Saltar al contenido

Organismo Autónomo Agencia Tributaria MadridExpediente: 300/2025/00025Comprobada en la Plataforma de Contratación:

Prestación del servicio de traslado, depósito, custodia y gestión de archivos de expedientes y documentos generados en el Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid

Información sobre la licitación Prestación del servicio de traslado, depósito, custodia y gestión de archivos de expedientes y documentos generados en el Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid de Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid. Puedes consultar otras licitaciones de Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid, del CPV 79560000 o en Madrid.

Organismo contratante

Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid

NIF: P2800065A

Ver adjudicaciones y estadísticas del organismo

Contrato

Tipo
Servicios
Procedimiento
Abierto
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Madrid
Código NUTS
ES300

Adjudicación

Formalizado

DOCOUT S.L.U.B83416867
PYME
Importe adjudicado (sin IVA)
555.975,28 €
Importe adjudicado (con IVA)
672.730,09 €
Presupuesto base (sin IVA)
1.475.344,03 €
Baja
62,32 %
Ofertas recibidas
3 (2 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
555.975,28 € – 711.297,61 €
Fecha de adjudicación
31/10/2025
Formalización del contrato
26/11/2025

Documentos

Requisitos y criterios

Duración y prórrogas

Duración: 4 años

El contrato será susceptible de modificación tanto al alza como a la baja en los términos que se relacionan en el apartad 28 del anexo 1 del pliego de cláusulas administrativas particulares que rige el contrato. Sin perjuicio de ello, será aplicable a ambas modalidades las siguientes condiciones: -Su régimen jurídico se estipula en los artículos 191 y 203 a 207 de la LCSP y en el artículo 97 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre (RGLCAP) -En el caso de modificaciones sucesivas, las modificaciones en conjunto al alza no podrán superar el límite del 20 por ciento del importe de adjudicación del contrato ( I.V.A excluido). -El procedimiento en caso de modificación se ajustará para su tramitación a lo previsto en el artículo 97 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de Octubre (RGLCAP).

Periodo de 12 meses. La prórroga se acordará por el órgano de contratación y será obligatoria para el empresario, siempre que su preaviso se produzca al menos con dos meses de antelación a la finalización del plazo de duración del contrato. En ningún caso podrá producirse la prórroga por el consentimiento tácito de las partes. Conforme con lo dispuesto en el artículo 29 4 de la LCSP computando la duración del contrato inicial y la previsión de prórroga de un año, respetando las condiciones y límites establecidos en las respectivas normas presupuestarias aplicables la duración no excede de cinco años. Se trata de un contrato de actividad en los que el plazo de ejecución se ha determinado con referencia a un número determinado meses. De producirse una alteración de los plazos inicialmente previstos en el contrato, por retrasos en el comienzo de su ejecución sobre los inicialmente previstos, debidamente justificados que provoquen un desajuste entre las anualidades establecidas en el contrato y las necesidades reales de orden económico que exija el desarrollo de los trabajos, por el órgano de contratación se procederá a adecuar las anualidades en el propio acuerdo de adjudicación, atendiendo a la nueva fecha prevista para el inicio de ejecución del contrato en el mismo plazo de diez días hábiles que señala el artículo 150.2 de la LCSP para requerir del adjudicatario la constitución de la garantía definitiva y la documentación justificativa del cumplimiento de obligaciones tributarias y de seguridad social. Se solicitará su conformidad a la adecuación de las anualidades a la nueva fecha prevista de inicio de ejecución del contrato. El precio no podría verse afectado. Vendrá determinado por la oferta económica del adjudicatario, presentada con arreglo a la documentación que rige las condiciones de licitación. Asimismo, por el retraso en el inicio de ejecución no se realizaría ningún reajuste de la garantía definitiva.

