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Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio NaturalExpediente: PRC/2022/0000127981Comprobada en la Plataforma de Contratación:

MR OBRMA23022: Restauración ecológica mediante la mejora de Hábitats y de la conectividad piscícola en zonas húmedas y cursos de agua en Extremadura financiado por el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia-Financiado por la Union Europea-NextGenerationEU”.

Información sobre la licitación MR OBRMA23022: Restauración ecológica mediante la mejora de Hábitats y de la conectividad piscícola en zonas húmedas y cursos de agua en Extremadura financiado por el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia-Financiado por la Union Europea-NextGenerationEU” de Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Natural. Puedes consultar otras licitaciones de Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Natural, del CPV 45262640 o en Extremadura.

Organismo contratante

Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Natural

NIF: S0611001I

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Contrato

Tipo
Obras
Procedimiento
Abierto simplificado
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Extremadura
Código NUTS
ES43

Adjudicación

Adjudicado

Importe adjudicado (sin IVA)
479.000,00 €
Importe adjudicado (con IVA)
579.590,00 €
Presupuesto base (sin IVA)
552.652,95 €
Baja
13,33 %
Ofertas recibidas
7 (7 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
0,00 € – 548.618,58 €
Fecha de adjudicación
26/05/2023
Formalización del contrato
16/06/2023

Documentos

Requisitos y criterios

Duración y prórrogas

Duración: 28 meses

No procede

Criterios de adjudicación

  • Evaluación de la oferta económica(Automático)Ponderación: 60
  • Mejoras de valoración automática(Automático)Ponderación: 15
  • Criterios ambientales de valoración automática(Automático)Ponderación: 15
  • Ampliación de la Garantía(Automático)Ponderación: 10

Solvencia económica y financiera

  • Solvencia exigida a aquellas empresas que están exentas de la exigencia de clasificación en virtud del artículo 78 de la LCSP: Los empresarios extranjeros de países miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo acreditarán su solvencia económico-financiera y técnica o profesional bien presentando certificados de clasificación o similares expedidos por sus Estados o bien deberán acreditar el cumplimiento de los requisitos específicos de solvencia que más adelante se refieren. De conformidad con el articulo 87.1 a) de la LCSP 9/17: Volumen anual de negocios: Referido al mejor ejercicio dentro de los tres ultimos disponibles en funcion de las fechas de constitucion o de inicio de actividades del empresario y de presentacion de las ofertas por importe igual/superior a 1,5 veces del valor de la anualidad media del contrato: 355.276,90 €. El volumen anual de negocios se acreditara por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba ser inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditaran su volumen anual de negocios mediante libros de inventarios y cunetas anuales legalizados por el Registro Mercantil. El computo se efectuara hasta la fecha de finalizacion del plazo para la presentacion de proposiciones u ofertas.

Solvencia técnica o profesional

  • Solvencia exigida a aquellas empresas que están exentas de la exigencia de clasificación en virtud del artículo 78 de la LCSP: Los empresarios extranjeros de países miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo acreditarán su solvencia económico-financiera y técnica o profesional bien presentando certificados de clasificación o similares expedidos por sus Estados o bien deberán acreditar el cumplimiento de los requisitos específicos de solvencia que más adelante se refieren. De conformidad con el articulo 88.1 a) de la LCSP 9/17: Relacion de las obras ejecutadas en el curso de los ultimos cinco anos correspondientes al mismo grupo o subgrupo de clasificacion al que corresponde el contrato, habiendo de ser el importe anual acumulado en el ano de mayor ejecucion sea igual o superior al 70% del valor de la anualidad media del contrato 165.795,88 €. Las obras deberan ser de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato. Por lo que se atendera a los dos primeros digitos del respectivo codigo CPV del contrato. Las obras ejecutadas se acreditaran mediante certificados de buena ejecucion, que indicaran el importe, las fechas y el lugar de ejecucion de las obras y se precisara si se realizaron segun las reglas por las que se rige la profesion y se llevaron normalmente a buen termino; en su caso, dichos certificados seran comunicados directamente al organo de contratación por la autoridad competente. A estos efectos, las obras ejecutadas por una sociedad extranjera filial del contratista de obras tendran la misma consideracion que las directamente ejecutadas por el propio contratista, siempre que este ultimo ostente directa o indirectamente el control de aquella en los terminos establecidos en el articulo 42 del Codigo de Comercio. Cuando se trate de obras ejecutadas por una sociedad extranjera participada por el contratista sin que se cumpla dicha condicion, solo se reconocera como experiencia atribuible al contratista la obra ejecutada por la sociedad participada en la proporcion de la participacion de aquel en el capital social de esta.

Garantías

  • Definitiva: 5 %

Requisitos específicos

  • Capacidad de obrar

Códigos CPV

  • 45262640

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