Presidencia de la Autoridad Portuaria de la Bahía de CádizExpediente: 512/2025Comprobada en la Plataforma de Contratación:
Pavimentación de parcela destinada a aparcamiento de vehículos pesados, situada en el muelle Fernández Ladreda, en la anterior ubicación de las naves 4 y 5, en el recinto portuario de Cádiz. CA-038-25
Información sobre la licitación Pavimentación de parcela destinada a aparcamiento de vehículos pesados, situada en el muelle Fernández Ladreda, en la anterior ubicación de las naves 4 y 5, en el recinto portuario de Cádiz. CA-038-25 de Presidencia de la Autoridad Portuaria de la Bahía de Cádiz. Puedes consultar otras licitaciones de Presidencia de la Autoridad Portuaria de la Bahía de Cádiz, del CPV 45233222 o en Cádiz.
Organismo contratante
Presidencia de la Autoridad Portuaria de la Bahía de Cádiz
NIF: Q1167004I
Ver adjudicaciones y estadísticas del organismoContrato
- Tipo
- Obras
- Procedimiento
- Abierto simplificado
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Cádiz
- Código NUTS
- ES612
Adjudicación
Formalizado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 160.567,95 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 194.287,22 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 175.580,04 €
- Baja
- 8,55 %
- Ofertas recibidas
- 2 (2 de PYMEs)
- Oferta más baja – más alta
- 160.567,95 € – 166.274,30 €
- Fecha de adjudicación
- 24/11/2025
- Formalización del contrato
- 13/01/2026
Documentos
- PCAPR3_PCAP_CA-038-25_Pavimentacion Naves 4 y 5_ Muelle Fernandez Ladreda.pdfAbrir original
- PPTR4_PPT CA-038-25_Fdo2.pdfAbrir original
- ExpedienteActos públicos informativos o de aperturas de ofertasAbrir original
- ExpedienteActos públicos informativos o de aperturas de ofertasAbrir original
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- ExpedienteSelección contratistaAbrir original
Requisitos y criterios
Duración y prórrogas
Duración: 3 meses
Criterios de adjudicación
- Criterios evaluables mediante fórmulas(Automático)Ponderación: 75
- Criterios cualitativos que dependen de un juicio de valor(Juicio de valor)Ponderación: 25
Solvencia económica y financiera
- Dado que de acuerdo con el artículo 77.1.a de la Ley 9/2017 no procede la exigencia de clasificación, los licitadores podrán acreditar su solvencia económica, financiera y técnica, indistintamente mediante la acreditación de la clasificación indicada, correspondiente al contrato, o bien acreditando el cumplimiento de los requisitos específicos de solvencia económica y técnica exigidos en el PCAP.
Solvencia técnica o profesional
- Dado que de acuerdo con el artículo 77.1.a de la Ley 9/2017 no procede la exigencia de clasificación, los licitadores podrán acreditar su solvencia económica, financiera y técnica, indistintamente mediante la acreditación de la clasificación indicada, correspondiente al contrato, o bien acreditando el cumplimiento de los requisitos específicos de solvencia económica y técnica exigidos en el PCAP.
- De conformidad con lo dispuesto en el PCAP
Garantías
- Definitiva: 5 %
Requisitos específicos
- No estar incurso en incompatibilidades
- Capacidad de obrar
Códigos CPV
- 45233222
- 45316100
- 45262300
- 45262210
- 45232130
- 45233221
- 45262520
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