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Alcaldia del Ayuntamiento de MotrilExpediente: OBR/ABR/CONTRATACION2026000041Comprobada en la Plataforma de Contratación:

Acondicionamiento de local en edificio en calle Madrid para la creación de una sala de estudio municipal

Información sobre la licitación Acondicionamiento de local en edificio en calle Madrid para la creación de una sala de estudio municipal de Alcaldia del Ayuntamiento de Motril. Puedes consultar otras licitaciones de Alcaldia del Ayuntamiento de Motril, del CPV 45262700 o en Granada.

Organismo contratante

Alcaldia del Ayuntamiento de Motril

NIF: P1814200J

Ver adjudicaciones y estadísticas del organismo

Contrato

Tipo
Obras
Procedimiento
Abierto
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Granada
Código NUTS
ES614

Adjudicación

Formalizado

Importe adjudicado (sin IVA)
319.999,00 €
Importe adjudicado (con IVA)
387.198,79 €
Presupuesto base (sin IVA)
329.991,18 €
Baja
3,03 %
Ofertas recibidas
1 (1 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
319.999,00 €
Fecha de adjudicación
07/09/2026
Formalización del contrato
11/09/2026

Documentos

Requisitos y criterios

Duración y prórrogas

Duración: 4 meses

Criterios de adjudicación

  • Precio: Reducción del precio del contrato(Automático)Ponderación: 45
  • Memoria técnica: Programa de trabajo(Juicio de valor)Ponderación: 10
  • Garantías adicionales, ampliación plazo de garantía(Automático)Ponderación: 10
  • Memoria técnica: Análisis del ámbito de actuación y afecciones(Juicio de valor)Ponderación: 10
  • Memoria técnica: Propuesta de ejecución(Juicio de valor)Ponderación: 10
  • Memoria técnica: Organización e implantación de la obra(Juicio de valor)Ponderación: 10
  • Memoria técnica: Diagrama de Gant(Juicio de valor)Ponderación: 5

Solvencia económica y financiera

  • Al tratarse de un contrato de obra cuyo valor estimado es inferior a 500.000 euros, la solvencia económica, financiera y técnica podrá acreditarse indistintamente: 1) Mediante la clasificación del contratista, que en función del objeto del contrato y de las obras a ejecutar, se corresponde con la siguiente Grupo C, Subgrupo 4 categoría 2. 2) Se acreditará mediante el volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiere el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por un importe igual o superior al 70% del valor estimado del contrato. La acreditación documental de la suficiencia de la solvencia económica y financiera del empresario se efectuará mediante la aportación de los certificados o documentos del correspondiente Registro Mercantil. No será exigible la clasificación a los empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea o de Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, ya concurran al contrato aisladamente o integrados en una unión, sin perjuicio de la obligación de acreditar su solvencia. Dicha acreditación se realizará mediante los medios detallados anteriormente

Solvencia técnica o profesional

  • Se podra acreditar con cualquiera de los medios siguientes: 1. Mediante la clasificación del contratista, que en función del objeto del contrato y de las obras a ejecutar, se corresponde con la siguiente Grupo C, Subgrupo 4 categoría 2. 2. mediante la presentación del Certificado de clasificación del empresario, acompañado de declaración de su vigencia. 2) Mediante los siguientes requisitos específicos de solvencia: ¿ Solvencia técnica o profesional: Se acreditará mediante la relación de las obras ejecutadas en el curso de los cinco últimos años, que sean del mismo grupo y subgrupo de clasificación que el correspondiente al contrato, avalados por certificados de buena ejecución cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70% del valor estimado del contrato. No será exigible la clasificación a los empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea o de Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, ya concurran al contrato aisladamente o integrados en una unión, sin perjuicio de la obligación de acreditar su solvencia. Dicha acreditación se realizará mediante los medios detallados anteriormente. Cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará mediante la declaración del contratista de contar con un técnico responsable de la obra, integrado o no en la empresa, con título habilitante para el ejercicio de cualquiera de las profesiones en el ámbito de la ingeniería o arquitectura que deberá contar, con al menos, 3 años de antigüedad. La titulación y experiencia requerida se acreditará a través de los siguientes documentos: - Curriculum Vitae. - Título habilitante. - En los supuestos de desarrollo profesional por cuenta propia, alta en el epígrafe correspondiente del IAE en el que conste la fecha de inicio de actividad. - En los supuestos de trabajo por cuenta ajena, contrato laboral con la fecha de inicio y finalización en su caso y categoría.

Garantías

  • Definitiva: 5 %

Requisitos específicos

  • Capacidad de obrar

Códigos CPV

  • 45262700
  • 45400000
  • 45210000

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