Consejería de Infraestructuras, Transporte y ViviendaExpediente: CP/2023/0307Comprobada en la Plataforma de Contratación:
Contrato de Constitución del Derecho de Superficie a Título Gratuito sobre Dos Solares en Término Municipal de Badajoz , integrados en el Patrimonio Público de Suelo de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para la Construcción y Explotación de Viviendas de Protección Pública en Régimen de Alquiler a Precio Asequible, con cargo al Programa de Ayuda a la Construcción de Viviendas en Alquiler Social en Edificios Energéticamente Eficientes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
Información sobre la licitación Contrato de Constitución del Derecho de Superficie a Título Gratuito sobre Dos Solares en Término Municipal de Badajoz , integrados en el Patrimonio Público de Suelo de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para la Construcción y Explotación de Viviendas de Protección Pública en Régimen de Alquiler a Precio Asequible, con cargo al Programa de Ayuda a la Construcción de Viviendas en Alquiler Social en Edificios Energéticamente Eficientes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda. Puedes consultar otras licitaciones de Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda o en Badajoz.
Organismo contratante
Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda
NIF: S0611001I
Ver adjudicaciones y estadísticas del organismoContrato
- Tipo
- Patrimonial
- Procedimiento
- Abierto
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Badajoz
- Código NUTS
- ES431
Adjudicación
Formalizado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 0,00 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 0,00 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 0,00 €
- Ofertas recibidas
- 2 (2 de PYMEs)
- Oferta más baja – más alta
- 0,00 €
- Fecha de adjudicación
- 23/11/2023
- Formalización del contrato
- 28/11/2023
Documentos
- PCAPPLIEGOS.pdfAbrir original
- PPTPLIEGOS.pdfAbrir original
- AnexoANEXO VII.docxAbrir original
- AnexoANEXO VI.docxAbrir original
- AnexoANEXO V.docxAbrir original
- AnexoANEXO IX.docxAbrir original
- AnexoANEXO IV.docxAbrir original
- AnexoANEXO III.docxAbrir original
- AnexoANEXO II.docxAbrir original
- AnexoANEXO VIII.docxAbrir original
- ExpedienteActa MC 1ªAbrir original
- ExpedienteActa MC 2ªAbrir original
- ExpedientePublicación fecha MC 2ªAbrir original
- ExpedienteCuadro MC 2ªAbrir original
- ExpedienteCiadro MC 1ª/2ª parteAbrir original
- ExpedienteCuadro MC 1ª/1ª parteAbrir original
- ExpedienteInforme de Red NaturaAbrir original
- ExpedienteDocumento de aprobación del expedienteAbrir original
- ExpedienteInforme de Impacto AmbientalAbrir original
- ExpedienteComposición de la mesa de contrataciónAbrir original
- ExpedienteMemoria justificativaAbrir original
- ExpedienteInforme sobre BAbrir original
- ExpedientePuntuaciones sobre BAbrir original
- ExpedienteResolución Ampliación PlazoAbrir original
Requisitos y criterios
Duración y prórrogas
Duración: 53 años
Criterios de adjudicación
- Calidad arquitectónica de la propuesta(Juicio de valor)Ponderación: 15
- Mejoras de prestaciones del edificio(Juicio de valor)Ponderación: 15
- Mejora de las prestaciones del edificio en materia de consumo de energía primaria no renovable(Automático)Ponderación: 15
- Otros aspectos de aplicación de la Agenda Urbana Española(Automático)Ponderación: 15
- Mejora de las prestaciones del edificio en materia de accesibilidad(Automático)Ponderación: 15
- Mejora en el precio del alquiler(Automático)Ponderación: 10
- Estudio de viabilidad económica y programación de las actuaciones(Juicio de valor)Ponderación: 10
- Incorporación de zonas comunes susceptibles de ser consideradas como soluciones residenciales modelo cohousing, alojamientos temporales u otras modalidades similares(Automático)Ponderación: 5
Solvencia económica y financiera
- La solvencia económica y financiera del empresario se acreditará por alguno de los siguientes medios: a) Volumen anual de negocios, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior a 700.000,00 €. b) Patrimonio neto, al cierre del último ejercicio económico para el que esté vencida la obligación de aprobación de cuentas anuales por importe igual o superior a 700.000,00 €. El volumen anual de negocios o el patrimonio neto del licitador se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y, en caso contrario, por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios o patrimonio neto mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.
Solvencia técnica o profesional
- La solvencia técnica o profesional del empresario se acreditará por alguno de los siguientes medios: a) Relación de las obras ejecutadas y promovidas en el curso de los cinco últimos años, avalada por certificados de buena ejecución; estos certificados indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término; en su caso, dichos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. A fin de garantizar un nivel adecuado de competencia, se tendrán en cuenta las pruebas de las obras pertinentes efectuadas más de cinco años antes. A los efectos de justificación sólo se tendrán en cuenta aquellas obras que cuenten con un presupuesto de ejecución de contrata excluido IVA igual o superior a 700.000,00 €. A estos efectos, las obras ejecutadas y promovidas por una sociedad extranjera filial del contratista tendrán la misma consideración que las directamente ejecutadas y promovidas por el propio contratista, siempre que este último ostente directa o indirectamente el control de aquella en los términos establecidos en el artículo 42 del Código de Comercio. Cuando se trate de obras ejecutadas y promovidas por una sociedad extranjera participada por el contratista, sin que se cumpla dicha condición, sólo se reconocerá, como experiencia atribuible al contratista, la obra ejecutada y promovida por la sociedad participada en la proporción de la participación de aquel en el capital social de esta. b) Declaración que indique el personal técnico u organismos técnicos, estén o no integrados en la empresa, de los que esta disponga para la ejecución de las obras, acompañada de los títulos correspondientes. El número de personas, con titulación específica en el área de trabajo a desarrollar, es: - 1 Arquitecto o grado equivalente. - 1 Arquitecto técnico o grado equivalente. Todo ello de conformidad con la cláusula 12 del Pliego de Condiciones Particulares y Prescripciones Técnicas
Garantías
- Definitiva: 280.000,00 €
Requisitos específicos
- Capacidad de obrar
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