Junta de Gobierno del Ayuntamiento de AlbaceteExpediente: 1425135EComprobada en la Plataforma de Contratación:
Contrato de Servicios de redacción del proyecto técnico, dirección facultativa, y coordinación de seguridad y salud de las obras de adecuación de la instalación eléctrica de baja tensión del Paseo Ferial y Ejidos. Expte 30/2025
Información sobre la licitación Contrato de Servicios de redacción del proyecto técnico, dirección facultativa, y coordinación de seguridad y salud de las obras de adecuación de la instalación eléctrica de baja tensión del Paseo Ferial y Ejidos. Expte 30/2025 de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Albacete. Puedes consultar otras licitaciones de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Albacete, del CPV 71000000 o en Albacete.
Organismo contratante
Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Albacete
NIF: P0200300B
Ver adjudicaciones y estadísticas del organismoContrato
- Tipo
- Servicios
- Procedimiento
- Abierto simplificado
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Albacete
- Código NUTS
- ES421
Adjudicación
Formalizado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 20.801,00 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 25.169,21 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 38.750,00 €
- Baja
- 46,32 %
- Ofertas recibidas
- 9 (9 de PYMEs)
- Oferta más baja – más alta
- 20.801,00 € – 30.500,00 €
- Fecha de adjudicación
- 30/12/2025
- Formalización del contrato
- 22/01/2026
Documentos
- PCAPPCAP_302025.pdfAbrir original
- PPTPPT 30-2025.pdfAbrir original
- AnexoCT_ESCUELAS.pdfAbrir original
- AnexoCT_JARDINILLOS.pdfAbrir original
- AnexoCT_TOMBOLA.pdfAbrir original
- AnexoPLANO_ZONA_FERIAL_V-2024.pdfAbrir original
- AnexoCaracteristicas_CBT.pdfAbrir original
- AnexoCT_CARPA.pdfAbrir original
- AnexoCT_CASETAS.pdfAbrir original
- AnexoPropuesta_cuadros_Schneider.pdfAbrir original
- AnexoInforme_valorado_Schneider.pdfAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
- ExpedienteMemoria justificativaAbrir original
- ExpedienteDocumento de aprobación del expedienteAbrir original
- ExpedienteActos públicos informativos o de aperturas de ofertasAbrir original
- ExpedienteActos públicos informativos o de aperturas de ofertasAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
- ExpedienteActos públicos informativos o de aperturas de ofertasAbrir original
- ExpedienteAcuerdo de iniciación del expedienteAbrir original
- ExpedientePCAPAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
- ExpedienteActos públicos informativos o de aperturas de ofertasAbrir original
- ExpedientePPTAbrir original
- ExpedienteANEXOSAbrir original
- ExpedienteInforme de insuficiencia de mediosAbrir original
Requisitos y criterios
Exige inscripción en ROLECE
Duración y prórrogas
Duración: 1 año
Posibilidad de prórroga: Prórroga contractual: no VER PAGINA 52 DEL PCAP
Criterios de adjudicación
- 10.2.2 Criterios evaluables a través de fórmulas. Segundo criterio. Cualitativos con evaluación automática(Automático)Ponderación: 51
- 10.2.2 Criterios evaluables a través de fórmulas. Primer criterio. Precio(Automático)Ponderación: 49
Solvencia económica y financiera
- 7.1.- ECONÓMICA Y FINANCIERA: VER PAGINA 54 DEL PCAP A) Criterio: Disposición de un seguro de indemnización por riesgos profesionales, aportando, además, el compromiso de su renovación o prórroga que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato. B) Requisito mínimo: Importe no inferior a 900.000 €. C) Medio de acreditación: Certificado expedido por el asegurador en el que conste los importes y riesgos asegurados y la fecha de vencimiento del seguro y mediante el documento de compromiso vinculante de suscripción, prórroga o renovación del seguro, en los casos que proceda. D) Principales razones de la imposición de este requisito: En el artículo 87, apartado 3º, de la LCSP, se establece que en los contratos cuyo objeto consista en servicios profesionales, como son los de arquitectura o ingeniería, la solvencia económica y financiera se podrá acreditar mediante la disposición de un seguro de indemnización por riesgos profesionales, sin que en este caso proceda requerir el requisito del volumen anual de negocios y, por tanto, en estos contratos podemos concluir que este será el requisito normal para la acreditación de la solvencia económica y financiera.
