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Junta de Gobierno del Ayuntamiento de IllasExpediente: 70167EComprobada en la Plataforma de Contratación:

Contrato de servicios de centro rural de atención diurna

Información sobre la licitación Contrato de servicios de centro rural de atención diurna de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Illas. Puedes consultar otras licitaciones de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Illas, del CPV 85312000 o en Asturias.

Organismo contratante

Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Illas

NIF: P3303000H

Ver adjudicaciones y estadísticas del organismo

Contrato

Tipo
Servicios
Procedimiento
Abierto
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Asturias
Código NUTS
ES120

Adjudicación

Adjudicado

ANTONIO CORRIPIO SERVICIOS, SL
PYME
Importe adjudicado (sin IVA)
231.623,00 €
Importe adjudicado (con IVA)
246.050,56 €
Presupuesto base (sin IVA)
255.051,16 €
Baja
9,19 %
Ofertas recibidas
2 (2 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
231.623,00 € – 246.098,86 €
Fecha de adjudicación
03/09/2026

Documentos

Requisitos y criterios

Duración y prórrogas

Duración: 2 años

El presente contrato será susceptible de ser prorrogado por dos periodos adicionales de un año, hasta alcanzar un máximo de cuatro años. A tal efecto será preciso que con al menos dos meses de antelación se comunique por el Ayuntamiento la intención de prorrogar el contrato de servicios, suscribiéndose las prórrogas previstas por ambas partes.

Criterios de adjudicación

  • Oferta económica(Automático)Ponderación: 40
  • Criterios no evaluables automáticamente(Juicio de valor)Ponderación: 30
  • Mejoras relacionadas con la prestación de Servicios(Automático)Ponderación: 20
  • Mejoras relacionadas con la prestación de Actividades o Talleres(Automático)Ponderación: 10

Solvencia económica y financiera

  • Deberá acreditarse mediante el volumen anual de negocios referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario por importe igual o superior al de la anualidad media del contrato, esto es 127.525,78 Euros. El volumen anual de negocios se acreditará por alguno de los medios siguientes: a. Por medio de las cuentas anuales presentadas en el Registro Mercantil o en el Registro oficial que corresponda. b. Los empresarios individuales no inscritos en Registros oficiales aportarán, como medio alternativo de acreditación, los inventarios y cuentas anuales legalizadas por el registro mercantil o, de no ser obligatorias, declaración del empresario indicando el volumen de negocios global de la empresa. c. Además, deberá contar o suscribir un compromiso de contratación de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales por el ejercicio de la actividad objeto del presente contrato, por importe de, al menos, 300.000,00 euros. Aquellas empresas de nueva creación entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años podrán acreditar su solvencia, bien a través del Volumen de negocio al que hace referencia el párrafo anterior, o bien disponiendo de un seguro de indemnización por riesgos profesionales por importe no inferior a 500.000,00 euros, aportando además el compromiso de su renovación o prórroga que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato. Este requisito se entenderá cumplido por el licitador o candidato que incluya con su oferta un compromiso vinculante de suscripción, en caso de resultar adjudicatario, del seguro exigido, compromiso que deberá hacer efectivo dentro del plazo de diez días hábiles cuando sea requerido al efecto. El modo de acreditación será mediante el correspondiente certificado de seguro, aportando además el compromiso de su renovación o prórroga que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato. En el certificado de seguro expedido por el asegurador o, en su caso, en el documento de compromiso vinculante de suscripción, prórroga o renovación, constarán los importes y riesgos asegurados y la fecha de vencimiento del seguro

Solvencia técnica o profesional

  • Se acreditará mediante una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. El requisito mínimo es que el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución ha de ser igual o superior a la anualidad media del contrato, esto es, 127.525,58 euros. A estos efectos se atenderá a los dos primeros dígitos del código CPV de esos contratos. No obstante, cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará por los medios siguientes: a. Indicación del personal técnico o de las unidades técnicas, integradas o no en la empresa, participantes en el contrato, especialmente aquellos encargados del control de calidad. b. Títulos académicos y profesionales del empresario y de los directivos de la empresa y, en particular, del responsable o responsables de la ejecución del contrato, así como de los técnicos encargados directamente de la misma, siempre que no se evalúen como un criterio de adjudicación. c. Declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y del número de directivos durante los tres últimos años, acompañada de la documentación justificativa correspondiente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación

Garantías

  • Definitiva: 5 %

Requisitos específicos

  • Capacidad de obrar

Códigos CPV

  • 85312000

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