Alcaldia del Ayuntamiento de SalobreñaExpediente: Expt. 4830/2024Comprobada en la Plataforma de Contratación:
Contrato de obra consistente en la redacción del proyecto básico y de ejecución, estudio de gestión de residuos, seguridad y salud, así como la ejecución de obra para la peatonalización del paseo marítimo de Salobreña
Información sobre la licitación Contrato de obra consistente en la redacción del proyecto básico y de ejecución, estudio de gestión de residuos, seguridad y salud, así como la ejecución de obra para la peatonalización del paseo marítimo de Salobreña de Alcaldia del Ayuntamiento de Salobreña. Puedes consultar otras licitaciones de Alcaldia del Ayuntamiento de Salobreña, del CPV 45000000 o en Granada.
Organismo contratante
Contrato
- Tipo
- Obras
- Procedimiento
- Abierto
- Tramitación
- Urgente
- Lugar de ejecución
- Granada
- Código NUTS
- ES614
Adjudicación
Adjudicado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 807.294,60 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 976.826,47 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 830.550,00 €
- Baja
- 2,8 %
- Ofertas recibidas
- 1 (1 de PYMEs)
- Fecha de adjudicación
- 01/04/2025
- Formalización del contrato
- 04/04/2025
Documentos
- PCAPPCAP PASEO MARITIMO.pdfAbrir original
- PPTPPT_REMODELAC PASEO MARITIMO.pdfAbrir original
- AnexoANEXO X 4830.pdfAbrir original
- AnexoANEXO I 4830.pdfAbrir original
- AnexoANEXO II 4830.pdfAbrir original
- AnexoANEXO III 4830.pdfAbrir original
- AnexoANEXO IV 4830.pdfAbrir original
- AnexoANEXO V 4830.pdfAbrir original
- AnexoANEXO VI 4830.pdfAbrir original
- AnexoANEXO VII 4830.pdfAbrir original
- AnexoANEXO XI 4830.pdfAbrir original
- AnexoANEXO XII 4830.pdfAbrir original
- AnexoANEXO IX A 4830.pdfAbrir original
- AnexoANEXO IX B 4830.pdfAbrir original
- ExpedienteInforme de valoración de los criterios de adjudicación cuantificables mediante juicio de valorAbrir original
- ExpedienteDocumento de aprobación del expedienteAbrir original
- ExpedienteInforme de insuficiencia de mediosAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
- ExpedienteModificación Mesa de ContrataciónAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
- ExpedienteMemoria justificativaAbrir original
Requisitos y criterios
Duración y prórrogas
Duración: 15 meses
Criterios de adjudicación
- Precio ofertado.(Máximo 45 puntos)(Automático)Ponderación: 45
- RESPECTO A LA FASE DE EJECUCIÓN DE OBRA DE PROYECTO APROBADO(Juicio de valor)Ponderación: 25
- RESPECTO A LA FASE DE REDACCIÓN DE PROYECTO(Juicio de valor)Ponderación: 20
- Ampliación del plazo de garantía: (Máximo 10 puntos)(Automático)Ponderación: 10
Solvencia económica y financiera
- Empresas españolas y extranjeras no comunitarias: Estas empresas deberán acreditar su solvencia mediante la clasificación como contratista de obras en el grupo, subgrupo y categoría de clasificación correspondiente al objeto del contrato: Clasificación exigida al contratista: Grupo G, Subgrupo 6, Categoría 3
- Empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea o de Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo: Estas empresas deberán acreditar su solvencia mediante el cumplimiento de los siguientes requisitos específicos: Acreditación de la solvencia económica y financiera (artículo 87 de la LCSP): Volumen anual de negocios. Criterios de selección: el volumen anual de negocios del licitador, referido a cualquiera de los tres últimos ejercicios concluidos, deberá ser al menos una vez y media el valor estimado del contrato en lo referido a la ejecución de la obra. Para las empresas de reciente creación, la mesa valorará este requisito en proporción a la fecha de creación, inicio de actividad y proporcionalidad respecto al objeto del contrato. Para acreditar la solvencia económica y financiera de las Uniones Temporales de Empresas y alcanzar el volumen global de negocios exigido, es posible acumular las cifras de negocios de cada una de las empresas que las integran. A estos efectos, de conformidad con el artículo 24.1 del RGLCAP relativo a las uniones temporales de empresarios, cada uno de los empresarios que licitan en unión temporal deberá acreditar su capacidad y solvencia, acumulándose a efectos de la determinación de la solvencia de la unión temporal las características acreditadas para cada uno de los integrantes de la misma.
- SOVENCIA ECONÓMICA, FINACIERA Y TÉCNICA De conformidad con el artículo 74 LCSP, para celebrar contratos con el sector público los empresarios deberán acreditar estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económica y financiera y profesional o técnica que se determinen por el órgano de contratación. Este requisito será sustituido por el de la clasificación, cuando ésta sea exigible conforme a lo dispuesto en esta Ley. Para los contratos de obras cuyo valor estimado sea igual o superior a 500.000 euros será requisito indispensable que el empresario se encuentre debidamente clasificado como contratista de obras de los poderes adjudicadores. Para dichos contratos, la clasificación del empresario en el grupo o subgrupo que en función del objeto del contrato corresponda, con categoría igual o superior a la exigida para el contrato, acreditará sus condiciones de solvencia para contratar. Se acreditará mediante la presentación del Certificado de Clasificación del empresario, acompañado de declaración de su vigencia
Solvencia técnica o profesional
- Compromiso de adscripción a la ejecución del contrato de medios personales. Se exigirá un compromiso de adscripción de medios. Por ello, en base al artículo 76.2 de la LCSP, los licitadores se comprometerán a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales y materiales especificados en el apartado 4.2 “adscripción obligatoria de medios al contrato” de las bases técnicas. La efectiva disponibilidad de estos medios debe ser acreditada solamente por la licitadora que haya presentado la mejor oferta mediante los documentos indicados en la cláusula Cuarta de las bases técnicas, de lo que deberá entregar la documentación acreditativa para justificarla. Las personas adscritas a la ejecución del contrato solo podrán ser sustituidas por otras que ostenten la misma formación y reúnan los requisitos exigidos en cada caso, previa acreditación de estos extremos ante el responsable del contrato. JUSTIFICACIÓN: la necesidad de contar con personal especializado en el objeto del contrato capaz de ejecutarlo en el plazo previsto con la calidad deseada
- Acreditación de la solvencia técnica (artículo 88 a de la LCSP): relación de las obras ejecutadas en el curso de los últimos cinco años, avalada por certificados de buena ejecución, que sean del mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato, pudiendo atenderse para ello a la coincidencia entre grupo y subgrupo de clasificación o entres los dos primeros dígitos del CPV. Criterios de selección: el importe anual acumulado de ejecución en cualquiera de los últimos cinco años deberá ser igual o superior al 70 por ciento del valor estimado del contrato.
Garantías
- Definitiva: 40.364,73 €
- Especial: 5 %
Requisitos específicos
- Capacidad de obrar
Códigos CPV
- 45000000
- 45246500
- 71520000
- 71242000
- 45111291
Cargando datos del organismo…
Cargando licitaciones relacionadas…
Cargando adjudicaciones similares…