totales y pasivos totales igual o superior a 1,2. Esta ratio se calculará dividiendo el total de activos entre el total de pasivos, conforme a los criterios contables establecidos en el Plan General de Contabilidad.

Solvencia técnica o profesional

  • De conformidad con lo dispuesto en el artículo 88 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, la solvencia técnica o profesional se acreditará mediante: Relación de las obras ejecutadas en los últimos cinco años, correspondientes al mismo grupo y subgrupo de clasificación exigido para el presente contrato, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior a 622.736,65 euros. Forma de acreditación: Este requisito se acreditará mediante certificados de buena ejecución, en los que deberá constar: •Importe de las obras. •Fechas de ejecución. •Lugar de ejecución. •Descripción de las actuaciones realizadas. •Indicación expresa de que las obras fueron ejecutadas conforme a las reglas técnicas aplicables y se llevaron correctamente a término. En el caso de empresas de nueva creación, entendiendo por tales aquellas con una antigüedad inferior a cinco años, la solvencia técnica o profesional se acreditará mediante la disponibilidad de los medios personales y materiales necesarios para la ejecución del contrato, debiendo disponer, como mínimo, de los siguientes medios:

Garantías

  • Definitiva: 5 %
  • Especial: 5 %

Requisitos específicos

  • Estar prerregistrado en el ROLECE, y declarar que no ha habido modificaciones en los datos registrados
  • Declaración sobre personas con discapacidad
  • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
  • Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
  • Cumplimiento con las obligaciones tributarias
  • No estar incurso en incompatibilidades
  • Capacidad de obrar
  • No prohibición para contratar

Códigos CPV

  • 45454100

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