Presidencia del Organismo Autónomo Local, Iniciativa para la Promoción Económica de TalaveraExpediente: Expte.: 00153/2026/IPEComprobada en la Plataforma de Contratación:
Prestación de la dinamización especializada de programas de aceleración de starups de la IAT Talavera Tecnológica.
Información sobre la licitación Prestación de la dinamización especializada de programas de aceleración de starups de la IAT Talavera Tecnológica de Presidencia del Organismo Autónomo Local, Iniciativa para la Promoción Económica de Talavera. Puedes consultar otras licitaciones de Presidencia del Organismo Autónomo Local, Iniciativa para la Promoción Económica de Talavera, del CPV 79411000 o en Toledo.
Organismo contratante
Presidencia del Organismo Autónomo Local, Iniciativa para la Promoción Económica de Talavera
NIF: Q4500488D
Ver adjudicaciones y estadísticas del organismoContrato
- Tipo
- Servicios
- Procedimiento
- Abierto simplificado
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Toledo
- Código NUTS
- ES425
Documentos
- PCAPPCAP.pdfAbrir original
- PPTPPT.pdfAbrir original
- ExpedienteComposición de la mesa de contrataciónAbrir original
- ExpedienteInforme jurídicoAbrir original
- ExpedienteActa 2ª mesa de contratación 14-9-2026Abrir original
- ExpedienteResolución de adjudicaciónAbrir original
- ExpedienteResolución de aprobación del expedienteAbrir original
- ExpedienteConvocatoria 2ª mesa de contrataciónAbrir original
- ExpedienteResolución de inicioAbrir original
- ExpedienteMemoria justificativaAbrir original
- ExpedienteInforme propuesta de adjudicaciónAbrir original
- ExpedienteInforme justificacion oferta anormalmente bajaAbrir original
- ExpedienteActa mesa de contratación 27-8-26Abrir original
- ExpedienteRequerimiento mesa de contratación 27-8-26Abrir original
- ExpedienteConvocatoria mesa de contrataciónAbrir original
Requisitos y criterios
Duración y prórrogas
Duración: 12 meses
La prórroga podrá ser de 12 meses como máximo.
Criterios de adjudicación
- 21. Precio(Automático)Ponderación: 100
Garantías
- Definitiva: 5 %
Requisitos específicos
- Artículo 90.2 LCSP:La relación de los principales servicios efectuados en los tres últimos años, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70 por ciento de la anualidad media del contrato.La prestación de servicios consistentes en la participación en programas de incubación, aceleración o apoyo al emprendimiento, dinamización de actividades con empresas, startups y personas emprendedoras, la organización y gestión de acciones formativas, talleres y eventos empresariales así como el acompañamiento, mentorización y asesoramiento a proyectos empresariales en sus distintas fases de desarrollo, se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este que acrediten la realización de la prestación.Solvencia técnica para empresas de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 90.4 de la LCSP exclusivamente mediante:Artículo 90.1.b) LCSP «técnicos y unidades técnicas»: Relación del personal técnico o de las unidades técnicas, integradas o no la empresa, participantes en el contrato. Se acreditará mediante una declaración del empresario en el que se indique el personal adscrito al contrato.Art. 87.3.a) LCSP:Volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser al menos una vez y media el valor estimado del contrato cuando su duración no sea superior a un año, y al menos una vez y media el valor anual medio del contrato si su duración es superior a un año.El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.
Códigos CPV
- 79411000
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