Pleno del Ayuntamiento de VillalenguaExpediente: 229Comprobada en la Plataforma de Contratación:
Mejora de servicios y pavimentos en diversas Calles: San Leonardo, Los Gozos, Letra A, Cierzo, Turruntero, Pilar y Traspalacio
Información sobre la licitación Mejora de servicios y pavimentos en diversas Calles: San Leonardo, Los Gozos, Letra A, Cierzo, Turruntero, Pilar y Traspalacio de Pleno del Ayuntamiento de Villalengua. Puedes consultar otras licitaciones de Pleno del Ayuntamiento de Villalengua, del CPV 45233222 o en Zaragoza.
Organismo contratante
Contrato
- Tipo
- Obras
- Procedimiento
- Abierto simplificado
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Zaragoza
- Código NUTS
- ES243
Adjudicación
Adjudicado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 171.009,79 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 206.921,85 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 184.232,93 €
- Baja
- 7,18 %
- Ofertas recibidas
- 2 (2 de PYMEs)
- Oferta más baja – más alta
- 170.415,46 € – 171.009,79 €
- Fecha de adjudicación
- Formalización del contrato
Documentos
- PCAPPCAP229D.pdfAbrir original
- PPT1155p26-Villalengua.pdfAbrir original
- AnexoMemoria justificatIiva.pdfAbrir original
- AnexoANEXO1.docAbrir original
- AnexoANEXO2.docAbrir original
- Anexomesacontratacion.pdfAbrir original
- Anexocertificadoaprobacionlicitacion.pdfAbrir original
- AnexoPLANO36CORREGIDO-Villalengua.pdfAbrir original
Requisitos y criterios
Duración y prórrogas
Duración: 4 meses
Criterios de adjudicación
- PRECIO(Automático)Ponderación: 80
- AUMENTO PLAZO GARANTIA(Automático)Ponderación: 15
- REDUCCION PLAZO EJECUCION(Automático)Ponderación: 5
Solvencia económica y financiera
- Cifra anual de negocios Otros Cifra anual negocios referido como máximo a los tres últimos ejercicios disponibles en función de la fecha de creación o de inicio de actividades del empresario, en la medida en que se disponga de las referencias de dicho volumen de negocios. El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. Requisitos mínimos de solvencia: La solvencia se entenderá acreditada por aquellos licitadores cuyo volumen de negocio referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos sea igual o superior a una vez y media el valor estimado del contrato. Cuando, por una razón válida, el operador económico no esté en condiciones de presentar las referencias solicitadas por el órgano de contratación, se le autorizará a acreditar su solvencia económica y financiera por medio de los siguientes documentos por orden sucesivo y subsidiario: 1.Certificado tributario expedido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria en el que conste el importe neto de negocios a los efectos del Impuesto sobre Actividades Económicas. 2.Declaración-liquidación del Impuesto sobre Sociedades e Impuesto sobre la Renta de no Residentes correspondiente a establecimientos permanentes y a entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español (MOD 200). 3.Declaración resumen anual de IVA, según modelo 390. 4.Otros. En cualquier caso habrá de acreditar unos requisitos mínimos de solvencia equivalentes a una vez y media el valor estimado del contrato.
Solvencia técnica o profesional
- La solvencia técnica se entenderá acreditada por aquellos licitadores que cumplan las siguientes condiciones: 2.1.- Relación de las obras ejecutadas en el curso de los últimos cinco años, avalada por certificados de buena ejecución. Los certificados irán firmados con el Director de las obras (técnico titulado) y con el vºbº de la entidad contratante. Indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las mismas y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término. Asimismo indicarán una descripción de las características fundamentales de las obras, expresando su naturaleza, dimensiones, capacidad, nº de unidades, etc. de manera que queden claramente definidas y puedan ser objeto de valoración por parte del órgano competente. Requisitos mínimos de solvencia: La solvencia se entenderá acreditada por los empresarios que acrediten la ejecución de obras correspondientes a los siguientes grupos de clasificación del artículo 25 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, y cuyo importe acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior a los siguientes (ambos): Grupo G Viales y pistas - Subgrupo 6 Obras viales sin cualificación específica - Categoría 2 Cuantía superior a 150.000 euros e inferior a 360.000 euros 2.2.- En caso de empresas de nueva creación (art. 88.2 LCSP), para la acreditación de la solvencia técnica no será exigible la experiencia referida en el apartado anterior, entendiéndose acreditada por aquellos licitadores que cumplan las siguientes condiciones: Declaración indicando el personal técnico u organismos técnicos, estén o no integrados en la empresa y de los que esta disponga para la ejecución de las obras, acompañada de los documentos acreditativos correspondientes cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación.
Garantías
- Definitiva: 5 %
- Provisional: 0,00 €
Requisitos específicos
- Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- No prohibición para contratar
- Capacidad de obrar
- Cumplimiento con las obligaciones tributarias
- No estar incurso en incompatibilidades
Códigos CPV
- 45233222
- 45232150
- 45232130
- 45232411
- 45111100
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