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Junta de Gobierno del Ayuntamiento de ManzanaresExpediente: 13/2023Comprobada en la Plataforma de Contratación:

Concesión de la gestión del servicio del Centro de Atención a la Infancia Municipal.

Información sobre la licitación Concesión de la gestión del servicio del Centro de Atención a la Infancia Municipal de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Manzanares. Puedes consultar otras licitaciones de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Manzanares, del CPV 80110000 o en Ciudad Real.

Organismo contratante

Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Manzanares

NIF: P1305300D

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Contrato

Tipo
Concesión de servicios
Procedimiento
Abierto
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Ciudad Real
Código NUTS
ES422

Adjudicación

Formalizado

Importe adjudicado (sin IVA)
285.408,00 €
Importe adjudicado (con IVA)
285.408,00 €
Presupuesto base (sin IVA)
288.000,00 €
Baja
0,9 %
Ofertas recibidas
1 (0 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
285.408,00 €
Fecha de adjudicación
09/10/2023
Formalización del contrato
07/11/2023

Documentos

Requisitos y criterios

Duración y prórrogas

Duración: 3 años

Posibilidad de dos prórrogas anuales por mutuo acuerdo de las partes.

El plazo de ejecución del contrato será de tres años contados a partir del primer día hábil siguiente a la firma del contrato, con posibilidad de dos prórrogas anuales por mutuo acuerdo de las partes.

Criterios de adjudicación

  • Tarifas propuestas para los usuarios: hasta un máximo de 41 puntos.(Automático)Ponderación: 41
  • Calidad de proyecto educativo, con el contenido mínimo recogido en el Anexo III del Pliego de Clausulas Administrativas, se valorará con un máximo de 25 puntos.(Juicio de valor)Ponderación: 25
  • Calidad del proyecto de gestión, con el contenido mínimo recogido en el Anexo IV del Pliego de Clausulas Administrativas, se valorará con un máximo de 15 puntos.(Juicio de valor)Ponderación: 15
  • Mejoras en la plantilla de personal adscritas a la ejecución del contrato (mayor cualificación, incremento del número de profesionales respecto al mínimo previsto) hasta 10 puntos.(Automático)Ponderación: 10
  • Otras mejoras que incidan favorablemente en la calidad educativa y del servicio ofertado, distintas de las indicadas en los apartados 2.1 y 2.2 de la clausula vigésima segunda del Pliego de ClausulasAdministrativas Particulares: se valorará con un máximo de 9 puntos. Aquellas mejoras referidas a adscripción de medios materiales y/o humanos, se acompañarán de valoración económica de las mismas.(Juicio de valor)Ponderación: 9

Solvencia económica y financiera

  • Solvencia económica y financiera.- La solvencia económica y financiera del contratista deberá de acreditarse a través de los siguientes medios: El volumen anual de negocios del licitador, referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos, deberá ser igual o superior a 300.000,00 euros. Se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y, en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. Alternativamente y de forma voluntaria para los licitadores, podrán acreditar la solvencia mediante acreditación de la clasificación en el grupo U, subgrupo 5, categoría C de los previstos en el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

Solvencia técnica o profesional

  • Solvencia técnica.- La solvencia profesional de los licitadores deberá acreditarse por los siguientes medios: Relación de los trabajos del mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato, efectuados por el interesado en el curso de los tres últimos años que incluya importe, fechas y destinatario (público o privado) de los mismos, que se acreditará mediante certificados de buena ejecución, expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario. Se entenderá acreditada la solvencia técnica o profesional por aquellas empresas que hayan ejecutado contratos por importe acumulado anual igual o superior a 140.000,00 euros. Alternativamente y de forma voluntaria para los licitadores, podrán acreditar la solvencia mediante acreditación de la clasificación en el grupo U, subgrupo 5, categoría C de los previstos en el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

Garantías

  • Definitiva: 50.000,00 €

Requisitos específicos

  • No prohibición para contratar
  • Capacidad de obrar
  • Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
  • Cumplimiento con las obligaciones tributarias
  • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
  • No estar incurso en incompatibilidades

Códigos CPV

  • 80110000

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