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Hospital Pedrera. Dirección Económica-GerenciaExpediente: PASA 388/2026Comprobada en la Plataforma de Contratación:

Suministro en régimen de alquiler sin opción de compra de una enfriadora para la climatización estacional del Hospital de la Pedrera de Denia.

Información sobre la licitación Suministro en régimen de alquiler sin opción de compra de una enfriadora para la climatización estacional del Hospital de la Pedrera de Denia de Hospital Pedrera. Dirección Económica-Gerencia. Puedes consultar otras licitaciones de Hospital Pedrera. Dirección Económica-Gerencia, del CPV 42512300 o en Alicante/Alacant.

Organismo contratante

Hospital Pedrera. Dirección Económica-Gerencia

NIF: S4611001A

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Contrato

Tipo
Suministros
Procedimiento
Abierto simplificado
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Alicante/Alacant
Código NUTS
ES521

Adjudicación

Formalizado

COOLNAVAS SLUB13624630
PYME
Importe adjudicado (sin IVA)
58.400,00 €
Importe adjudicado (con IVA)
70.664,00 €
Presupuesto base (sin IVA)
59.950,00 €
Baja
2,59 %
Ofertas recibidas
2 (2 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
58.400,00 € – 59.950,00 €
Fecha de adjudicación
24/07/2026
Formalización del contrato
27/07/2026

Documentos

Requisitos y criterios

Duración y prórrogas

Duración: 5 meses

Criterios de adjudicación

  • CRITERIO ECONÓMICO(Automático)Ponderación: 60
  • Capacidad frigorifica mayor a 835 kw hasta 950 kw(Automático)Ponderación: 40

Solvencia económica y financiera

  • Por tratarse de un suministro de importe inferior a 60.000€ (Art. 159.6 de la LCSP) No obstante, y a los solos efectos de justificar su tenencia, la empresa licitadora deberá recoger en la declaración responsable, (Anexo III) al que se refiere el apartado D del Anexo I que acompaña al Pliego, el volumen anual de negocios de los tres últimos años concluidos, será como mínimo de 30.000 €, en el ámbito al que se refiera el presente contrato.

Solvencia técnica o profesional

  • Se exime a los licitadores de la acreditación de la solvencia económica y financiera y técnica o profesional por tratarse de un suministro de importe inferior a 60.000€ (Art. 159.6 de la LCSP). No obstante, y a los solos efectos de justificar su tenencia, la empresa licitadora deberá recoger en la declaración responsable, (Anexo III) al que se refiere el apartado D del Anexo . Indicación del personal técnico o unidades técnicas, integradas o no en la empresa, de los que se disponga para la ejecución del contrato, especialmente los encargados del control de calidad.

Códigos CPV

  • 42512300

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