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Alcaldía del Ayuntamiento de CaudeteExpediente: 1609723C Asfaltado Cmno. CabezoComprobada en la Plataforma de Contratación:

La ejecución de las obras de asfaltado del Camino del Cabezo, conforme al proyecto denominado “Obras de Asfaltado en Camino del Cabezo del municipio de Caudete (Albacete). Actuaciones 2026”

Información sobre la licitación La ejecución de las obras de asfaltado del Camino del Cabezo, conforme al proyecto denominado “Obras de Asfaltado en Camino del Cabezo del municipio de Caudete (Albacete). Actuaciones 2026” de Alcaldía del Ayuntamiento de Caudete. Puedes consultar otras licitaciones de Alcaldía del Ayuntamiento de Caudete, del CPV 45233222 o en Albacete.

Organismo contratante

Alcaldía del Ayuntamiento de Caudete

NIF: P0202500E

Ver adjudicaciones y estadísticas del organismo

Contrato

Tipo
Obras
Procedimiento
Abierto simplificado
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Albacete
Código NUTS
ES421

Adjudicación

Formalizado

Importe adjudicado (sin IVA)
69.415,77 €
Importe adjudicado (con IVA)
83.993,08 €
Presupuesto base (sin IVA)
83.318,87 €
Baja
16,69 %
Ofertas recibidas
1 (1 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
69.415,77 €
Fecha de adjudicación
28/07/2026
Formalización del contrato
29/07/2026

Documentos

Requisitos y criterios

Exige inscripción en ROLECE

Duración y prórrogas

Duración: 1 mes

Criterios de adjudicación

  • 1. Oferta económica (máximo 20 puntos)(Automático)Ponderación: 20
  • 3. MEJORA A). Incremento de la superficie de asfaltado en accesos a parcelas y caminos no contemplados en el proyecto (máximo 20 puntos)(Automático)Ponderación: 20
  • 3. MEJORA C). Señalización horizontal y vertical del camino (máximo 20 puntos)(Automático)Ponderación: 20
  • 4. Criterio ambiental en menor huella de carbono (máximo 15 puntos)(Automático)Ponderación: 15
  • 2. Ampliación del plazo de garantía (máximo 10 puntos)(Automático)Ponderación: 10
  • 5. Mejora en calidad ambiental en la gestión y aseguramiento de la calidad - normas ISO (máximo 10 puntos)(Automático)Ponderación: 10
  • 3. MEJORA B). Recrecido y ajuste de arquetas existentes (máximo 5 puntos)(Automático)Ponderación: 5

Solvencia económica y financiera

  • Respecta a los requisitos de solvencia económica y financiera, se deberán reunir los siguientes: - Volumen anual de negocios en el ámbito a que se refiere el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas, por importe igual o superior a una vez y medio el valor estimado del contrato. La acreditación documental del cumplimiento de este requisito se efectuará por medio de aportación de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si se estuviera inscrito/a en dicho registro y, en caso contrario, por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito/a. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registo Mercantil. - Justificante de la existencia de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales, por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación, para responder de los posibles daños que se causen a la entidad local o a terceros como consecuencia de la defectuosa ejecución de este contrato. Se acreditará por medio de póliza de seguro y justificante de pago del recibo, o certificado expedido por el asegurador en el que consten los importes y riesgos asegurados y la fecha de vencimiento del seguro.

Solvencia técnica o profesional

  • Respecto a los requisitos de solvencia técnica y/o profesional, se deberán de reunir los siguientes: - Relación de obras ejecutadas en el curso de los cinco últimos años, avalada por certificados de buena ejecución; estos certificados indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término; en su caso, dichos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará por uno o varios de los medios a que se refieren las letras b) a f) del art. 88.1 LCSP, sin que en ningún caso sea aplicable el requisito relativo a las obras ejecutadas. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 95 de la LCSP, el órgano de contratación, o el órgano auxiliar de éste, podrá recabar del empresario aclaraciones sobre los certificados y documentos presentados o requerirle para la presentación de otros complementarios.

Garantías

  • Definitiva: 5 %

Requisitos específicos

  • Estar prerregistrado en el ROLECE, y declarar que no ha habido modificaciones en los datos registrados
  • No prohibición para contratar
  • Capacidad de obrar

Códigos CPV

  • 45233222
  • 45233252
  • 45233160
  • 45233142

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