Criterios de adjudicación

  • Oferta económica: porcentaje de baja único para depósito y custodia y nuevas incorporaciones(Automático)Ponderación: 58.5
  • Mejora en el plazo de entrega exigido de 24 horas de expedientes urgentes(Automático)Ponderación: 11
  • A1) Aplicación Informática(Juicio de valor)Ponderación: 8
  • A2) Modelo de gestión y organización del servicio(Juicio de valor)Ponderación: 7
  • Porcentaje de baja lineal sobre todos los restantes precios unitarios (por gestión de archivo)(Automático)Ponderación: 5.5
  • A3) Plan de tratamiento archivístico(Juicio de valor)Ponderación: 5
  • A4) Informes(Juicio de valor)Ponderación: 5

Solvencia económica y financiera

  • Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente. Requisitos mínimos de solvencia: El volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos ejercicios disponibles deberá ser al menos 1,41 del valor anual medio del contrato 599.608,104 euros (sin IVA). El período de los tres últimos ejercicios se referirá a ejercicios completos finalizados Medio de acreditación: Por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro y, en caso contrario, por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.

Solvencia técnica o profesional

  • Tanto en caso de acreditación de la solvencia mediante Certificado de Clasificación como mediante el cumplimiento de las exigencias de solvencia del artículo 87.1 a), relativo al volumen anual de negocios o volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato y del artículo 90.1 a) referido a los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, deberá cumplirse, como requisito común y de forma acumulativa, lo expresado en los siguientes apartados del artículo 90 Apartado 90.1 c) Gestión de Calidad Descripción de las instalaciones técnicas, de las medidas empleadas por el empresario para garantizar la calidad y de los medios de estudio e investigación de la empresa Requisitos y medios de acreditación: A tal efecto, se deberá presentar documentación acreditativa de que la empresa licitadora tiene implantado un Sistema de gestión de calidad certificado con la Norma ISO 9001:2015 o con la norma equivalente específico de la actividad objeto de contrato y del centro de custodia ofertado. Los órganos de contratación reconocerán los certificados equivalentes emitidos por organismos establecidos en cualquier Estado miembro de la Unión Europea y cualesquiera otras pruebas de medidas equivalentes de garantía de calidad que presenten los empresarios.
  • Artículo 90.1 a) LCSP Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos; cuando sea necesario para garantizar un nivel adecuado de competencia los poderes adjudicadores podrán indicar que se tendrán en cuenta las pruebas de los servicios pertinentes efectuados más de tres años antes. El importe anual acumulado en el año de mayor ejecución, en el curso de los tres últimos años, de trabajos del mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato debe ser igual o superior a 297.677,78 euros (SIN IVA) 70% del valor anual medio del contrato. Se acreditará mediante relación de los trabajos efectuados por el interesado en el curso de los tres últimos años, correspondientes al mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato, avalados por certificados en que se haga constar fechas de ejecución e importe sin IVA del/los contratos, expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. A efectos de cómputo, la expresión “últimos años” debe ser interpretada en el sentido de comprender el mismo año de la convocatoria de licitación. Es preciso que el contrato se haya ejecutado, sin que sea suficiente la adjudicación y se computará desde la fecha final del plazo de presentación de proposiciones por los licitadores. Se entenderán que son servicios de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, tomando como criterio de correspondencia entre los servicios ejecutados por el empresario y los que constituyen el objeto del contrato los tres primeros dígitos del código CPV 79560000 -7 Servicios de archivo. Presentar una lista-resumen firmada por el apoderado de la empresa, en la que se detallen y totalicen los importes de los trabajos/contratos que correspondan a cada uno de los últimos tres años, a efectos de seleccionar el año de mayor ejecución.
  • Tanto en caso de acreditación de la solvencia mediante Certificado de Clasificación como mediante el cumplimiento de las exigencias de solvencia del artículo 87.1 a), relativo al volumen anual de negocios o volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato y del artículo 90.1 a) referido a los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, deberá cumplirse, como requisito común y de forma acumulativa, lo expresado en los siguientes apartados del artículo 90: Certificación Norma ISO/IEC 27001 de seguridad de la información que garantiza el cumplimiento con los protocolos de seguridad en todos los procesos: transporte, instalaciones, sistemas informáticos, comunicaciones, destrucción de documentación, específico de la actividad objeto de contrato y del centro de