Subdelegación del Gobierno en CádizExpediente: 202511000013Comprobada en la Plataforma de Contratación:
Servicios de vigilancia y seguridad de la Oficina de Extranjería de la Subdelegación del Gobierno en Cádiz.
Información sobre la licitación Servicios de vigilancia y seguridad de la Oficina de Extranjería de la Subdelegación del Gobierno en Cádiz de Subdelegación del Gobierno en Cádiz. Puedes consultar otras licitaciones de Subdelegación del Gobierno en Cádiz, del CPV 79713000 o en Cádiz.
Organismo contratante
Contrato
- Tipo
- Servicios
- Procedimiento
- Abierto simplificado
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Cádiz
- Código NUTS
- ES612
Adjudicación
Formalizado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 24.642,00 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 29.816,82 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 24.939,67 €
- Baja
- 1,19 %
- Ofertas recibidas
- 4 (4 de PYMEs)
- Oferta más baja – más alta
- 0,00 € – 24.907,25 €
- Fecha de adjudicación
- 16/12/2025
- Formalización del contrato
- 16/12/2025
Documentos
Requisitos y criterios
Exige inscripción en ROLECE
Duración y prórrogas
Duración: 1 año
Posibilidad de prórroga por 1 año
Criterios de adjudicación
- Precio(Automático)Ponderación: 49
- Bolsa de horas(Automático)Ponderación: 30
- Certificaciones(Automático)Ponderación: 21
Solvencia económica y financiera
- Art. 87 LCSP. Volumen anual de negocios que referido al año de mayor volumen de negocio de los 3 últimos años concluidos deberá ser al menos una vez y media el valor estimado del contrato. Asimismo, la solvencia económica y financiera se podrá acreditar mediante la disposición de un seguro de indemnización por riesgos profesionales, vigente hasta el fin del plazo de presentación de ofertas, por importe no inferior al valor estimado del contrato, siempre que se cuente con el compromiso de su renovación o prórroga que garantice el mantenimiento de la cobertura durante toda la ejecución del contrato.
Solvencia técnica o profesional
- De conformidad con el artículo 90 de la LCSP la acreditación de la solvencia técnica o profesional se efectuará mediante la relación de los principales servicios afectados en los tres últimos años, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70% de la anualidad media del contrato. Cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a 5 años, su solvencia técnica se acreditará por los medios a que refieren las letras b) a i) del artículo 90.1 de la LCSP. No será exigible la clasificación del empresario para aquellas empresas que no figuren inscritas en el ROLECE. No obstante, si la empresa presenta certificado de clasificación expedido por la Junta Consultiva de Contratación Administrativa del Estado en este tipo de contratos, quedará acreditada su solvencia económica, financiera y técnica o profesional.
Garantías
- Definitiva: 5 %
Requisitos específicos
- Capacidad de obrar
Códigos CPV
- 79713000
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