Solvencia técnica o profesional
- 7.2.1.- EMPRESAS QUE NO SEAN DE NUEVA CREACIÓN: VER PAGINAS 54-55 DEL PCAP 7.2.1.A.- PRIMER CRITERIO: Experiencia en servicios ejecutados A) Criterio: Experiencia en la realización de servicios del mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato. B) Requisito mínimo: En los tres últimos años deberá acreditar que ha realizado contratos de servicio, similares al objeto de esta licitación, con un importe anual acumulado, en el año de mayor ejecución, de 27.125,00 €. C) Medio de acreditación: Relación de proyectos básicos y de ejecución de obras de arquitectura, realizados en los últimos tres años, indicando presupuesto de ejecución material, fecha, destino y carácter público o privado. Relación de direcciones de obra y direcciones de ejecución de obras de arquitectura, realizadas en los últimos tres años, indicando presupuesto de ejecución material, fecha destino y carácter público o privado. Dichas relaciones serán avaladas por certificados de buena ejecución. 7.2.1.B.- SEGUNDO CRITERIO: - Medios personales. A) Criterio: Indicación del personal técnico o unidades técnicas, integradas o no en la empresa, de los que se disponga para la ejecución del contrato. B) Requisito mínimo: Ha de estar constituido al menos por un Ingeniero Técnico Industrial, Grado equivalente, o Técnicos con titulaciones habilitantes equivalentes necesarias para el ejercicio de la profesión relacionada con la actividad objeto de este contrato. Sera obligatorio que el Ingeniero Técnico Industrial, Grado equivalente, o el técnico con titulación habilitante equivalente al ejercicio de la profesión haya participado como proyectista y dirección facultativa de los trabajos incluidos en el párrafo anterior. C) Medio de acreditación: Declaración responsable de los medios personales que dispondrá el licitador para la ejecución del contrato indicándose nombre y apellidos de los mismos, así como adjuntando las titulaciones habilitantes necesarias y en su caso, la vinculación del técnico/s con la empresa licitadora
- 7.2.2.- EMPRESAS QUE SEAN DE NUEVA CREACIÓN (antigüedad inferior a 5 años):VER PAGINA 55-56 DEL PCAP 7.2.2.A.- Un único requisito: - Medios personales. A) Criterio: Indicación del personal técnico o unidades técnicas, integradas o no en la empresa, de los que se disponga para la ejecución del contrato. B) Requisito mínimo: Ha de estar constituido al menos por un Ingeniero Técnico Industrial, Grado equivalente, o Técnicos con titulaciones habilitantes equivalentes necesarias para el ejercicio de la profesión relacionada con la actividad objeto de este contrato. Sera obligatorio que el Ingeniero Técnico Industrial, Grado equivalente, o el técnico con titulación habilitante equivalente al ejercicio de la profesión haya participado como proyectista y dirección facultativa de los trabajos incluidos en el párrafo anterior. C) Medio de acreditación: Declaración responsable de los medios personales que dispondrá el licitador para la ejecución del contrato indicándose nombre y apellidos de los mismos, así como adjuntando las titulaciones habilitantes necesarias y en su caso, la vinculación del técnico/s con la empresa licitadora.
Garantías
- Definitiva: 5 %
Requisitos específicos
- Capacidad de obrar
- Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- Cumplimiento con las obligaciones tributarias
- Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
- No prohibición para contratar
- No estar incurso en incompatibilidades
- Estar prerregistrado en el ROLECE, y declarar que no ha habido modificaciones en los datos registrados
Códigos CPV
- 71000000
- 71300000
- 71317210
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