Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de FuenlabradaExpediente: 2021/001529Comprobada en la Plataforma de Contratación:
Contratación conjunta del mantenimiento de las instalaciones que engloban los grupos electrógenos municipales del Ayuntamiento de Fuenlabrada y del Organismo Autónomo Patronato Municipal de Deportes (PMD). Dividido en dos lotes
Información sobre la licitación Contratación conjunta del mantenimiento de las instalaciones que engloban los grupos electrógenos municipales del Ayuntamiento de Fuenlabrada y del Organismo Autónomo Patronato Municipal de Deportes (PMD). Dividido en dos lotes de Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Fuenlabrada. Puedes consultar otras licitaciones de Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Fuenlabrada, del CPV 50532300 o en Comunidad de Madrid.
Organismo contratante
Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Fuenlabrada
NIF: P2805800F
Ver adjudicaciones y estadísticas del organismoContrato
- Tipo
- Servicios
- Procedimiento
- Abierto
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Comunidad de Madrid
- Código NUTS
- ES30
Adjudicación
Lote 1 · Formalizado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 118.726,11 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 143.658,64 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 142.780,50 €
- Baja
- 16,85 %
- Ofertas recibidas
- 6 (6 de PYMEs)
- Oferta más baja – más alta
- 41.440,00 € – 128.126,74 €
- Fecha de adjudicación
- Formalización del contrato
Lote 2 · Formalizado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 34.172,95 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 41.349,27 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 40.425,98 €
- Baja
- 15,47 %
- Ofertas recibidas
- 6 (6 de PYMEs)
- Oferta más baja – más alta
- 9379,56 € – 40.425,98 €
- Fecha de adjudicación
- Formalización del contrato
Documentos
- PCAPPCAP_2021_001529_GRUPOS_ELECTROGENOS_firmado.pdfAbrir original
- PPTPPT_MTO_DE_GRUPOS_ELECTROGENOS_191121_firmado.pdfAbrir original
- Anexo2021-001529 - Calendario de visitas a centros.pdfAbrir original
- ExpedientePRORROGA 1 LOTE 1Abrir original
- ExpedientePRORROGA 1 LOTE 2Abrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
- ExpedienteInforme de valoraciónAbrir original
- ExpedienteActos públicos informativos ó de apertura de ofertasAbrir original
- ExpedienteCuadro ofertas económicasAbrir original
- ExpedienteMemoria justificativaAbrir original
- ExpedienteComposición de la mesa de contrataciónAbrir original
Requisitos y criterios
Duración y prórrogas
Duración: 4 años
Un (1) año
Solvencia económica y financiera
- La solvencia económica y financiera se acreditará: Para empresarios, el volumen de negocio del mejor de los tres últimos años deberá ser al menos una vez el valor estimado del contrato, cuando su duración sea inferior a un año; y al menos una vez el valor anual medio del contrato, si su duración es superior a un año. La anualidad media del contrato se calculará de conformidad con lo establecido en el artículo 36.6 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (dividiendo su precio total por el número de meses de su plazo de ejecución y multiplicando por 12 el cociente resultante). El volumen anual de negocios del licitador se acreditará preferentemente mediante la aportación de las cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, o del registro oficial en que deba estar inscrito, del mejor de los tres últimos años concluidos donde se contenga el volumen anual de negocios, no obstante, será admisible cualquier otro documento de carácter oficial que contenga dicha cifra. Para personas físicas, el volumen de negocio deberá ser al menos una vez el valor estimado del contrato, cuando su duración sea inferior a un año; y al menos una vez el valor anual medio del contrato, si su duración es superior a un año. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante la presentación del modelo 390 (declaración anual de IVA) o modelo 100, declaración del impuesto sobre la renta de las personas físicas, o cualquier otro documento de carácter oficial que contenga dicha cifra. En el caso de que el objeto del contrato consista en servicios profesionales, tal y como se establece en los apartados 1.b y 3.b del artículo 87 LCSP, el licitador, bien sea persona física o sociedad profesional, podrá acreditar la solvencia mediante la disposición de un seguro de indemnización de riesgos profesionales, vigente hasta el fin del plazo de presentación de las ofertas, por importe igual o superior a una vez el valor estimado del contrato, aportando además el compromiso de su renovación o prórroga que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato.
Solvencia técnica o profesional
- Adscripción de medios personales (número 8.1 PPT): la empresa adjudicataria contará en su plantilla al menos con 1 técnico (oficial de 1ª electromecánicos con formación de Grado Medio con experiencia de 1 año o experiencia profesional demostrable superior a 3 años, a jornada completa en la empresa adjudicataria, que se acreditará mediante certificación acreditativa de la TGSS (Tesorería General de la Seguridad Social) y una persona con categoría de ayudante. Así mismo, contará con una persona con la categoría de administrativo para la cumplimentación, custodia y presentación de la documentación relativa a la ejecución del contrato, la cual se concreta en el Pliego Técnico que acompaña al presente pliego administrativo. El adjudicatario deberá nombrar un “delegado interlocutor”, Diplomado Universitario en rama técnica a disposición del contrato con experiencia demostrable en la gestión de servicios de mantenimiento de instalaciones de grupos electrógenos mayor a un año. O un Técnico con atribución específica con el objeto del contrato con más de 5 años de experiencia. Así mismo, el adjudicatario deberá contar en su plantilla con un técnico de nivel intermedio de PRL y un Técnico de medioambiente. Adscripción de medios técnicos y materiales enumerados en el apartado número 8.3 y 8.4 del PPT
- Será imprescindible que las empresas licitadoras cumplan con los siguientes requisitos técnicos: Certificado de empresa certificada según Norma UNE-EN ISO 9001 o equivalente. Las empresas deberán disponer de un sistema de gestión ambiental tipo EMAS, ISO 14.001 o equivalente, para mejorar la correcta gestión de los residuos generados en el tratamiento y reciclado de los materiales a través de gestores autorizados, aportando los certificados acreditativos. Certificado de empresa certificada según BS OHSAS 18001:2007 o equivalente.
- La acreditación de la solvencia técnica se efectuará mediante una relación de los principales servicios públicos o privados, efectuados en los tres últimos años, de igual o similar naturaleza a los que constituyen el objeto del contrato; en los que al menos dos, habrán de tener un importe anual medio (con el IVA desglosado) igual o superior al 70 por ciento de la anualidad media del contrato o de su valor estimado (en caso de que el contrato sea por un año). La anualidad media del contrato se calculará de conformidad con lo establecido en el artículo 36.6 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (dividiendo su precio total por el número de meses de su plazo de ejecución y multiplicando por 12 el cociente resultante). Con carácter material, para determinar que un trabajo o servicio es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato, se atenderá a los tres primeros dígitos de los respectivos códigos de la CPV. Dichos servicios o trabajos efectuados se acreditarán, si el destinatario es una entidad del sector público, mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, o bien dichos certificados podrán ser comunicados directamente al órgano de contratación por la entidad contratante de los servicios. Los servicios en el caso de sujeto privado se acreditarán mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario, acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Cuando el licitador sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará por uno o varios de los medios a que se refieren las letras b) a i) del artículo 90 LCSP, sin que en ningún caso sea aplicable lo establecido en la letra a), relativo a la ejecución de un número determinado de servicios. En los contratos de servicios sujetos a regulación armonizada no será aplicable este apartado.
Garantías
- Definitiva: 5 %
Códigos CPV
- 50532300
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