Alcaldía del Ayuntamiento des Migjorn GranExpediente: Obr-E0545-2026-2Comprobada en la Plataforma de Contratación:
El objeto del contrato es la ejecución del Proyecto ejecutivo de renovación de alumbrado público en los pasos de peatones que conectan la Avenida Central con el Paseo Marítimo de la urbanización de Santo Tomás, TM Es Migjorn Gran.
Información sobre la licitación El objeto del contrato es la ejecución del Proyecto ejecutivo de renovación de alumbrado público en los pasos de peatones que conectan la Avenida Central con el Paseo Marítimo de la urbanización de Santo Tomás, TM Es Migjorn Gran de Alcaldía del Ayuntamiento des Migjorn Gran. Puedes consultar otras licitaciones de Alcaldía del Ayuntamiento des Migjorn Gran, del CPV 45316000 o en Illes Balears.
Organismo contratante
Alcaldía del Ayuntamiento des Migjorn Gran
NIF: P0700001A
Ver adjudicaciones y estadísticas del organismoContrato
- Tipo
- Obras
- Procedimiento
- Abierto
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Illes Balears
- Código NUTS
- ES53
Adjudicación
Adjudicado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 122.035,94 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 122.035,94 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 128.499,46 €
- Baja
- 5,03 %
- Ofertas recibidas
- 2 (2 de PYMEs)
- Oferta más baja – más alta
- 122.035,94 €
- Fecha de adjudicación
- Formalización del contrato
Documentos
- PCAPPCAP CONTRACTE OBRES ENLLUMENAT .pdfAbrir original
- PPTPPT enllumenat passos.pdfAbrir original
- AnexoAnnex passos enllumenat.pdfAbrir original
- ExpedienteMemoria justificativaAbrir original
- ExpedienteDocumento de aprobación del expedienteAbrir original
- ExpedienteInforme de insuficiencia de mediosAbrir original
- ExpedienteActos públicos informativos o de aperturas de ofertasAbrir original
- ExpedienteActos públicos informativos o de aperturas de ofertasAbrir original
- ExpedienteActos públicos informativos o de aperturas de ofertasAbrir original
Requisitos y criterios
Exige inscripción en ROLECE
Duración y prórrogas
Duración: 3 meses
No se permite la prórroga. No obstante, de acuerdo con el artículo el 195.2 LCSP, este plazo de ejecución se podrá prorrogar cuando el contratista no pueda cumplirlo por causas que no le sean imputables, siempre que las justifique debidamente, y así lo determine el responsable del contrato.
Criterios de adjudicación
- Precio(Automático)Ponderación: 80
- Reducción del plazo de ejecución de las obras(Automático)Ponderación: 10
- Ampliación del plazo de garantía(Automático)Ponderación: 10
Solvencia económica y financiera
- Volum anual de negocio referente al año de mayor volumen de negocio de los últimos tres años concluidos, y debe ser al menos de una vez y media el valor estimado del contrato, de acuerdo con el PCAP. Se debe aportar correctamente rellenado el apartado correspondiente del DEUC. También se puede acreditar mediante certificado de que dispone de la clasificación.
Solvencia técnica o profesional
- La solvencia técnica o profesional de los empresarios tendrá que apreciarse teniendo con cuenta lo suyos conocimientos técnicos, eficacia, experiencia y fiabilidad, y se tendrá que acreditar por uno o varios de los medios siguientes: - Relación de los principales suministros o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, como máximo los tres últimos años, en el que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Como mínimo se tendrá que justificar que el importe anual acumulado el año de mayor ejecución sea igual o superior al importe del 70% del valor del contrato es decir: 0,7 x 128.499,46 € = 89.949,62€ Se entenderá que los suministros son de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del presente contrato cuando coincidan con los tres primeros dígitos del CPV. Los suministros o trabajos efectuados se tienen que acreditar mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público, y cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante certificado expedido por este o a falta de certificado mediante una declaración del empresario acompañada de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. También se puede acreditar mediante certificado acreditativo de la clasificación o certificado ROLECE si en él se encuentra inscrita la clasificación.
Garantías
- Definitiva: 5 %
Requisitos específicos
- Capacidad de obrar
Códigos CPV
- 45316000
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