Gerencia de Asistencia Sanitaria de ZamoraExpediente: 9301-932-1-2026-17111Comprobada en la Plataforma de Contratación:
151/2026 Servicio de mantenimiento de los equipos de radiología marca IRE, ubicados en el Hospital Provincial, Hospital de Benavente y en el Hospital Virgen de la Concha, pertenecientes a la Gerencia de Asistencia Sanitaria de Zamora.
Información sobre la licitación 151/2026 Servicio de mantenimiento de los equipos de radiología marca IRE, ubicados en el Hospital Provincial, Hospital de Benavente y en el Hospital Virgen de la Concha, pertenecientes a la Gerencia de Asistencia Sanitaria de Zamora de Gerencia de Asistencia Sanitaria de Zamora. Puedes consultar otras licitaciones de Gerencia de Asistencia Sanitaria de Zamora, del CPV 50421000 o en Zamora.
Organismo contratante
Gerencia de Asistencia Sanitaria de Zamora
NIF: Q4919003F
Ver adjudicaciones y estadísticas del organismoContrato
- Tipo
- Servicios
- Procedimiento
- Abierto
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Zamora
- Código NUTS
- ES419
Adjudicación
Formalizado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 48.568,84 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 58.768,30 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 48.572,00 €
- Baja
- 0,01 %
- Ofertas recibidas
- 1 (1 de PYMEs)
- Oferta más baja – más alta
- 48.568,84 €
- Fecha de adjudicación
- 21/09/2026
- Formalización del contrato
- 29/09/2026
Documentos
- PCAP8 PCAP 151 2026 firm.pdfAbrir original
- PPT2 PPT DIVERSOS EQUIPOS RAYOS X.pdfAbrir original
- Anexo1 DEUC 151 2026.xmlAbrir original
- AnexoANEXO 2.pdfAbrir original
- AnexoANEXO SEG INF DEL PPT.pdfAbrir original
- AnexoANEXO 3.pdfAbrir original
- ExpedienteDocumento de aprobación del expedienteAbrir original
- ExpedienteComposición de la mesa de contrataciónAbrir original
- ExpedienteMemoria justificativaAbrir original
- ExpedienteAcuerdo de iniciación del expedienteAbrir original
- ExpedienteLicitadores presentadosAbrir original
- ExpedienteInforme de insuficiencia de mediosAbrir original
- ExpedienteActa 2Abrir original
- ExpedienteInforme de valoración de los criterios de adjudicación cuantificables mediante juicio de valorAbrir original
- ExpedienteActa 1Abrir original
- ExpedienteInforme cumplimiento PPTAbrir original
Requisitos y criterios
Duración y prórrogas
Duración: 12 meses
La duración de la prórroga será de 12 meses.
Criterios de adjudicación
- 1.- Oferta económica(Automático)Ponderación: 25
- 2.- Mantenimiento Correctivo(Juicio de valor)Ponderación: 25
- 1.- Mantenimiento preventivo(Juicio de valor)Ponderación: 20
- 2.- Formación acreditada de los técnicos especialistas asociados al contrato(Automático)Ponderación: 15
- 4.- Horario de atención Técnica Correctiva Presencial(Automático)Ponderación: 10
- 3.- Plan de formación(Automático)Ponderación: 5
Solvencia económica y financiera
- Se acreditará, teniendo en cuenta el volumen anual de negocios, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos, como establece el Art. 87 de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre, LCSP. El importe mínimo a acreditar será: 145.716,00 € Acreditación documental: Certificación, nota simple o información análoga de las cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil o el Registro Oficial en el que deba estar inscrito el licitador, expedida por el registro correspondiente. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil, acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.En el caso de que La acreditación se efectuará con la presentación de declaración responsable (DEUC) que se pone a disposición de los licitadores en la herramienta de presentación de ofertas de la PLACSP, una vez aceptada la propuesta de adjudicación de la mesa de contratación, se requerirá al propuesto como adjudicatario, conforme al artículo 150.2 de la LCSP, para que acredite, siempre que no lo hubiera acreditado con anterioridad, en virtud de lo dispuesto en el artículo 140.3 de la LCSP, su solvencia económica mediante la presentación de la documentación a que se refiere el artículo 87.3 a) de la LCSP, sin perjuicio de que la acreditación de la solvencia económica de las personas naturales o jurídicas inscritas en los Registros o listas Oficiales de contratistas, se ajustará a lo dispuesto en los artículos 96 y 97 de la LCSP.
Solvencia técnica o profesional
- En virtud de lo dispuesto en el artículo 90 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, LCSP, será acreditada mediante la relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo, los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario público o privado de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados, se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario, acompañada de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. En su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. El importe que el empresario deberá acreditar en el año de mayor ejecución de servicios de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato será, igual o superior, al presupuesto máximo de licitación sin IVA, que será de: 34.000,40 € A efectos de determinar la correspondencia entre los trabajos o servicios acreditados y los que constituyen el objeto del contrato, se atenderá a la coincidencia entre los tres primeros dígitos de sus respectivos códigos CPV. La solvencia económica, financiera y técnica o profesional requerida en los apartados anteriores podrá acreditarse por los licitadores mediante la aportación de la siguiente clasificación empresarial: Clasificación Empresarial : Grupo/s Subgrupo/s Categoría/s En el caso de que La acreditación se efectuará con la presentación de declaración responsable (DEUC) que se pone a disposición de los licitadores en la herramienta de presentación de ofertas de la PLACSP, una vez aceptada la propuesta de adjudicación de la mesa de contratación, se requerirá al propuesto como adjudicatario, conforme al artículo 150.2 de la LCSP, para que acredite, siempre que no lo hubiera acreditado con anterioridad, en virtud de lo dispuesto en el artículo 140.3 de la LCSP, su solvencia técnica conforme a lo dispuesto en la Cláusula 14 del PCAP.
Garantías
- Definitiva: 5 %
Requisitos específicos
- Cumplimiento con las obligaciones tributarias
- Capacidad de obrar
- Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- Declaración sobre personas con discapacidad
- Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
- No estar incurso en incompatibilidades
- No prohibición para contratar
Códigos CPV
- 50421000
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