custodia ofertado). Certificación Norma ISO 22301 sobre la gestión de la continuidad del negocio, específico de la actividad objeto de contrato y del centro de custodia ofertado. Certificación Norma ISO 45001 de sistemas de gestión de seguridad y salud en el trabajo, específico de la actividad objeto de contrato y del centro de custodia ofertado. Certificación Norma UNE-ISO/IEC 20000 de los servicios TI para implementación integrada de la ISO 27001 y la ISO 20000-1, con la finalidad del sistema de gestión que integre (Sistema de gestión de la seguridad de la información) y SGS (sistema de gestión de servicios) proporcionando las directrices necesarias para la aplicación integrada de ambas normas. Certificación Norma UNE 15713 DESTRUCCIÓN SEGURA DE MATERIAL Y CONFIDENCIAL, o equivalente y acreditación de proveedor de servicio certificado NAID AAA, y permisos administrativos que facultan para la recogida, transporte y destrucción de los distintos soportes de la información.
  • Apartado 90.1 h) Recursos materiales. Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de los trabajos o prestaciones, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación. Requisito y medio de acreditación: Declaración sellada y firmada por el representante legal de la entidad en la que conste expresamente que las instalaciones y dependencias de emplazamiento del archivo cumplen todos los condicionantes técnicos mínimos requeridos contenidos en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares y con indicación expresa de que el centro de custodia dispone de licencia de actividad, licencia de funcionamiento. En la citada declaración deberá constar expresamente la información que se indica en el apartado 90 1 h) de solvencia técnica. De conformidad con la Cláusula 30 del PCAP, la acreditación de la clasificación o solvencia económica, financiera y técnica o profesional se realizará en un momento posterior, por parte del licitador que haya presentado la mejor oferta, de acuerdo con el artículo 150.2 LCSP.
  • Tanto en caso de acreditación de la solvencia mediante Certificado de Clasificación como mediante el cumplimiento de las exigencias de solvencia del artículo 87.1 a), relativo al volumen anual de negocios o volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato y del artículo 90.1 a) referido a los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, deberá cumplirse, como requisito común y de forma acumulativa, lo expresado en los siguientes apartados del artículo Apartado 90.1 f) Gestión medioambiental En los casos adecuados, indicación de las medidas de gestión medioambiental que el empresario podrá aplicar al ejecutar el contrato. Requisito y medio de acreditación: Documentación acreditativa de que la empresa licitadora tiene implantado un Plan de Gestión Medioambiental certificado con la Norma ISO 14001: 2015, con el Reglamento Europeo de Auditoria y Gestión Medioambiental (EMAS) o con la norma equivalente en vigor, específico de la actividad objeto de contrato y del centro de custodia ofertado. Dándose cumplimiento además a lo previsto en los artículos 94 de la LCSP. 1. En los contratos sujetos a una regulación armonizada, cuando los órganos de contratación exijan como medio para acreditar la solvencia técnica o profesional la presentación de certificados expedidos por organismos independientes que acrediten que el licitador cumple determinadas normas de gestión medioambiental, harán referencia al sistema comunitario de gestión y auditoría medioambientales (EMAS) de la Unión Europea, o a otros sistemas de gestión medioambiental reconocidos de conformidad con el artículo 45 del Reglamento (CE) n.º 1221/2009, de 25 de noviembre de 2009, o a otras normas de gestión medioambiental basadas en las normas europeas o internacionales pertinentes de organismos acreditados. 2. Los órganos de contratación reconocerán los certificados equivalentes expedidos por organismos establecidos en cualquier Estado miembro de la Unión Europea y también aceptarán otras pruebas de medidas equivalentes de gestión medioambiental que presente el licitador, y, en particular, una descripción de las medidas de gestión medioambiental ejecutadas, siempre que el licitador demuestre que dichas medidas son equivalentes a las exigidas con arreglo al sistema o norma de gestión medioambiental aplicable.

Requisitos específicos

  • Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
  • No prohibición para contratar
  • No estar incurso en incompatibilidades
  • Declaración sobre personas con discapacidad
  • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
  • Cumplimiento con las obligaciones tributarias
  • Capacidad de obrar

Códigos CPV

  • 79560000

Cargando datos del organismo…

Cargando licitaciones relacionadas…

Cargando adjudicaciones similares…

Usamos cookies técnicas para la sesión y guardamos su elección durante 180 días. El pago puede usar cookies del proveedor. Consulta la política de cookies y la política de privacidad.

Prestación del servicio de traslado, depósito, custodia y gestión de archivos de expedi... | Contratica